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Acuerdo de Pleno nº 101/26 de 29/05/26 por el que se aprueba convocatoria subv. aytos menos de 20.000 hb y EELMM para fomentar el establecimiento y fijación de población en el medio rural vallisoletano. Plan vivienda 2026

Convoca DIPUTACIÓN PROV. DE VALLADOLID

Per a què és

Financiar a Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid la adquisición, construcción o reforma de viviendas y la adquisición o urbanización de solares con destino al alquiler, para fomentar el establecimiento y la fijación de población en el medio rural vallisoletano (Plan Vivienda Rural 2026).

Criteris de valoració

Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.

  1. Preferencia de entidades no beneficiarias en la convocatoria de 2025No haber sido beneficiaria de esta misma línea de subvenciones del Plan Vivienda Rural en la convocatoria de 2025.Tendrán preferencia
  2. Distancia del municipio a la capitalCuanto más lejos esté el municipio de Valladolid capital, más puntos: 0 puntos hasta 15 km, 1 punto de 16 a 25 km, 2 puntos de 26 a 50 km, 3 puntos de 51 a 75 km, 4 puntos de 76 a 100 km y 5 puntos desde 101 km.5 punts
  3. No disponer de vivienda de protección pública en el término municipal o en la Entidad Local MenorAcreditar que en el término municipal o en la Entidad Local Menor no existe vivienda de protección pública.5 punts
  4. Personas empadronadas en la Entidad LocalCuanta menos población, más puntos: 5 puntos hasta 150 habitantes, 4 de 151 a 500, 3 de 501 a 1.000, 2 de 1.001 a 2.000, 1 de 2.001 a 5.000 y 0 de 5.001 a 19.999. Se usan los últimos datos publicados por el INE.5 punts
  5. Desempate por menor poblaciónEn caso de empate de puntos, se prioriza al municipio o entidad local menor con menor población.Prioridad en caso de empate

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • Solo pueden pedirla Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid: si eres una asociación, fundación u otra entidad del tercer sector, no puedes presentarte.
  • Tienes que aportar como mínimo el 20% del total de la línea con financiación propia u obtenida por otras vías; la Diputación pone como máximo el 80%.
  • La solicitud es obligatoriamente electrónica, con el modelo oficial disponible en la Sede electrónica de la Diputación; no vale otra vía.
  • El plazo es de 3 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP, y termina a las 14:00 horas del último día.
  • Si solicitas más de una línea, tienes que señalar en la solicitud el orden de preferencia; solo se subvenciona la línea señalada como preferente y las demás únicamente si queda presupuesto sobrante.
  • Quedan fuera en todas las líneas los gastos notariales y los de naturaleza tributaria; en la línea C tampoco entran honorarios de proyectos, dirección de obra, seguridad y salud, informes, memorias ni gastos financieros.
  • Si te requieren subsanación y no respondes en 10 días hábiles, te tienen por desistido de la solicitud.

Requisits

  • Ser Ayuntamiento de menos de 20.000 habitantes o Entidad Local Menor de la provincia de Valladolid y solicitar alguna de las líneas de la convocatoria.
  • Aportar como financiación propia u obtenida por otras vías un mínimo del 20% del total de la línea subvencionada.
  • Si solicitas más de una línea, señalar en la solicitud el orden de preferencia de las líneas.
  • Presentar la solicitud electrónicamente con el modelo oficial disponible en la Sede electrónica.
  • Destinar las viviendas al alquiler; en la línea D hay que aportar el compromiso de destinarlas al alquiler o acreditar la cesión gratuita para viviendas protegidas destinadas a la venta.
  • Comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones o ayudas para el mismo fin, antes de presentar la justificación.
  • En la línea C, las viviendas a reformar deben ser propiedad del Ayuntamiento o de la Entidad Local Menor.

Documentació que demanen

  • Modelo oficial de solicitud cumplimentado y presentado electrónicamente en la Sede electrónica, con indicación de la preferencia de líneas si se solicita más de una
  • Declaración sobre otras subvenciones o ayudas solicitadas u obtenidas para el mismo fin
  • Cuenta justificativa según el modelo del Anexo III (en fase de justificación)
  • Línea A: escritura pública de adquisición del bien inmueble y contrato de arrendamiento (en fase de justificación)
  • Línea B: proyecto técnico visado, declaración responsable una vez finalizada la obra, certificado de fin de obra y contrato de arrendamiento (en fase de justificación)
  • Línea C: facturas de las obras de reforma, documentos acreditativos del pago de las facturas y contratos de arrendamiento (en fase de justificación)
  • Línea D: escritura pública de adquisición de la parcela e informe de idoneidad para la construcción de viviendas o ficha urbanística; en urbanización de parcela, certificación de fin de obra; y compromiso de destinar las viviendas al alquiler o acreditación de la cesión gratuita (en fase de justificación)

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