Acuerdo Junta de Gobierno Local de 26 de agosto de 2026 que aprueba la segunda convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones en materia de festejos año 2026
Convoca LOGROÑO
Per a què és
Financiar acciones en materia de festejos en Logroño: promover las fiestas populares de la ciudad (programas lúdicos, de entretenimiento o de recuperación de tradiciones locales), fomentar actividades y programas que complementen y enriquezcan la oferta festiva del Ayuntamiento (música, teatro, danza, magia, humor, infantiles, etc., al aire libre o en espacios de la ciudad y con materiales sostenibles) y fomentar la investigación y difusión de temas tradicionales festivos de Logroño y La Rioja. Es una SEGUNDA convocatoria, dirigida al crédito sobrante de la primera (91.500 €), pensada para asociaciones que no pudieron solicitarla en plazo en febrero.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Contenido del programa y actividades presentadas (criterio 1, global)Es el bloque principal, que agrupa calidad técnica y planteamiento económico, actividades complementarias a la oferta municipal e investigación/difusión festiva. Necesitas al menos 40 de estos 80 puntos para tener derecho a la ayuda.80 punts
- Calidad técnica y planteamiento económico del proyecto de las actividades (subcriterio 1.1)Que el proyecto esté bien definido técnicamente y bien planteado económicamente; se desglosa en 15 puntos de calidad técnica y 10 de planteamiento económico.25 punts
- Calidad técnica del proyecto (subcriterio 1.1.a)Definir con precisión el concepto del proyecto, los objetivos que benefician a la ciudad de Logroño (programas lúdicos, de entretenimiento o de recuperación de tradiciones locales) y los recursos necesarios para desarrollarlo.15 punts
- Planteamiento económico del proyecto (subcriterio 1.1.b)Que el presupuesto se ajuste a las actividades, demostrar capacidad económica y organizativa para ejecutarlas y acreditar, si existe, aportación económica de otras entidades (otras ayudas o patrocinios).10 punts
- Actividades y programas que complementen y enriquezcan la oferta festiva municipal (subcriterio 1.2)Es el criterio con más peso: proponer actuaciones musicales, de teatro, danza, magia, humor, infantiles, etc., desarrolladas al aire libre o en espacios de la ciudad y procurando el uso de materiales sostenibles.50 punts
- Fomento de la investigación y difusión de temas tradicionales festivos de Logroño y La Rioja (subcriterio 1.3)Incluir en el proyecto trabajos de investigación y difusión sobre tradiciones festivas vinculadas a Logroño y La Rioja.5 punts
- Número de destinatarios potenciales de las actividades propuestas (criterio 2)Cuantificar y justificar cuánta gente puede alcanzar la actividad. Necesitas un mínimo de 10 puntos en este criterio para tener derecho a la subvención.20 punts
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Si ya obtuviste subvención en la primera convocatoria de festejos 2026, no puedes presentarte con nuevos proyectos: "no podrán presentar solicitudes con nuevos proyectos de actividad, aquellas asociaciones que ya hayan obtenido subvención en la primera convocatoria".
- Tienes que estar inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Logroño en el momento de presentar la solicitud, y anotar obligatoriamente el número de registro en la solicitud. Si no estás inscrita, quedas excluida.
- Tu ámbito de actuación debe concretarse en el término municipal de Logroño (las bases solo se aplican en ese término municipal).
- Hay nota de corte doble: necesitas al menos 40 puntos en el criterio 1 (contenido del programa) y al menos 10 puntos en el criterio 2 (destinatarios potenciales). Sin ambas puntuaciones no tienes derecho a subvención.
- El plazo es muy corto: 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
- Solo puedes presentar UNA solicitud por asociación.
- Si tienes pendiente ante la Intervención Municipal la justificación de subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Logroño, no puedes ser beneficiaria.
- Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda (nominativa o de concurrencia) de cualquier área del Ayuntamiento de Logroño para el mismo proyecto, total o parcialmente.
- Quedan fuera los programas o proyectos que no sean acordes con el Programa de Fiestas Populares del Ayuntamiento de Logroño o que se desarrollen fuera de los periodos festivos.
- La tramitación es obligatoriamente electrónica: si presentas la solicitud presencialmente, se te requerirá subsanar por vía electrónica y la fecha de presentación válida será la de la subsanación (con riesgo de quedar fuera de plazo).
- No pueden concurrir entidades cuyos fines, sistema de admisión, funcionamiento, organización o estatutos sean contrarios al principio de igualdad de mujeres y hombres, ni las sancionadas en firme por vulnerar el derecho a la igualdad y no discriminación por razón de sexo.
Requisits
- Ser asociación o institución sin ánimo de lucro que desarrolle actividades festivas con ámbito de actuación en el término municipal de Logroño.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y fiscales, con la Seguridad Social y con la Hacienda Municipal, y no tener pendiente reintegro ni justificación de subvenciones anteriores de este Ayuntamiento.
- Estar inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Logroño al presentar la solicitud y anotar el número de registro en la solicitud.
- No tener fines, funcionamiento, organización o estatutos contrarios al principio de igualdad de mujeres y hombres, ni haber sido sancionada en firme por vulneración del derecho a la igualdad, ni incumplir la Ley Orgánica 3/2007.
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- No haber obtenido subvención en la primera convocatoria de festejos 2026 con nuevos proyectos de actividad.
- Presentar una única solicitud por asociación.
- Relacionarte con el Ayuntamiento por medios electrónicos y presentar la solicitud en el Registro Electrónico General.
- La actividad debe ejecutarse dentro del año natural 2026, admitiéndose acciones iniciadas desde el 1 de enero.
Documentació que demanen
- Proyecto de los programas o actividades a realizar, incluyendo su valoración económica
- Presupuesto de ingresos y gastos de la asociación para el año 2026
- Relación de las ayudas solicitadas, o que se van a solicitar, a otras entidades públicas o privadas
- Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las circunstancias del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- Certificado positivo de estar al corriente de las obligaciones fiscales (AEAT)
- Certificado positivo de pagos a la Seguridad Social (o certificado de inexistencia de inscripción en la Seguridad Social si no estáis inscritos)
- Número de inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas anotado en la solicitud