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AYUDA SOCIAL DESTINADA AL NACIMIENTO DE UN NIÑO

Convoca ORÍS

Per a què és

Conceder una ayuda económica a las familias de Orís por el nacimiento de un hijo, destinada a cubrir los gastos que se generan durante los tres primeros años de vida del niño, en el marco del fomento de proyectos o actividades de interés público o social de promoción de la salud, la higiene y el bienestar de los niños. El presupuesto total es de 6.000,00 € para el ejercicio 2026.

Criteris de valoració

Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.

  1. Régimen reglado y orden cronológico de entradaNo hay puntuación por calidad del proyecto: basta cumplir los requisitos reglados (empadronamiento en Orís y edad entre 0 y 3 años) y presentar la solicitud cuanto antes, porque se conceden por orden de entrada en registro hasta que se agote el crédito de 6.000,00 €.Orden cronológico de entrada hasta agotar la partida presupuestaria

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • Esta convocatoria NO es para entidades: solo pueden ser beneficiarias personas físicas («Podrán ser beneficiarios/as de estas subvenciones las personas físicas que deban realizar la actividad que fundamenta su concesión»).
  • Necesitas estar empadronado/a en Orís y tener una edad comprendida entre 0 y 3 años; si no cumples ambas condiciones queda fuera.
  • La adjudicación es por orden cronológico de entrada hasta agotar los 6.000,00 €: si presentas tarde puedes quedarte sin ayuda aunque cumplas los requisitos.
  • La ayuda de la Línea 1 (nacimiento) es única: solo se puede solicitar una vez y solo se admite una solicitud por persona y nacimiento.
  • La Línea 2 (0 a 3 años, 259,33 €) solo se puede pedir si no puedes concurrir ni solicitar la ayuda escolar en el tramo de 0 a 3 años; solo una solicitud por persona y año.
  • No puedes estar afectado/a por ninguna de las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 (LGS).
  • Si la documentación es incorrecta o incompleta y no la enmiendas en 10 días hábiles, se entenderá desistida tu solicitud.
  • El órgano competente puede declarar desierto el concurso o no agotar el crédito de forma discrecional.

Requisits

  • Ser persona física que va a realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda.
  • No estar afectado/a por ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • Estar empadronado/a en Orís y tener una edad comprendida entre 0 y 3 años.
  • Acreditar el cumplimiento de los requisitos en el momento de presentar la solicitud, con los documentos exigidos.
  • Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Presentar una única solicitud por persona y nacimiento en la Línea 1 (ayuda única, solo se puede solicitar una vez).
  • En la Línea 2, solo puedes solicitarla si no puedes concurrir ni solicitas la ayuda escolar del tramo de 0 a 3 años; una única solicitud por persona y año.
  • Las actividades subvencionadas deben desarrollarse entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026.
  • Presentar la documentación en cualquiera de las lenguas cooficiales de Cataluña, firmada y original o copia autenticada.

Documentació que demanen

  • Fotocopia del DNI del/de la solicitante y/o del/de la representante legal
  • Declaración responsable de concurrir en los requisitos para poder obtener la condición de beneficiario/a, según modelo normalizado
  • Declaración de compromiso de cumplimiento de las condiciones impuestas para la concesión de la subvención, según modelo normalizado
  • Declaración de las subvenciones u otros ingresos obtenidos para la misma finalidad y compromiso de comunicar los futuros, según modelo normalizado
  • Memoria del proyecto/actividad a realizar para el que se solicita la subvención, según modelo normalizado
  • Presupuesto previsto para el proyecto por el que se solicita la subvención, según modelo normalizado
  • Certificados de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
  • Cuenta justificativa con aportación de justificantes del gasto (memoria económica justificativa del coste de la actividad conforme al artículo 72.2 del RLGS)
  • Solicitud en modelo normalizado firmada por el interesado/a o su representante legal

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