Ayudas 2026 Enfoque Leader a inversiones en acciones a mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural.(Intervención 7119 PEPAC), s/ II Convo (PEPAC 2023-2027) G.A.L. ADISMONTA
Convoca EXTREMADURA
Per a què és
Financiar proyectos NO PRODUCTIVOS promovidos por Entidades Locales de la comarca Sierra de Montánchez y Tamuja (22 municipios), en aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología LEADER 2023-2027, en las actuaciones A15 (servicios básicos para la economía y la población rural), A16 (renovación de poblaciones en zonas rurales) y A17 (mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural), para mejorar la calidad de vida rural, favorecer la inclusión social y poner en valor el patrimonio rural.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Viabilidad de la operaciónCapacidad económica y experiencia previa de la entidad promotora.20 punts
- Viabilidad: capacidad económica (ratio inversión aceptada / presupuesto anual)Que el importe del proyecto suponga poco peso sobre el presupuesto anual de la entidad: 12 puntos si no supera el 30 %, 10 puntos entre el 30 % y el 50 %, 8 puntos entre el 50 % y el 75 %. Se acredita con certificado de la Secretaría con el presupuesto anual aprobado.12 punts
- Viabilidad: experiencia del promotorAcreditar mediante certificado de Secretaría haber desarrollado proyectos en los últimos 5 años en temáticas semejantes (que compartan objetivos o finalidades con el proyecto presentado).8 punts
- Impacto del proyecto y efecto dinamizador sobre el territorio y el tejido socioeconómicoUbicación, población beneficiaria y tipo de actuación con impacto en sectores estratégicos.20 punts
- Impacto: ámbito geográfico (ubicación de las inversiones)Localizar la inversión en municipios pequeños: 8 puntos hasta 500 habitantes y 5 puntos en municipios de más de 500 habitantes (padrón 2025 del Anexo I).8 punts
- Impacto: ámbito de actuación y población beneficiariaDemostrar el alcance territorial del proyecto: 8 puntos si es de ámbito comarcal (patrimonio con figura de protección), 7 si beneficia a más de un municipio, 6 si es de carácter local. Se acredita con certificado de Secretaría.8 punts
- Impacto: tipo de actuación e impacto en sectores estratégicos del territorio4 puntos para infraestructuras o equipamientos de promoción de eventos y servicios culturales, deportivos o de ocio; 3 puntos para señalización, patrimonio religioso o residencias de mayores; 2 puntos para otros proyectos.4 punts
- Aspectos vinculados a la innovación y otros valores añadidos: potencial innovador y uso de TIC10 puntos si el proyecto pone en marcha un servicio, recurso o equipamiento no existente en el municipio, actúa sobre espacios en desuso para nuevos usos funcionales, o implanta servicios basados en TIC. Se acredita con certificado de Secretaría.10 punts
- Incidencia en la creación y/o mantenimiento de empleo e inclusiónInclusión social y compromisos voluntarios de empleo; los subcriterios 4.1 y 4.2 son acumulables.10 punts
- Empleo e inclusión: incidencia en inclusión social y atención a colectivos vulnerables8,5 puntos si el proyecto se dirige especialmente a jóvenes (≤30 años), mayores (≥65), personas con discapacidad ≥33 % o personas desempleadas, con actuaciones concretas descritas en la memoria y certificado de Secretaría.8.5 punts
- Empleo e inclusión: compromisos voluntarios de creación y/o mantenimiento de empleo1 punto por compromiso voluntario de creación de empleo vinculado al proyecto y 0,5 por compromiso de mantenimiento, formalizado en el modelo específico junto con la solicitud.1.5 punts
- Incidencia en el medio ambiente y/o adaptación al cambio climático: medio ambiente y energía10 puntos si el proyecto incorpora medidas de reducción del consumo energético (LED, bajo consumo), buenas prácticas ambientales (reciclaje, depuración y reutilización de aguas, calidad del aire) o uso de energías renovables.10 punts
- Incidencia en el medio ambiente: espacios protegidos5 puntos si la inversión se ubica en Red Natura 2000 u otros espacios naturales protegidos, favoreciendo su protección y divulgación, o si la actuación se dirige especialmente a ello.5 punts
- Perspectiva de género: incidencia directa del proyecto en la igualdad entre mujeres y hombres3 puntos si el proyecto crea o mejora infraestructuras y servicios de conciliación (guarderías, comedores, aulas matinales), incrementa la participación de las mujeres o favorece su empleabilidad y emprendimiento, especialmente en sectores masculinizados.3 punts
- Perspectiva de género: instrumentos formales o condiciones organizativas de la entidad vinculadas a la igualdad1 punto por tener publicado y vigente un Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades o plan territorial integral de igualdad, y 1 punto por haber realizado o promovido actividades de sensibilización en igualdad en los cuatro años anteriores.2 punts
- Otros parámetros del GAL: adecuación a objetivos de especialización y estratégicos de la EDLP12 puntos si el proyecto favorece claramente el desarrollo del sector turístico o la promoción de productos gastronómicos; 10 puntos si se identifica claramente en alguna de las Acciones de las Medidas 4, 5 y/o 6 del Plan de Acción de la EDLP 2023-2027.12 punts
- Otros parámetros del GAL: complementariedad y sinergia con otras actuaciones8 puntos si el proyecto es complementario y sinérgico con actuaciones promovidas por el Grupo (clubes de producto, marcas de calidad, infraestructuras turísticas, Smart Rural, sistemas de comunicación); 6 puntos si se inserta en planes específicos provinciales o regionales.8 punts
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Solo pueden pedirla Entidades Locales: si eres una asociación, fundación o empresa, no puedes presentarte a esta convocatoria («Podrán ser beneficiarias de las ayudas [...] las Entidades Locales pertenecientes al ámbito territorial de actuación de la comarca de Sierra de Montánchez y Tamuja»).
- Tienes que pertenecer al ámbito territorial de los 22 municipios relacionados en el Anexo I; fuera de esa comarca no entras.
- El proyecto tiene que ser NO PRODUCTIVO: si supone actividad económica, venta de bienes o servicios o cobro por la prestación del servicio, queda excluido.
- Necesitas alcanzar un mínimo de 35 puntos en la baremación: por debajo no optas a la ayuda.
- Un mismo beneficiario no puede superar 30.000 € sumando todos sus proyectos de esta convocatoria.
- No puedes iniciar la inversión antes del levantamiento del acta de no inicio o, en su caso, antes de la fecha de solicitud.
- Quedan excluidas las inversiones sobre servicios del artículo 26 de la Ley 7/1985 y las actividades reservadas del artículo 86: caminos rurales, agua, alcantarillado, colegios e institutos, centros médicos o del SES, y acondicionamiento o mejora de calles y plazas.
- Las solicitudes presentadas fuera de plazo se archivan sin posibilidad de subsanación.
- Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas para la misma finalidad procedentes de Fondos Estructurales, Fondo de Cohesión o cualquier otro instrumento financiero comunitario.
- Tienes que mantener el destino de la inversión al menos cinco años desde el pago final de la ayuda.
Requisits
- Ser Entidad Local perteneciente al ámbito territorial de la comarca de Sierra de Montánchez y Tamuja (municipios del Anexo I) y promover proyectos no productivos encuadrados en las actuaciones de la convocatoria
- Cumplir los requisitos del artículo 6 del Decreto 78/2024
- Las actuaciones que repercutan en bienes o servicios públicos no pueden ser objeto de venta
- No se admite el cobro por la prestación del servicio en bienes destinados a actividades sociales, culturales, deportivas, ambientales, turísticas o de ocio; solo tasas o precios públicos oficialmente regulados que cubran, sin superar, los gastos de mantenimiento
- El servicio debe ser prestado exclusivamente por la entidad promotora y titular del proyecto, sin concesión a terceros
- Mantener el destino de la inversión auxiliada al menos cinco años desde el pago final de la ayuda
- No incurrir en las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011 de Subvenciones de Extremadura
- Acreditar la propiedad o capacidad legal de uso y disfrute de los bienes del proyecto durante al menos cinco años desde el pago final
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, la Seguridad Social y la Hacienda autonómica (autorizando la comprobación de oficio o aportando certificados)
- Alcanzar la puntuación mínima de 35 puntos en la baremación
- Que la acción se encuadre en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo de ADISMONTA aprobada por la Autoridad de Gestión
- Presentar la solicitud de forma telemática con DNI electrónico o certificado electrónico cualificado
Documentació que demanen
- Solicitud de ayuda (Anexo II) presentada telemáticamente a través de la plataforma ARADO
- CIF de la entidad
- Certificado del nombramiento de la persona que ostente la Alcaldía/Presidencia (o certificado digital de representante reconocido)
- Certificado de la Secretaría-Intervención acreditativo del acuerdo del órgano competente para iniciar la acción, de la disponibilidad presupuestaria y de la forma de ejecución del proyecto
- Proyecto o Memoria normalizada del proyecto firmada y fechada (MOD. A1.2 - Memoria Descriptiva Inversiones No Productivas), con autobaremación de los criterios
- Proyecto realizado por técnico competente y visado por el Colegio profesional cuando el proyecto implique obra civil y/o instalaciones y lo requiera el Ayuntamiento para la licencia; en su defecto, memoria valorada con planos de situación, emplazamiento y distribución en planta
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de valoración solicitados
- Facturas proforma de todas las inversiones solicitadas o documentos de valor probatorio equivalente, con un mínimo de tres ofertas de diferentes proveedores
- Anexo VI - Relación de presupuestos/facturas proforma (MOD. A2)
- Certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias con el Estado, Seguridad Social y Hacienda autonómica, si no se autoriza la comprobación de oficio
- Declaración de las ayudas obtenidas y/o solicitadas de otros organismos y Administraciones (Anexo VII, MOD. A4)
- Aceptación de las condiciones de la subvención (casilla del Anexo II)
- Acreditación de la propiedad o capacidad legal de uso y disfrute de los bienes del proyecto durante al menos cinco años (o certificado de la Secretaría de inscripción en el inventario municipal)
- Permisos, inscripciones y registros y cualesquiera otros requisitos exigibles por la Comunidad Autónoma y/o el municipio, o acreditación de su solicitud
- Declaración de que las inversiones no se han iniciado antes del acta de no inicio o de la fecha de solicitud (casilla del Anexo II)
- Declaración de que no existe impedimento legal para ejecutar las inversiones en los terrenos o edificios (casilla del Anexo II)
- Declaración de no hallarse incursa en las causas de prohibición del artículo 12 de la Ley 6/2011 (casilla del Anexo II y Anexo IV)
- Compromiso de mantener el destino de la inversión al menos cinco años desde el pago final (Anexo II)
- Compromiso de poner a disposición del GAL, la Comunidad Autónoma, la Comisión de la UE y los órganos de control la documentación necesaria hasta cinco años después del pago
- Declaración de que no existe vinculación con las empresas ofertantes (casilla del Anexo II)
- Declaración de los vínculos que la entidad solicitante pueda tener a través de otras entidades (casilla del Anexo II)
- Declaración de independencia de las ofertas presentadas para justificar la moderación de costes (casilla del Anexo II)
- Documento de la Secretaría y/o Intervención acreditando que las tasas o precios públicos a cobrar son los oficialmente regulados y se destinan solo a cubrir los gastos de mantenimiento del servicio (en inversiones para actividades sociales, culturales, deportivas, ambientales, turísticas o de ocio)
- Certificado de la Secretaría de la entidad solicitante acreditativo de todos los ítems a valorar recogidos en la Memoria normalizada
- Cualquier otro documento que el Grupo de Acción Local estime necesario