AYUDAS ESCOLARES DE O A 18 AÑOS
Convoca ORÍS
Per a què és
Conceder ayudas económicas a las familias del municipio de Orís por cada niño o joven de 0 a 18 años que integre la unidad familiar, para cubrir los gastos de escolarización (guardería, primaria, secundaria, bachillerato, pruebas de acceso y ciclos formativos y formaciones regladas oficiales), en el marco del fomento de proyectos/actividades de interés público o social que promuevan la educación. Presupuesto total: 13.000,00 €.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Orden cronológico de entrada de la solicitud (régimen reglado)No se valora la calidad del proyecto: basta cumplir los requisitos reglados (empadronamiento y edad) y presentar la solicitud cuanto antes, porque se conceden por orden de registro de entrada hasta que se agote el crédito de 13.000 €.único criterio: orden cronológico de entrada hasta agotar la partida
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- No es una convocatoria para entidades: solo pueden ser beneficiarias personas físicas («Podrán ser beneficiarios/as de estas subvenciones las personas físicas que deban realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento»).
- Tienes que estar empadronado/a en Orís: si no consta el empadronamiento, quedas fuera.
- Tienes que tener entre 0 y 18 años, es decir haber nacido entre 2026 y 2008; fuera de esas fechas de nacimiento no hay ayuda.
- No puedes estar afectado/a por ninguna de las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 (LGS).
- No hay puntuación por calidad: se concede por orden cronológico de entrada hasta agotar los 13.000 €, así que presentar tarde equivale a quedarse sin ayuda.
- El plazo es del 1 de febrero al 30 de noviembre de 2026; fuera de ese plazo no se admite la solicitud.
- Si te requieren subsanar documentación y no lo haces en 10 días hábiles, se entiende que has desistido.
- El importe está topado por tramo de edad (de 101,55 € a 603,00 € por persona y año) y no puede superarse.
Requisits
- Ser persona física que realice la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda
- No estar afectado/a por ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- Estar empadronado/a en Orís y tener entre 0 y 18 años (nacidos entre 2026 y 2008)
- Acreditar el cumplimiento de los requisitos en el momento de presentar la solicitud, con los documentos exigidos
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Presentar la documentación en cualquiera de las lenguas cooficiales de Cataluña, firmada y en original o copia autenticada
Documentació que demanen
- Fotocopia del DNI del/de la solicitante y/o del/de la representante legal
- Declaración responsable de concurrir en los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a (modelo normalizado)
- Declaración de compromiso de cumplimiento de las condiciones impuestas para la concesión (modelo normalizado)
- Declaración de las subvenciones u otros ingresos obtenidos para la misma finalidad y compromiso de comunicar los futuros (modelo normalizado)
- Memoria del proyecto/actividad a realizar por el que se solicita la subvención (modelo normalizado)
- Presupuesto previsto para el proyecto por el que se solicita la subvención (modelo normalizado)
- Certificados de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
- Cuenta justificativa con aportación de justificantes del gasto, con memoria económica justificativa del coste de la actividad (art. 72.2 RLGS)
- Memoria de la actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones, actividades realizadas, participantes y resultados (en la fase de justificación)
- Solicitud en modelo normalizado firmada por el interesado o su representante legal