Ayudas para la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación de las IB (TEC 2025)
Convoca ILLES BALEARS
Per a què és
Financiar la contratación de personal técnico de apoyo a la investigación para que se incorpore a los grupos de investigación de las Illes Balears, en régimen de concurrencia competitiva y con pago anticipado.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Currículum del grupo de investigaciónTienes que demostrar la trayectoria del grupo: las 10 publicaciones de mayor índice de impacto de los últimos dos años con al menos dos miembros del grupo, patentes, proyectos activos en convocatorias competitivas, contratos con administraciones y empresas y tesis leídas en los dos últimos años. Es además el primer criterio de desempate en la lista de prelación.15 punts
- Definición y planificación de las tareas del personal técnico a contratarTienes que concretar el perfil y las características de la persona técnica y detallar las tareas que llevará a cabo y su planificación. Es el segundo criterio de desempate.15 punts
- Impacto y beneficio de la contratación para el grupo de investigaciónTienes que justificar la necesidad de la contratación y el impacto y beneficio que tendrá para la capacidad investigadora del grupo, indicando el personal técnico del que ya dispones y sus funciones. Es el tercer criterio de desempate.10 punts
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Necesitas tener oficina o domicilio social en el ámbito territorial de las Illes Balears y desarrollar la actuación en las Illes Balears.
- Solo pueden pedirla centros públicos de I+D (incluidas fundaciones vinculadas a universidades públicas, OPIs y hospitales públicos), asociaciones sin ánimo de lucro que tengan la I+D definida en sus estatutos como uno de sus objetivos, y universidades o centros universitarios privados reconocidos por el RD 1509/2008.
- El grupo de investigación tiene que tener al menos tres investigadores doctores vinculados a la entidad, y al menos uno de ellos con cinco años de antigüedad y vinculación laboral o funcionarial permanente: sin ese requisito la solicitud no cabe.
- Cada grupo de investigación solo puede presentar una solicitud; si se presentan varias y no hay acuerdo sobre cuál continúa, se entiende que el grupo desiste.
- Si no llegas a 25 puntos en la evaluación científico-técnica, tu solicitud no es financiable (pasa a lista de reserva).
- La solicitud se presenta obligatoriamente por el trámite telemático de la Sede Electrónica (TEC2025): por cualquier otra vía no se tiene por presentada.
- El plazo es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación y se cierra a las 13.00 horas del último día.
- Si eres universidad privada o centro universitario privado, para cobrar el anticipo tendrás que constituir un aval bancario del 125 % de las cantidades anticipadas (los centros públicos y las asociaciones sin ánimo de lucro están exentos de garantía).
- No puedes presentarte si concurre alguna prohibición del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones o del artículo 13 de la Ley 38/2003, ni si has sido sancionada por prácticas discriminatorias o LGTBI-fobia con pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
- Si eres empresa, la ayuda se somete al régimen de minimis: no puedes superar 300.000 euros en tres años.
- El contrato financiado es incompatible con la vigencia de cualquier otro contrato laboral de la persona contratada, y la ayuda es incompatible con otras ayudas del Gobierno de las Illes Balears.
Requisits
- Tienes que tener una oficina o domicilio social en el ámbito territorial de las Illes Balears.
- Tienes que estar válidamente constituida conforme a la normativa vigente e inscrita en el registro que te corresponda, y disponer de organización, estructura técnica y capacidad suficientes.
- La actuación subvencionada tiene que desarrollarse en las Illes Balears.
- Si eres asociación sin ánimo de lucro, tus estatutos tienen que recoger la I+D como uno de tus objetivos.
- El grupo de investigación tiene que estar formado por un mínimo de tres investigadores doctores vinculados a la entidad, uno de ellos con al menos cinco años de antigüedad y vinculación laboral o funcionarial permanente.
- La persona técnica que contrates tiene que tener titulación oficial universitaria de nivel MECES igual o superior a 2, o equivalente, con un mínimo de 240 créditos.
- Cada grupo de investigación solo puede presentar una única solicitud.
- Tienes que obtener una puntuación mínima de 25 puntos para que la solicitud sea financiable.
- Tienes que presentar la solicitud por el trámite telemático de la Sede Electrónica (TEC2025), firmada electrónicamente por quien represente legalmente a la entidad.
- Tienes que estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Comunidad Autónoma.
- Tienes que formalizar el contrato con una duración mínima igual al periodo por el que se concede la ayuda e incorporar a la persona en un máximo de tres meses desde la notificación de la concesión.
- No puedes incurrir en las prohibiciones del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones ni del artículo 13 de la Ley 38/2003.
- El contrato financiado es incompatible con cualquier otro contrato laboral vigente de la persona contratada.
- Si eres universidad privada o centro universitario privado, para el anticipo tendrás que constituir un aval bancario del 125 % de las cantidades anticipadas.
Documentació que demanen
- Solicitud en el modelo normalizado del trámite telemático (TEC2025), firmada electrónicamente por el representante legal
- Memoria descriptiva con: necesidad e impacto de la contratación, relación del personal técnico actual del grupo y sus funciones, perfil y características del técnico a contratar y tareas y planificación
- Currículum del grupo de investigación (publicaciones con mayor índice de impacto de los últimos dos años, patentes, proyectos activos en convocatorias competitivas, contratos con la Administración y con empresas, y lecturas de tesis de los últimos dos años)
- Declaración responsable de la entidad firmada por el representante legal (no obtención de otras ayudas para la misma finalidad, no incurrir en causa de prohibición o incompatibilidad, cumplimiento de obligaciones, estar al corriente de pagos, veracidad de datos e información a las personas cuyos datos se aportan)
- Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, si no autorizas u te opones a la comprobación de oficio
- En el trámite de aceptación: modelo de aceptación de la ayuda
- En el trámite de aceptación: documentación institucional (entidades públicas: copia de la publicación en el boletín oficial de su creación o reconocimiento y acreditación de la representación; otras personas jurídicas: documento constitutivo, estatutos inscritos o certificado de inscripción registral y acreditación de la representación)
- En el trámite de aceptación: certificado o acreditación de cuenta bancaria a nombre de la entidad beneficiaria (modelo normalizado)
- En el trámite de aceptación, para universidades o centros universitarios privados: declaración de todas las ayudas de minimis recibidas en los tres años anteriores
- Contrato de la persona contratada, con duración, retribución, fecha de incorporación y la mención «Contrato financiado por Gobierno de las Illes Balears»