BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE LA TERCERA EDAD EN EL EJERCICIO 2026
Convoca VALLE DE TRÁPAGA-TRAPAGARAN
Per a què és
Financiar los gastos de mantenimiento y las actividades de las asociaciones de la Tercera Edad del municipio de Valle de Trápaga-Trapagaran durante 2026, con una dotación máxima de 12.300 €.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Número de personas socias de la asociación (proporcional)La cuantía es proporcional al número de socios y socias, sin contar a quienes estén inscritas en varias asociaciones de Tercera Edad: 25 puntos si el número es menor o igual a 150/250 y 50 puntos si es mayor de 250 (el documento da cifras distintas en euskera y castellano).50 punts
- Grado de colaboración con el Departamento Municipal de Igualdad y Acción SocialDemostrar colaboración en programas municipales (Campaña de Navidad, Fiestas Patronales, Salidas Culturales, Día Internacional de la Mujer, programas contra la violencia de género): 10 puntos si es ocasional y 30 puntos si es habitual.30 punts
- Uso del euskera en las actividades desarrolladasUso del euskera en las actividades y en la solicitud; solo se valora si has obtenido algún punto en los apartados 7.1 y 7.2.10 puntos toda la solicitud o la mayor parte; 5 puntos una parte minoritaria; 5 puntos página web; 5 puntos otras actuaciones con el Departamento
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Tienes que ser una entidad o asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida e inscrita en el Registro del Gobierno Vasco o Municipal (o en ambos): «Ser entidad o asociación sin ánimo de lucro, legalmente constituída e inscrita en el Registro correspondiente del Gobierno Vasco o Municipal o ambos»
- Tienes que desarrollar tus actividades en el Territorio Histórico de Bizkaia y ser una asociación de Tercera Edad del municipio: «Asociaciones de Tercera Edad de este Municipio»
- Tus estatutos deben recoger expresamente que tu objeto es de interés general o servicio público, o que estás constituida sin ánimo de lucro
- Tienes que estar al corriente de tus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y poder acreditarlo documentalmente
- Quedas fuera si estás incursa en causas que hayan motivado el inicio de un procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas antes
- Si compraste equipamiento y/o mobiliario con una subvención anterior, no puedes pedir ayuda por ese mismo concepto durante los cuatro años siguientes
- El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOB; si la solicitud está incompleta tienes solo 10 días hábiles para subsanar o se te tendrá por desistida
Requisits
- Ser entidad o asociación sin ánimo de lucro, legalmente constituida e inscrita en el Registro del Gobierno Vasco o Municipal o en ambos, y desarrollar tus actividades en el Territorio Histórico de Bizkaia
- Estar constituida con el fin de prestar apoyo al desarrollo y fomento de actividades relacionadas con el ámbito de la Tercera Edad
- Que tus estatutos recojan expresamente que tu objeto es de interés general o servicio público, o que estás constituida sin ánimo de lucro
- Acreditar documentalmente ante el Registro del Ayuntamiento que estás al corriente de tus obligaciones fiscales y de la Seguridad Social
- No hallarte incursa en causas que hayan motivado el inicio de un procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas previamente
- No estar sancionada penal ni administrativamente por discriminación por razón de sexo ni por infracciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres
- La financiación total que obtengas o prevas obtener no puede superar el coste del programa presentado
Documentació que demanen
- Anexo I debidamente rellenado y firmado, y tantos ejemplares como actividades o programas se desee realizar a lo largo del año
- Declaración responsable según el modelo del Anexo III
- Fotocopia del DNI de la persona firmante de la solicitud (solo si te opones a la consulta por el Sistema de Intermediación de Datos o si no consta ya en el Ayuntamiento)
- Fotocopia del NIF de la asociación, si no estuviera ya aportada en el Ayuntamiento
- Fotocopia de los estatutos de la entidad y documento que acredite estar legalmente constituida y registrada en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco, si no estuvieran ya aportados