Convocatoria ayudas económicas para el curso 2025-2026 para contribuir al sostenimiento de las escuelas de música y/o danza públicas
Convoca ILLES BALEARS
- Educación y formación
- Lengua y cultura
- Universidades
- Illes Balears
Per a què és
Contribuir al sostenimiento, durante el curso 2025-2026, de las escuelas de música y/o danza públicas reconocidas por la Consejería de Educación y Universidades cuyos titulares sean administraciones públicas territoriales, corporaciones locales o patronatos municipales, y de los conservatorios municipales de las Illes Balears, financiando parcialmente los gastos de funcionamiento ordinarios y la adquisición de instrumentos, para impartir enseñanzas elementales y profesionales regladas, enseñanzas no regladas y el Programa de Enseñanzas Profesionales (PREP).
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Especialidades instrumentales implantadasAcreditar mediante certificado del director del centro (anexo 6) cuántas especialidades instrumentales tiene implantadas el centro durante el curso 2025-2026: se asignan 200 euros por cada una.200 euros por especialidad instrumental
- Alumnado matriculado en enseñanzas elementalesNúmero de alumnos matriculados en enseñanzas elementales al inicio del curso 2025-2026, certificado por la dirección del centro.90 euros por alumno
- Alumnado matriculado en enseñanzas profesionales o programa PREPNúmero de alumnos matriculados en enseñanzas profesionales o en el Programa de Enseñanzas Profesionales (PREP) al inicio del curso 2025-2026.150 euros por alumno
- Alumnado matriculado en enseñanzas no regladasNúmero de alumnos matriculados en enseñanzas no regladas de música y/o danza al inicio del curso 2025-2026.50 euros por alumno
- Reparto proporcional si el conjunto de solicitudes excede o no agota el créditoNo depende de la solicitud: si la suma de todas las cuantías calculadas supera los 500.000 euros, se reparte esa cantidad proporcionalmente; si es inferior, el sobrante también se reparte proporcionalmente.Prorrateo proporcional sobre 500.000 euros
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Solo puedes pedirla si eres una escuela de música y/o danza pública ya reconocida por la Consejería de Educación y Universidades (Decreto 37/1999) o un conservatorio municipal creado por Acuerdo de Consejo de Gobierno, y el reconocimiento o creación debe ser anterior a la publicación de esta Resolución.
- El titular del centro tiene que ser una administración pública territorial, corporación local o patronato municipal: las entidades privadas sin ánimo de lucro no pueden presentarse.
- Tienes que haber subido la Programación General Anual (PGA) del centro al GestIB ANTES de la publicación de la convocatoria; si no está subida a esa fecha, ya no se puede arreglar.
- Tienes que haber introducido en el GestIB, también antes de la publicación de la convocatoria, los datos del expediente académico de todo el alumnado de enseñanzas elementales o profesionales de música del curso 2025-2026.
- El plazo acaba el 18 de septiembre de 2026 y la solicitud debe presentarse electrónicamente por el Registro Electrónico Común (REC), firmada electrónicamente.
- Si te requieren subsanar, solo tienes tres días hábiles; si no aportas la documentación, te tienen por desistida.
- No puedes estar sometida a las prohibiciones del artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005 ni del artículo 11 de la Ley 11/2016 de igualdad de mujeres y hombres.
Requisits
- Ser escuela de música y/o danza pública reconocida por la Consejería de Educación y Universidades según el Decreto 37/1999, o conservatorio municipal creado por Acuerdo de Consejo de Gobierno en fecha anterior a la publicación de la Resolución.
- El titular del centro debe ser una administración pública territorial, corporación local o patronato municipal.
- Haber adjuntado la Programación General Anual (PGA) del centro en el GestIB antes de la publicación de la convocatoria.
- Haber introducido en el GestIB, antes de la publicación de la convocatoria, los datos del expediente académico de todo el alumnado de enseñanzas elementales o profesionales de música del curso 2025-2026.
- No estar sometida a ninguna de las prohibiciones para ser beneficiaria (art. 10 del Decreto legislativo 2/2005 y art. 11 de la Ley 11/2016 de igualdad de mujeres y hombres).
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT y la hacienda autonómica y con la Seguridad Social (se comprueba de oficio salvo que te opongas, en cuyo caso debes aportar los certificados).
- Presentar la solicitud dentro del plazo y de forma electrónica mediante el Registro Electrónico Común (REC), firmada electrónicamente.
Documentació que demanen
- Impreso de solicitud según modelo oficial (anexo 2), dirigido a la directora general de Planificación y Gestión Educativas
- Documento original o fotocopia compulsada del certificado del órgano competente de la entidad acreditativo de la representación de la persona firmante
- Fotocopia del DNI del representante legal de la entidad
- Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
- Declaración responsable relativa a las subvenciones o ayudas obtenidas y/o solicitadas a otras instituciones (anexo 3)
- Declaración responsable de veracidad de los datos, aceptación de las bases y no incursión en causa de prohibición para ser beneficiaria (anexo 4)
- Declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados (anexo 5)
- Certificado detallado de las especialidades instrumentales implantadas y del número de alumnos matriculados en el curso 2025-2026, firmado por el director o directora del centro (anexo 6)
- Relación de gastos y presupuesto desglosado de la actividad del centro del curso 2025-2026 (anexo 7)
- Si te opones a la consulta de oficio: certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, con la AEAT y con la hacienda autonómica