Convocatoria de ayudas para la rehabilitación de viviendas en el municipio de Artajona para el ejercicio 2026
Convoca ARTAJONA
Per a què és
Fomentar la rehabilitación y regeneración de viviendas existentes en el casco urbano de Artajona (obras de funcionalidad, accesibilidad y eficiencia energética), promovidas por particulares, para fijar población en el municipio.
Criteris de valoració
Els criteris de valoració són en un altre document: La convocatoria no establece criterios de valoración: en lo no previsto se aplica la Ordenanza Reguladora de Ayudas para la rehabilitación de viviendas del Municipio de Artajona (BON nº 52, de 5 de marzo de 2021, y modificación en BON nº 88, de 30 de abril de 2024). Si las actuaciones superan el crédito, se aplica un porcentaje proporcional a todas las ayudas..
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- El edificio tiene que ser de uso residencial y tener más de 35 años de antigüedad según la fecha que figure en el catastro: si es más nuevo, quedas fuera.
- El presupuesto de contrata debe ser de 3.000 euros como mínimo, IVA excluido.
- La obra debe terminarse entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026; fuera de ese periodo no puedes concurrir.
- La vivienda o edificio debe estar en el casco urbano de Artajona.
- Tienes que estar al corriente de pago con el Ayuntamiento de Artajona.
- No puedes ceder la vivienda por ningún título durante cinco años desde la finalización de las obras, salvo que devuelvas todo el importe recibido.
- Las solicitudes presentadas después del 30 de noviembre de 2026 se inadmiten sin más trámite.
- No se subvencionan reformas que sean solo estéticas ni actuaciones contrarias al planeamiento municipal.
Requisits
- Ser propietario del edificio o vivienda situado en el ámbito de actuación, o bien disponer de autorización expresa del propietario para ejecutar las obras como promotor, inquilino, arrendatario o usuario. Pueden ser beneficiarias personas físicas o jurídicas.
- En obras de rehabilitación de edificios colectivos, también puede ser beneficiaria la comunidad de propietarios.
- Estar al corriente de pago con el Ayuntamiento.
- Las obras deben realizarse en edificaciones de uso residencial con más de 35 años de antigüedad, determinada por la fecha del catastro.
- El presupuesto de contrata debe alcanzar como mínimo 3.000 euros, IVA excluido.
- La obra debe finalizar entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026.
- No ceder la vivienda por ningún título durante cinco años desde la finalización de las obras, salvo reintegro total del importe percibido.
- Las obras deben ser posibles según el régimen urbanístico que el Plan Municipal asigne a la parcela y reunir los requisitos exigidos para las ayudas del Gobierno de Navarra.
- El edificio o vivienda debe estar en el casco urbano de Artajona.
Documentació que demanen
- Instancia general firmada por el interesado o por quien acredite su representación
- Documentación acreditativa de la concesión de la licencia de obras
- Documentación acreditativa de la finalización de la obra (en obras menores, declaración responsable de finalización de la obra)
- Número completo de la cuenta donde se desea el ingreso de la subvención
- En edificios colectivos: fotocopia del DNI del propietario o representante de la comunidad
- En edificios colectivos: acuerdo de la comunidad de propietarios por el que se decide realizar las obras y se nombra representante para la gestión del expediente
- Para el pago: justificación mediante licencia de primera ocupación o acta de finalización de obra firmada por técnico competente