Convocatoria de subvenciones en especie para fomentar el contacto entre los lectores y los autores, traductores e ilustradores literarios
Convoca CATALUÑA
Per a què és
Financiar, mediante subvenciones en especie y en régimen de concurrencia no competitiva, sesiones que pongan en contacto a los lectores (clubes de lectura) con autores, traductores e ilustradores literarios durante el año 2026, con una dotación inicial de 162.000,00 € ampliada después a 192.000,00 €.
Criteris de valoració
Els criteris de valoració són en un altre document: No se establecen criterios de valoración en este documento: régimen de concurrencia no competitiva. Las condiciones se rigen por las bases generales del anexo del Acuerdo de 21 de marzo de 2024 (Resolución CLT/961/2024) y las bases específicas del anexo del Acuerdo de 27 de enero de 2022 (Resolución CLT/208/2022), modificadas por las resoluciones CLT/160/2023, CLT/4078/2023 y CLT/4719/2025..
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Solo puedes presentar la solicitud del 9 de enero al 29 de octubre de 2026, y el último día únicamente hasta las 14:00:00 horas.
- Tienes que usar obligatoriamente el modelo específico de solicitud: si no lo usas, no es un defecto subsanable y la solicitud se tiene por no presentada a todos los efectos.
- La tramitación es exclusivamente electrónica y con firma electrónica; no se admite presentación en papel.
- Si eres administración pública o entidad dependiente o participada mayoritariamente por esta, domiciliada en Cataluña, debes tramitar por EACAT y firmar con el certificado T-CAT (necesitas lector de tarjetas criptográficas homologado).
- La cuantía se fija por sesión según la distancia entre el domicilio fiscal del autor, traductor o ilustrador y el lugar de reunión del club de lectura: no puedes elegir el importe.
Requisits
- Presentar la solicitud y los trámites de justificación exclusivamente por vía electrónica a través de la Sede electrónica de la Generalitat (o Canal Empresa, en el caso de empresas), con firma electrónica
- Si eres administración pública o entidad dependiente o participada mayoritariamente por esta y domiciliada en Cataluña, tramitar por la extranet de las administraciones catalanas (EACAT)
- El representante del ente público debe firmar el formulario con el certificado T-CAT
- Disponer de alguno de los mecanismos de identificación y firma electrónica previstos en la Orden VPD/93/2022
- Cumplir además las bases generales (Resolución CLT/961/2024) y las bases específicas (Resolución CLT/208/2022 y sus modificaciones)
Documentació que demanen
- Formulario de solicitud según el modelo específico establecido, firmado electrónicamente