Convocatoria de subvenciones para actividades culturales relacionadas con la cultura popular y tradicional y con el asociacionismo
Convoca CATALUÑA
Per a què és
Convocar de forma anticipada, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para actividades culturales relacionadas con la cultura popular y tradicional y con el asociacionismo para el año 2027 (código CLT027), con una dotación máxima de 3.120.000,00 euros repartida entre las anualidades 2027 y 2028.
Criteris de valoració
Els criteris de valoració són en un altre document: Bases específicas aprobadas por Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural de 26 de marzo de 2026, publicadas mediante la Resolución CLT/1074/2026, de 8 de abril (DOGC núm. 9645, de 15.4.2026), y bases generales publicadas mediante la Resolución CLT/961/2024, de 22 de marzo, modificadas por la Resolución CLT/970/2026, de 29 de marzo.
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Solo puedes presentar la solicitud entre el 4 de septiembre y el 6 de octubre de 2026: fuera de ese plazo queda excluida.
- El último día, 6 de octubre de 2026, el plazo se cierra a las 14:00:00 horas; no vale presentarla más tarde ese mismo día.
- Tienes que tramitarlo todo (solicitud, trámites asociados y justificación) exclusivamente por vía electrónica con firma electrónica: la presentación en papel no sirve.
- Necesitas disponer de uno de los mecanismos de identificación y firma electrónica del Catálogo aprobado por la Orden VPD/93/2022; si eres administración pública o entidad dependiente domiciliada en Cataluña, tienes que firmar con la tarjeta T-CAT y tramitar por EACAT.
- Este documento es solo la convocatoria: los requisitos de la entidad, los criterios de valoración y las reglas de gasto están en las bases generales (Resolución CLT/961/2024, modificada por la Resolución CLT/970/2026) y en las bases específicas (Resolución CLT/1074/2026); tienes que leerlas antes de preparar la solicitud.
Requisits
- Tienes que presentar la solicitud y hacer todos los trámites, incluida la justificación, exclusivamente por vía electrónica con firma electrónica.
- Tienes que disponer de alguno de los mecanismos de identificación y firma electrónica previstos en el Catálogo de sistemas de identificación y firma electrónica.
- Si eres administración pública o entidad dependiente o participada mayoritariamente por ella y domiciliada en Cataluña, tienes que tramitar por la extranet EACAT y firmar el formulario con el certificado T-CAT.
- En el resto de los casos, tienes que presentar la solicitud a través de Trámites gencat.
Documentació que demanen
- Formulario de solicitud firmado electrónicamente (con certificado T-CAT en el caso de entes públicos)