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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA EJECUCION DE OBRAS Y ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS PMO 2028

Convoca DIPUTACIÓN PROV. DE ZAMORA

Per a què és

Financiar, en régimen de concurrencia competitiva, la ejecución de obras y actuaciones complementarias a las mismas (Plan Municipal de Obras 2028) por parte de los municipios y entidades locales menores de la provincia de Zamora con población inferior a 20.000 habitantes, con un crédito total de 8.000.000,00 euros.

Criteris de valoració

Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.

  1. Cantidad fija por ayuntamiento solicitanteTodo ayuntamiento que resulte beneficiario percibe una cantidad fija de 13.000 euros por el hecho de haber solicitado la subvención cumpliendo los requisitos.13.000 €
  2. Cantidad por cada anejo del ayuntamientoSe suman 5.000 euros por cada anejo (núcleo de población) del ayuntamiento, determinado según los últimos datos publicados por el INE.5.000 € por anejo
  3. Cantidad por habitante (reparto del crédito restante)El crédito que queda tras aplicar las cantidades fijas se divide entre el total de habitantes de los ayuntamientos beneficiarios y se asigna por habitante de cada entidad, según los últimos datos del INE.Resto hasta 8.000.000 €
  4. Coeficientes correctores por tramo de poblaciónLa cantidad por habitante se multiplica por un coeficiente que favorece a los municipios más pequeños: 1,00 para más de 10.000 habitantes, 1,50 para más de 5.000, 2,00 para más de 2.000 y 2,50 para el resto.1,00 / 1,50 / 2,00 / 2,50
  5. Asignación a entidades locales menoresSi la solicitante es una entidad de ámbito territorial inferior al municipio con competencias para ejecutar obras, recibe 5.000 euros más la cantidad por sus habitantes; en ese caso no se computa como anejo ni sus habitantes se suman al ayuntamiento.5.000 € más cantidad por habitantes

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • Solo pueden pedirla municipios y entidades de ámbito territorial inferior al municipio (entidades locales menores) de la provincia de Zamora: no es una convocatoria abierta a entidades privadas ni del tercer sector.
  • Tu población tiene que ser inferior a 20.000 habitantes; se toman los últimos datos publicados por el INE.
  • Tienes que presentar la solicitud por el Registro Telemático de la Diputación hasta el 30 de septiembre de 2026; si la presentas en papel se te requerirá y la fecha válida será la de la subsanación electrónica.
  • Si quieres ejecutar obras de distintos grupos (básicas, viarias/equipamientos, resto), tienes que presentar una solicitud diferente por cada grupo.
  • La adjudicación de la obra debe ser posterior a la publicación de la resolución definitiva y acreditarse como máximo el 30 de junio de 2027.
  • No puedes ejecutar la obra por la propia Administración (art. 30 LCSP): esa forma de adjudicación no se admite.
  • Si no subsanas las deficiencias o no aportas la documentación requerida, se te tiene por desistido; y si no comunicas la aceptación en 20 días, se entiende que desistes.
  • No se abona la subvención a entidades locales declaradas deudoras por reintegro de subvenciones con la Diputación o que no estén al corriente con Hacienda y Seguridad Social.

Requisits

  • Ser municipio o entidad de ámbito territorial inferior al municipio con población inferior a 20.000 habitantes
  • La obra debe corresponder a servicios públicos prestados por la entidad local y su necesidad debe estar justificada, en el ámbito de sus competencias (arts. 25 y 26 LBRL)
  • Estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Diputación de Zamora antes de la propuesta de resolución
  • No estar incursa en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 para obtener la condición de beneficiario
  • En las obras del grupo de las básicas, acreditar mediante certificado del Secretario-Interventor que se ejecutan en suelo urbano consolidado
  • Presentar la solicitud de forma electrónica en el Registro Telemático de la Diputación
  • Comprometerse a asumir la conservación y el mantenimiento de la obra una vez finalizada
  • Dar publicidad al carácter público de la financiación y acreditarlo en la justificación
  • Si el gasto subvencionable supera 30.000 euros (salvo procedimiento abierto), solicitar al menos tres ofertas y justificar la elección
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero de la Diputación

Documentació que demanen

  • Solicitud conforme al modelo del Anexo I dirigida al Presidente de la Diputación
  • Acuerdo o resolución del órgano competente aprobando la obra concreta a ejecutar con cargo al Plan Municipal 2028, con el importe solicitado y la ubicación concreta (y, si se piden actuaciones complementarias, su importe especificado expresamente)
  • Certificado del Secretario-Interventor de que las obras se ejecutan en suelo urbano consolidado (obras del grupo de las básicas)
  • Proyecto técnico o Memoria descriptiva suscrita por técnico competente, con objeto, descripción, planos, presupuesto detallado por unidades de obra, importe total con impuestos y financiación
  • Declaración de percepción o no de otras ayudas del Estado, Comunidad Autónoma o Unión Europea para el mismo fin
  • Certificaciones de la AEAT y de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente, o autorización para que la Diputación las solicite
  • Acreditación de no hallarse incursa en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones económicas con la Diputación Provincial de Zamora
  • Certificado de que cuenta con las autorizaciones administrativas precisas para la ejecución de la obra
  • Acuerdo o resolución de disponibilidad de los terrenos
  • Compromiso de asumir la conservación y el mantenimiento de las obras una vez finalizadas

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