CONVOCATORIA DO CONCURSO PARA A CONCESIÓN DE SUBVENCIÓNS PARA O FOMENTO DAS ACTIVIDADES ESCÉNICAS E MUSICAIS 2026
Convoca DIPUTACIÓN PROV. DE OURENSE
Per a què és
Financiar parcialmente la realización de actividades escénicas y musicales con carácter público en la provincia de Ourense, promovidas por personas físicas, jurídicas o agrupaciones sin personalidad jurídica; el beneficiario directo es el artista o grupo que realiza la actuación a instancia de un promotor.
Criteris de valoració
Els criteris de valoració són en un altre document: No se establecen criterios de valoración: régimen de concurrencia pública de carácter no competitivo (se seleccionan todos los solicitantes que reúnan los requisitos de la base 5ª).
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Necesitas tener tu domicilio en la provincia de Ourense: si eres persona jurídica, el domicilio fiscal debe estar en la provincia; si eres agrupación sin personalidad jurídica, la mayoría de integrantes deben estar domiciliados en ella.
- Tienes que realizar actividades escénicas o musicales (bandas, gaitas, corales, tunas, orquestas, teatro, danza, magia, humor y análogas): si no encajas en esa tipología, quedas fuera.
- No puedes estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley general de subvenciones.
- No es un concurso competitivo: te dan de alta como posible beneficiario, pero solo cobras si un promotor solicita tu actuación y la Diputación la autoriza.
- Sin el justificante de la autoliquidación del 50% del coste de la actuación pagada por el promotor en el momento de la solicitud, la subvención se deniega.
- Si ya estabas dado de alta en la convocatoria de 2025, entras de oficio y no debes volver a solicitarlo, salvo cambios en tus circunstancias (que hay que acreditar).
- El plazo para pedir el alta como beneficiario directo termina el 20 de diciembre de 2026 y es improrrogable.
- Las solicitudes de actuación deben presentarse con un mes de antelación mínima; para actuaciones de diciembre de 2026, como máximo el 30 de noviembre de 2026.
- Si te niegas una vez en seis meses y sin motivo justificado a realizar una actuación solicitada, te dan de baja y no podrás presentar solicitud durante un año.
- Si tus requerimientos técnicos exceden lo habitual en tu tipo de espectáculo, pueden denegarte el alta.
Requisits
- Ser persona física, persona jurídica o agrupación sin personalidad jurídica que realice actividades escénicas o musicales (bandas de música, bandas de gaita, corales, tunas, orquestas, música tradicional, folk, pop, rock, jazz o clásica, teatro, danza tradicional gallega, ballet, solistas, magia, humor y análogas).
- Tener domicilio en la provincia de Ourense; en agrupaciones sin personalidad jurídica basta con que la mayoría de sus integrantes estén domiciliados en la provincia.
- Si eres persona jurídica, tener el domicilio fiscal en la provincia de Ourense.
- No estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición del artículo 13 de la Ley general de subvenciones.
- Las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica deben tramitar la solicitud por medios electrónicos.
- Que la actuación se realice en su integridad por la agrupación, sin dividirse en secciones para actuaciones simultáneas.
- Documentar la aceptación de la realización de la actuación solicitada según el modelo anexo V.
Documentació que demanen
- Solicitud normalizada dirigida a la Presidencia de la Diputación Provincial de Ourense (modelo anexo I)
- Poder de representación (autorización escrita en el caso de personas físicas; poder del representante en personas jurídicas)
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley general de subvenciones (modelo anexo III)
- Certificación del número de cuenta expedida por la entidad financiera (del solicitante; en agrupaciones, del representante o apoderado)
- Memoria firmada con descripción de las actividades y currículo, número máximo de actuaciones que se está dispuesto a realizar en 2026 y requerimientos mínimos para desarrollar las actuaciones
- Consentimiento expreso para el tratamiento de datos personales en el registro público provincial de posibles beneficiarios (modelo anexo VIII)
- Agrupaciones sin personalidad jurídica: documento firmado por todos los integrantes declarando la existencia de la agrupación, la identidad de sus integrantes y la designación de representante o apoderado único (modelo anexo II)
- Si te opones a la consulta de oficio: DNI o documento equivalente, certificado de empadronamiento en un municipio de la provincia, NIF de la persona jurídica, certificado de inscripción en el registro oficial correspondiente y estatutos sociales inscritos
- Para cada actuación (a presentar por el promotor): solicitud anexo IV, aceptación de la actuación anexo V y justificante del pago de la autoliquidación del 50% del coste total
- Para el cobro: declaración de la realización de la actuación expedida por el promotor (anexo VI) y declaración responsable de no incurrir en las prohibiciones del artículo 13 y de estar al día en obligaciones tributarias y de Seguridad Social (anexo VII)