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CONVOCATORIA FOMENTO MOVIMIENTO VECINAL 2026

Convoca GRANADA

Per a què és

Financiar actuaciones, actividades y/o campañas que las asociaciones de vecinos de Granada desarrollen en su distrito o límite territorial para fomentar la convivencia vecinal, sostener festividades tradicionales y/o populares granadinas, realizar actividades culturales abiertas a toda la vecindad o implantar la asociación en el distrito, ejecutadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de concesión.

Criteris de valoració

Els criteris de valoració són en un altre document: No se establecen criterios de valoración: régimen de concesión directa (art. 22.2.c LGS), en el que las subvenciones se otorgan a quienes acrediten la condición de beneficiaria prorrateando entre ellas el importe global máximo de la línea.

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • Solo puedes presentarte si eres una asociación de vecinos constituida conforme a la Ley Orgánica 1/2002 del Derecho de Asociación: ninguna otra fórmula jurídica entra.
  • Tienes que estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas (hoy Censo Municipal de Entidades Ciudadanas) del Ayuntamiento de Granada.
  • Tus fines estatutarios tienen que ser la defensa de los intereses generales de los vecinos.
  • Las actuaciones deben desarrollarse en el ámbito de tu distrito y/o de tu límite territorial en Granada.
  • Solo tienes 10 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOP de Granada para presentar la solicitud.
  • No podrás recibir más de 3.000 € por entidad, aunque tu proyecto cueste más.
  • Los gastos deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de concesión; nada fuera de ese periodo se admite.
  • No se financian bienes inventariables en ningún caso.
  • La justificación vence el 20 de enero de 2027: si no justificas, procede el reintegro.

Requisits

  • Ser asociación de vecinos constituida conforme al régimen general de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación
  • Estar inscrita en el Registro (hoy Censo) Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Granada
  • Tener como fines la defensa de los intereses generales de los vecinos
  • Desarrollar las actuaciones, actividades y/o campañas en el ámbito de tu distrito y/o de tu límite territorial
  • Presentar la solicitud en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP de Granada
  • Los gastos no pueden tener un coste de adquisición superior al valor de mercado

Documentació que demanen

  • Solicitud de subvención y documentación e información que debe acompañarla, en los formularios aprobados para esta línea y disponibles en la página web del Ayuntamiento de Granada

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