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GanaSubvenciones

Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la rehabilitación edificatoria y la renovación urbana de Mallén

Convoca MALLÉN

Per a què és

Fomentar la renovación urbana y la rehabilitación de edificaciones de más de 40 años situadas en el casco urbano de Mallén con destino de vivienda, hostelero o comercial, mediante subvenciones municipales en concurrencia competitiva simplificada para el ejercicio 2026.

Criteris de valoració

Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.

  1. Cumplimiento de requisitos y orden de prelación de las solicitudesNo hay puntuación por calidad del proyecto: basta acreditar que cumples todos los requisitos de las bases y de la convocatoria. Se conceden todas las solicitudes conformes según el orden en que se presentan, hasta que se agota el crédito, por lo que la fecha de entrada es lo que decide.Orden de prelación hasta el agotamiento del crédito presupuestario

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • El edificio sobre el que actúas tiene que tener más de 40 años, estar en el casco urbano de Mallén y su destino ser vivienda, hostelero o comercial.
  • Necesitas ser propietario, usufructuario vitalicio o arrendatario (con consentimiento del propietario) del inmueble, o la comunidad de propietarios si son elementos comunes; si eres arrendatario tienes que acreditar el permiso de la propiedad.
  • El presupuesto protegido tiene que ser de al menos 4.000 euros, tanto en rehabilitación como en renovación urbana: por debajo de esa cifra no hay ayuda.
  • Solo puedes presentar una única solicitud.
  • Solo cuentan los gastos efectivamente pagados entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
  • Si eres persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica, la solicitud debe presentarse obligatoriamente por vía telemática en mallen.sedelectronica.es.
  • Tienes que estar al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y con los impuestos y tasas municipales del Ayuntamiento de Mallén antes de presentar la solicitud.
  • No puedes incurrir en ninguna de las circunstancias de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • El crédito es limitado (18.000 euros) y se concede por orden de prelación de las solicitudes hasta agotarlo: presentar pronto es determinante.
  • La subvención no te exime de tramitar el título habilitante urbanístico (licencia, declaración responsable o comunicación previa) de las obras.

Requisits

  • Ser persona física o jurídica propietaria, usufructuaria vitalicia o arrendataria de la vivienda, o comunidad de propietarios en la rehabilitación de edificios.
  • Si eres arrendatario de local u oficina, acreditar el permiso de la propiedad para promover la actuación.
  • No concurrir en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones ni en el Decreto Legislativo 2/2023 de Aragón.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social con anterioridad a la presentación de la solicitud.
  • Estar al corriente de los impuestos y tasas municipales antes de presentar la solicitud.
  • La actuación debe recaer sobre edificaciones de más de 40 años del casco urbano de Mallén con destino de vivienda, hostelero o comercial.
  • Alcanzar un presupuesto protegido mínimo de 4.000 euros.
  • Presentar una sola solicitud por solicitante.
  • Las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica y profesionales con colegiación obligatoria deben presentar la solicitud por vía telemática.
  • Tramitar por su cauce ordinario el título habilitante urbanístico que requiera la actuación (licencia, declaración responsable o comunicación previa).

Documentació que demanen

  • Solicitud de la subvención (Anexo I), debidamente firmada y fechada
  • Anexo II: resumen de la actuación a realizar, emplazamiento y desglose del presupuesto protegido, con declaración responsable de concurrencia de subvenciones
  • Ficha de terceros modelo del Ayuntamiento de Mallén (Anexo III)
  • Copia del DNI del empresario individual y certificado de empadronamiento, o copia del CIF de la persona jurídica y DNI del representante
  • Copia de la escritura de constitución o modificación de la persona jurídica
  • Copia del poder que acredite la representación o autorización expresa para presentar la solicitud
  • Declaración responsable de no concurrir en las circunstancias del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (Anexo I)
  • Declaración responsable de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo I)
  • Memoria con descripción detallada de las obras a realizar, con la documentación técnica adecuada al título habilitante urbanístico
  • Documentación que acredite la relación dominical o arrendataria con el inmueble a rehabilitar (escritura, usufructo, nota del registro de la propiedad, contrato de arrendamiento o permiso del arrendador)
  • En obras comunes: copia de los acuerdos comunitarios, designación de representante, relación de propietarios, coeficientes de participación y cuenta corriente comunitaria
  • Fotocopia de los presupuestos de las obras detallados por capítulos y desglosados por partidas, con unidades y precios unitarios, y de la solicitud del título habilitante urbanístico
  • En su caso, fotocopia del contrato y carta de pago de los honorarios facultativos
  • Para la concesión definitiva (Anexo IV): comunicación de fin de obra, memoria justificativa y cuenta justificativa
  • Informe técnico de fin de obra con las obras realizadas y las desviaciones producidas y su motivación
  • Certificados oficiales visados por los colegios profesionales del fin de las obras
  • Facturas originales o copias compulsadas y copia de los justificantes de pago
  • Copia del título habilitante urbanístico obtenido y justificante de tasas e impuestos abonados al Ayuntamiento
  • Dossier fotográfico de las obras realizadas
  • Copia de la concesión de ayudas de otras Administraciones para la misma actuación
  • Presupuestos de tres proveedores distintos si el gasto de ejecución de obra supera 40.000 euros (IVA excluido) o 15.000 euros (IVA excluido) en suministros, bienes de equipo o servicios profesionales

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