CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES MUNICIPALES POR DIVERSAS RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, CON DESTINO A PERSONAS Y UNIDADES DE CONVIVENCIA QUE CUMPLAN LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS
Convoca VIC
Per a què és
Conceder subvenciones municipales del Ayuntamiento de Vic por diversas razones de interés público, destinadas a personas y unidades de convivencia, articuladas en tres líneas vinculadas al derecho a la vivienda, la cohesión social y la mejora del parque residencial y del entorno urbano, con un presupuesto máximo de 90.000 € para 2026.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Cumplimiento de los requisitos establecidos para cada una de las tres líneas de actuaciónNo hay baremo de puntuación: basta acreditar que cumples los requisitos de la línea correspondiente. Al ser concurrencia no competitiva, las solicitudes válidas se atienden por orden de presentación hasta agotar el presupuesto.compliment dels requisits establerts per a cada una de les tres grans línies d’actuació
- Referencia objetiva de cálculo: cuota líquida del IBI y situación socioeconómica o características de la actuaciónPara determinar el importe de la ayuda se toma como referencia la situación socioeconómica de la persona beneficiaria o las características de la rehabilitación o actuación, y la cuota líquida del impuesto sobre bienes inmuebles de la vivienda habitual o del inmueble objeto de la ayuda.percentatges, trams i topalls
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Las ayudas están destinadas a personas y unidades de convivencia (personas físicas), no a entidades: si eres una asociación o fundación, esta convocatoria no es para ti — 'destinades a persones i unitats de convivència que compleixin els requisits establerts'.
- No es concurrencia competitiva: las solicitudes se atienden por riguroso orden de presentación hasta agotar el presupuesto, así que presentar tarde puede dejarte fuera aunque cumplas todo.
- Los plazos son distintos según la línea: 30 de septiembre de 2026 para las líneas por razones socioeconómicas/derecho a la vivienda y de fomento del alquiler social, y 31 de diciembre de 2026 para la de conservación y mejora del entorno urbano (rehabilitación de fachadas).
- Los requisitos concretos de cada una de las tres líneas no están en esta convocatoria: están en el punto 3 de las bases reguladoras específicas (Decreto de Alcaldía 2026-5672, BOPB de 10 de julio de 2026), que tienes que consultar antes de solicitar.
- Tienes que usar el modelo normalizado propio de cada línea de ayuda; no vale una solicitud genérica.
Requisits
- Tienes que ser persona o unidad de convivencia que cumpla los requisitos establecidos en las bases.
- Debes cumplir los requisitos específicos de la línea de actuación a la que te presentas, recogidos en el punto 3 de las bases específicas.
- Debes presentar la solicitud en el registro general del Ayuntamiento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015.
- Debes cumplimentar el modelo normalizado existente para cada línea de ayuda.
Documentació que demanen
- Modelo normalizado de solicitud correspondiente a cada línea de ayuda
- Datos de la persona beneficiaria
- Declaración sobre cumplimiento de las condiciones de la ayuda
- Consentimiento de consulta de datos a disposición del Ayuntamiento
- Información adicional necesaria para cada línea y documentación a adjuntar que indique el modelo