CONVOCATORIA PUBLICA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA, DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, A TRAVÉS DEL DISTRITO SAN PABLO-SANTA JUSTA, DESTINADA A GASTOS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DE LAS ENTIDADES DEL DITRITO PARA EL AÑO 2026.
Convoca SEVILLA
Per a què és
Financiar los gastos generales de funcionamiento del año 2026 de las entidades ciudadanas sin ánimo de lucro del Distrito San Pablo-Santa Justa de Sevilla, para fortalecer el tejido asociativo y la participación ciudadana. Dotación total de 25.000 € y máximo de 1.000 € por entidad.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Representatividad y arraigo de la entidadSe valora el peso social de la entidad a partir de tres datos: número de personas asociadas, ámbito territorial de actuación y pertenencia a órganos municipales de participación. Se acredita con la declaración responsable del Anexo VI.30 punts
- Número de personas asociadasCuantas más personas asociadas, más puntos: hasta 30 socios 2 puntos, de 31 a 150 3 puntos, de 151 a 250 4 puntos y de 251 en adelante 5 puntos.5 punts
- Ámbito territorial de actuaciónSe premia el ámbito más cercano: estatal 2 puntos, autonómico 5, provincial 7 y local 10 puntos.10 punts
- Pertenencia a órganos municipales de participaciónPertenecer al Consejo Territorial de Participación Ciudadana (5 puntos), además al Pleno de la Junta Municipal del Distrito (10 puntos) y además a otro órgano municipal del Ayuntamiento de Sevilla (15 puntos).15 punts
- Desarrollo de actividadesSe puntúa cada actividad realizada según el nivel de participación vecinal: 5 puntos si solo se benefician los socios y 10 puntos si pueden beneficiarse los demás vecinos del Distrito. Se suman 5 puntos más por actividad con repercusión en deporte, en promoción socio-cultural de las mujeres, en infancia, juventud y personas mayores, o en atención a personas enfermas o con discapacidad y sus familiares. Se acredita con la memoria detallada de actividades 2025.30 punts
- Cesión de espacios propios para los Talleres Socioculturales del DistritoHaber cedido espacios propios de la entidad a la ciudadanía del Distrito para realizar los Talleres Socioculturales del curso 2025-2026; lo comprueba la Presidenta de la Junta Municipal de Distrito.10 punts
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Necesitas tener el domicilio social dentro del ámbito territorial del Distrito San Pablo-Santa Justa: si tu sede está en otro distrito de Sevilla, quedas fuera.
- Tienes que estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla ya en el momento de presentar la solicitud y mantenerlo durante el ejercicio.
- No puedes tener fines exclusivamente políticos, sindicales, mercantiles o religiosos, y tu objeto debe ser la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos de Sevilla.
- No puedes pedir más de 1.000 euros: la cuantía solicitada no puede superar ese importe.
- Tu presupuesto de ingresos y gastos 2026 (Anexo IV) debe estar equilibrado; si ingresos y gastos no coinciden, no puedes ser beneficiaria.
- Solo se admite la presentación electrónica por el Registro Electrónico General de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sevilla; en papel no se admite.
- El plazo es del 14 de septiembre al 4 de octubre de 2026: fuera de plazo no se admite a trámite.
- No puedes pedir para los mismos gastos otra subvención de cualquier Área o Distrito del Ayuntamiento de Sevilla.
- Tienes que haber justificado cualquier subvención anterior del Ayuntamiento de Sevilla y estar al corriente con Hacienda estatal, Ayuntamiento y Seguridad Social.
- Si tu entidad incurre en las causas de prohibición de los apartados 5 y 6 del art. 4 de la Ley Orgánica 1/2002 del Derecho de Asociación, no puedes ser beneficiaria.
Requisits
- Ser entidad ciudadana sin ánimo de lucro con domicilio en el ámbito territorial del Distrito San Pablo-Santa Justa
- Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla
- Tener por objeto la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos de Sevilla y no tener fines exclusivamente políticos, sindicales, mercantiles o religiosos
- Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar inscrita en el registro correspondiente
- No estar incursa en las causas de prohibición del art. 13 de la Ley General de Subvenciones
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Sevilla y la AEAT y con la Seguridad Social
- Tener objetivos y finalidades coincidentes con los de la convocatoria
- Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones del Ayuntamiento de Sevilla
- Haber justificado cualquier subvención concedida anteriormente por el Ayuntamiento de Sevilla
- Presentar un presupuesto general de ingresos y gastos 2026 equilibrado
- Garantizar un funcionamiento democrático, la participación de los asociados y el cumplimiento del objetivo social
- No haber solicitado ni obtenido subvención para la misma finalidad de otra Área o Distrito del Ayuntamiento de Sevilla
Documentació que demanen
- Anexo I: Solicitud de subvención, con especificación de los gastos para los que se pide
- Anexo II: Acreditación por el Secretario de la entidad de que quien firma es el representante legal, acompañado de DNI/NIE en vigor del representante y del Secretario
- Anexo III: Declaración responsable de no estar incursa en causas de prohibición y de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y autorización para recabar esos datos
- Anexo IV: Presupuesto general de ingresos y gastos de la entidad para 2026 (equilibrado)
- Anexo V: Comunicación de dirección de correo electrónico para avisos de notificaciones en la sede electrónica
- Anexo VI: Declaración responsable sobre número de asociados, ámbito territorial y pertenencia a órganos municipales de participación
- Anexo VII: Memoria de actividades realizadas por la entidad en el año 2025
- Anexo VIII: Comunicación de documentación ya aportada
- Certificados en vigor de estar al corriente con la AEAT, el Ayuntamiento de Sevilla y la Seguridad Social (solo si no se otorga la autorización del Anexo III)
- Resolución/es de aportación de otras entidades públicas o privadas financiadoras, o copia de la solicitud si están pedidas y no concedidas
- Documentación acreditativa del nombramiento de los cargos si el cambio aún no está inscrito en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
- Declaración del representante acreditando que el consumo de telefonía e internet es imprescindible para el funcionamiento de la entidad (si se piden esos gastos)
- Tras la propuesta definitiva: Anexo X de aceptación y certificado bancario reciente con el IBAN a nombre de la entidad, y alta en el Registro de Alta de Terceros