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CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES PARA LA RESTAURACIÓN DE IGLESIAS 2026-2027.

Convoca DIPUTACIÓN PROV. DE BURGOS

Per a què és

Financiar obras de reparación o restauración de carácter urgente en templos parroquiales, ermitas, santuarios y capillas de la provincia de Burgos, promovidas por entidades locales de menos de 20.000 habitantes, para conservar, poner en valor y dar a conocer el patrimonio arquitectónico sacro provincial.

Criteris de valoració

Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.

  1. Continuación de fase de ejecución incluida en la convocatoria anteriorQue la actuación continúe una fase ya subvencionada en la convocatoria inmediatamente anterior; se puntúa según el tipo de intervención: consolidación de cubiertas (4), de bóvedas (3), de cimentaciones y/o drenajes (3) y de muros mediante cosidos o sellado de grietas (2).12 punts
  2. Necesidad y urgencia de las obrasQue la memoria técnica acredite patologías que comprometan la seguridad de las personas (cubiertas 8, bóvedas 8, cimentaciones/drenajes 5, muros 5) u obras de conservación preventiva para evitar el avance del daño o la ruina (cubiertas 5, bóvedas 4, cimentación/drenajes 3, muros 2).40 punts
  3. Valor histórico-artístico del inmuebleJustificar en la Memoria Técnica elementos románicos (7), góticos, barrocos o renacentistas (3), pertenencia a un Área Patrimonial de Interés Cultural sin ser BIC (5) y bienes muebles de interés histórico-artístico en el interior como retablos, pilas, órganos o sillería (5).20 punts
  4. Uso social del inmuebleIncluir en la Memoria Técnica un cronograma anual fehaciente de actividades culturales y sociales más allá del uso religioso: tres o más actividades artísticas (2), tres o más de divulgación (2) y cinco o más de esos epígrafes desarrolladas entre octubre y junio (4).8 punts
  5. Implicación económica de la localidadComprometer aportación municipal superior al 25 % del presupuesto de la obra (10 puntos) o superior al 40 % (15 puntos).15 punts
  6. Parroquia inscrita en el proyecto "Vivienda de alquiler en el medio rural"Que la parroquia figure, a fecha de fin de plazo, como ofertante en alquilerpueblosburgos.es de un inmueble habitable identificado con dirección y referencia catastral, cedido al ayuntamiento solicitante.5 punts

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • Solo puedes presentarte si eres una Entidad Local de la provincia de Burgos con población inferior a 20.000 habitantes: no es una convocatoria abierta a asociaciones, fundaciones ni parroquias directamente.
  • Quedan fuera las obras en iglesias declaradas Bien de Interés Cultural (B.I.C.) o con expediente incoado para esa declaración; sí caben templos en núcleos con categoría de Conjunto histórico-artístico.
  • Necesitas la autorización del párroco/Parroquia titular del inmueble para intervenir en él, y el conforme del párroco firmado en la solicitud.
  • Solo puedes presentar una solicitud y un único proyecto de inversión en toda la convocatoria.
  • La solicitud y la justificación se presentan única y exclusivamente por la sede electrónica de la Diputación de Burgos (código 03.02.01.04.25); no se admiten otros cauces registrales.
  • Tienes que estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no incurrir en las prohibiciones para ser beneficiario.
  • Si tienes obras ya subvencionadas por otra ayuda de la propia Diputación para el mismo objeto, esta subvención es incompatible con ellas.
  • No se financian revestimientos y acabados interiores, equipamientos ni instalaciones: solo reparaciones estructurales (Categoría A) o menores de cubierta/cerramiento (Categoría B).

Requisits

  • Ser Entidad Local de la provincia de Burgos con población inferior a 20.000 habitantes y solicitarlo
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, acreditado mediante declaración del Anexo I
  • Contar con autorización de la Parroquia titular del inmueble para intervenir en él
  • Presentar la solicitud firmada por el Alcalde y el secretario o secretario-interventor, con el conforme del párroco
  • Que el templo no esté declarado B.I.C. ni tenga expediente incoado para esa declaración
  • Presentar una sola solicitud y un solo proyecto de inversión en toda la convocatoria
  • Comprometerse por acuerdo de la Corporación o Decreto de Alcaldía a aportar la parte no subvencionada
  • Relacionarse electrónicamente y presentar toda la documentación en la sede electrónica de la Diputación
  • Aceptar la subvención mediante el apartado "Aceptación y compromisos" del Anexo I
  • Hacer constar la colaboración de la Diputación y de la Archidiócesis en toda publicidad de las obras
  • Presentar el proyecto técnico visado en la Unidad de Cultura en el plazo de tres meses desde la publicación de la concesión
  • Emplear soluciones respetuosas con el carácter histórico del inmueble y materiales tradicionales, sin estructuras metálicas ni de hormigón armado salvo excepción justificada
  • Presupuestar como capítulo independiente los andamios y redes necesarios
  • Enviar, un año después de finalizar las obras, memoria de las actuaciones culturales y sociales realizadas en el inmueble

Documentació que demanen

  • Solicitud en modelo normalizado Anexo I, firmada por el Alcalde y el secretario o secretario-interventor y con el conforme firmado del párroco
  • Declaración responsable (Anexo I) de no incurrir en prohibiciones para ser beneficiario y de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Declaración expresa (Anexo I) de que las subvenciones recibidas no superan el coste total de las obras
  • Memoria técnica suscrita por profesional competente con descripción del estado del inmueble y de la actuación pretendida
  • Documentación fotográfica
  • Presupuesto desglosado de la actuación con gastos, ingresos y medios económicos previstos (presupuesto de ejecución material, base de licitación, honorarios técnicos)
  • Acuerdo de la Corporación o Decreto de Alcaldía, certificado por el secretario, con la cantidad económica que aporta la localidad
  • Correo electrónico institucional de la Entidad Local para notificaciones por comparecencia en sede electrónica
  • Proyecto técnico visado por el Colegio Profesional correspondiente (a presentar en tres meses desde la publicación de la concesión), con el contenido exigido según Categoría A o B

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