DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de proyectos culturales en el Territorio Histórico de Bizkaia durante el ejercicio 2026.
Convoca DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA
Per a què és
Financiar la realización de proyectos culturales que se desarrollen en el Territorio Histórico de Bizkaia durante 2026, en tres categorías excluyentes entre sí: proyectos culturales de especial trascendencia (Cap. II), proyectos de interés cultural (Cap. III) y proyectos culturales de empresas (Cap. IV), para fomentar una oferta cultural de calidad, variada y equilibrada territorialmente.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Cap. II — Aportación del proyecto a la oferta cultural de BizkaiaDemostrar la calidad, el impacto cultural y el impacto social del proyecto dentro del panorama cultural de Bizkaia.40 punts
- Cap. II — Desarrollo en municipios icono de la cultura y generación de actividad económicaIndicar el municipio de desarrollo: 28 puntos si es Bilbao; 24 si es Barakaldo, Basauri, Getxo, Leioa, Portugalete, Santurtzi o Sestao; 20 el resto.28 punts
- Cap. II — Nivel de financiación del proyecto (ingresos propios y patrocinadores)Cuanto mayor sea el porcentaje del presupuesto cubierto con ingresos propios de la actividad y aportaciones de otros patrocinadores públicos y privados, más puntos (regla de tres sobre la mejor ratio).25 punts
- Cap. II — Objetivos y actuaciones específicas de igualdad de mujeres y hombresIncluir en la memoria un objetivo con sus actuaciones específicas (3 puntos) o más de un objetivo con sus actuaciones (5 puntos).5 punts
- Cap. II — Redacción con perspectiva de género y/o lenguaje inclusivoRedactar el proyecto teniendo en cuenta la perspectiva de género y/o usando lenguaje inclusivo.2 punts
- Cap. III — Disciplina cultural y características que enriquecen el proyecto16 puntos por disciplina general y 25 si es de especial interés (artes plásticas y visuales, cultura tradicional vasca, danza, música clásica y contemporánea, festivales de teatro y artes de calle); se suman 5 puntos por aniversario de 25/50/75/100, 5 por actividades complementarias, 5 por participación de personas premiadas en Ertibil-Bizkaia o becadas por el Servicio de Acción Cultural, 2 si dura 4 o más días y 2 si es innovador o interdisciplinar.35 punts
- Cap. III — Aportación del proyecto a la oferta cultural de BizkaiaAcreditar calidad, impacto cultural e impacto social del proyecto en el contexto de la oferta cultural de Bizkaia.28 punts
- Cap. III — Ámbito territorial de desarrollo (equilibrio territorial)Municipios de hasta 5.000 habitantes: 20 puntos; 5.001-20.000: 15; 20.001-50.000: 10; más de 50.000: 5. Si se desarrolla en varios municipios, se valora el de mayor puntuación siempre que allí se realice al menos el 60 % de la actividad.20 punts
- Cap. III — Presencia del euskera en el proyecto culturalSolo puntúa si el euskera es un elemento sustancial del proyecto y este se desarrolla íntegramente en euskera; en caso contrario, cero puntos.5 punts
- Cap. III — Nivel de financiación del proyecto o esfuerzo inversor en culturaPara entidades privadas, porcentaje del presupuesto cubierto con ingresos propios y otros patrocinadores; para ayuntamientos, presupuesto municipal en cultura dividido entre el número de habitantes (regla de tres sobre la mejor ratio).5 punts
- Cap. III — Objetivos y actuaciones específicas de igualdad de mujeres y hombresUn objetivo con sus actuaciones específicas: 3 puntos; más de un objetivo con sus actuaciones: 5 puntos.5 punts
- Cap. III — Redacción con perspectiva de género y/o lenguaje inclusivoRedactar el proyecto con perspectiva de género y/o lenguaje inclusivo.2 punts
- Cap. IV — Aportación del proyecto a la oferta cultural de BizkaiaCalidad, impacto cultural e impacto social del proyecto empresarial en la oferta cultural de Bizkaia.40 punts
- Cap. IV — Nivel de financiación del proyectoPorcentaje del presupuesto cubierto con ingresos propios de la actividad y aportaciones de otros patrocinadores públicos y privados; máximo a la mejor ratio y regla de tres para el resto.20 punts
- Cap. IV — Trayectoria empresarial: experiencia en gestión de proyectos culturalesAcreditar años de experiencia: entre 2 y 5 años, 5 puntos; más de 5 y hasta 10, 10 puntos; más de 10 años, 15 puntos.15 punts
- Cap. IV — Ámbito territorial de desarrollo (equilibrio territorial)Hasta 5.000 habitantes: 10 puntos; 5.001-20.000: 7; 20.001-50.000: 5; más de 50.000: 3. En varios municipios, se valora el de mayor puntuación si allí se realiza al menos el 60 % de la actividad.10 punts
- Cap. IV — Objetivos y actuaciones específicas de igualdad de mujeres y hombresUn objetivo con sus actuaciones específicas: 3 puntos; más de uno: 5 puntos.5 punts
- Cap. IV — Redacción con perspectiva de género y/o lenguaje inclusivoRedactar el proyecto con perspectiva de género y/o lenguaje inclusivo.5 punts
- Cap. IV — Presencia del euskera en el proyecto culturalSolo si el euskera es elemento sustancial del proyecto y este se desarrolla íntegramente en euskera.5 punts
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Tienes que elegir una sola categoría: el proyecto solo puede presentarse al amparo del Capítulo II, III o IV, y son excluyentes entre sí.
- Si eres asociación, fundación privada o cooperativa de iniciativa social, necesitas domicilio social en el Territorio Histórico de Bizkaia, estar inscrita en el registro correspondiente y estar constituida sin ánimo de lucro.
- Si eres empresa o persona física con actividad profesional/empresarial (Cap. IV), necesitas domicilio fiscal en Bizkaia y estar dada de alta en un epígrafe relacionado con las áreas culturales de la base 25.2.
- El proyecto tiene que desarrollarse en el Territorio Histórico de Bizkaia: los proyectos a realizar fuera quedan excluidos.
- Hay presupuesto mínimo: 100.000 € (asociaciones/fundaciones/cooperativas) o 150.000 € (ayuntamientos) en el Cap. II; 8.000 € (entidades) o 13.000 € (ayuntamientos) en el Cap. III; 8.000 € en el Cap. IV, con topes superiores en los Cap. III y IV.
- Necesitas financiación propia de al menos el 25 % del presupuesto presentado (40 % si eres ayuntamiento, organismo autónomo municipal o mancomunidad en el Cap. III); si no, el proyecto no se valora.
- Cada solicitud solo puede contener un proyecto: no se admiten programaciones anuales ni solicitudes que engloben varios proyectos diferenciados.
- En el Capítulo II, si no alcanzas 70 puntos no recibes subvención.
- La solicitud se presenta obligatoriamente por la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, hasta el 11 de septiembre de 2026.
- Hay una lista larga de proyectos excluidos (producción artística y espectáculos escénicos, patrimonio cultural, programas festivos, promoción del euskera, educación, infancia, juventud, acción social, deportes, cursillos, traducciones, edición de publicaciones salvo periódicas, radio y TV, viajes, proyectos solo para socias y socios, proyectos cuyo objeto principal sea la igualdad de género, etc.).
- No puedes ser beneficiaria si estás incursa en las causas del art. 12 de la Norma Foral 5/2005, si no eres la organizadora del proyecto, si eres comunidad de bienes, si eres empresa propietaria de equipamientos que solo los alquila, o si actúas como intermediaria.
- Quedan fuera las fundaciones en cuyo patronato está la Diputación Foral de Bizkaia y que reciben aportaciones económicas para gestionar sus proyectos culturales.
- No puedes concurrir si has sido sancionada por discriminación por razón de sexo o de personas LGTBI, o si no cumples la obligación de tener plan de igualdad y protocolos contra el acoso sexual cuando te corresponda.
Requisits
- No estar incursa en las causas de prohibición del artículo 12 de la Norma Foral 5/2005
- Asociaciones, fundaciones privadas y cooperativas de iniciativa social: domicilio social en el Territorio Histórico de Bizkaia
- Asociaciones, fundaciones privadas y cooperativas de iniciativa social: estar inscritas en el registro que les corresponda
- Asociaciones, fundaciones privadas y cooperativas de iniciativa social: estar constituidas sin ánimo de lucro
- Empresas y personas físicas del Capítulo IV: domicilio fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia
- Empresas y personas físicas del Capítulo IV: alta en un epígrafe relacionado con las áreas culturales de la base 25.2
- Empresas del Capítulo IV con subvención superior a 30.000 €: cumplir los plazos de pago en sus operaciones comerciales
- El proyecto debe desarrollarse en el Territorio Histórico de Bizkaia
- El proyecto debe ejecutarse durante el ejercicio 2026
- Ser la entidad organizadora del proyecto cultural para el que se pide la subvención
- Cada solicitud debe contener un único proyecto; no se admiten programaciones anuales
- Presupuesto depurado mínimo en el Capítulo II: 100.000 € (entidades) o 150.000 € (ayuntamientos)
- Presupuesto depurado en el Capítulo III: igual o superior a 8.000 € e inferior a 100.000 € (entidades); igual o superior a 13.000 € e inferior a 150.000 € (ayuntamientos)
- Presupuesto depurado en el Capítulo IV: igual o superior a 8.000 € e inferior a 120.000 €
- Aportar financiación propia de al menos el 25 % del presupuesto presentado (40 % para ayuntamientos, organismos autónomos y mancomunidades en el Capítulo III)
- En el Capítulo II, alcanzar un mínimo de 70 puntos
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no ser deudora por reintegro de subvención
- Presentar la solicitud por la sede electrónica dentro del plazo (hasta el 11 de septiembre de 2026)
Documentació que demanen
- Solicitud en el modelo oficial específico de la convocatoria, presentada en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia (un único proyecto por solicitud)
- Certificado de estar inscritas en el Registro correspondiente (asociaciones, fundaciones privadas y cooperativas de iniciativa social)
- Estatutos o documentación acreditativa de la constitución de la entidad (solo entidades recién constituidas, con modificaciones en los últimos tres años o que no hayan solicitado antes en el Servicio de Acción Cultural)
- Ayuntamientos, organismos autónomos municipales y mancomunidades: certificado de la secretaría o intervención con la partida presupuestada en cultura para 2026 (excluidos euskera, juventud, deportes, educación, acción social y representaciones populares festivas)
- Empresas del Capítulo IV: estatutos o documentación acreditativa de la constitución de la sociedad
- Memoria detallada del proyecto programado con descripción y memoria explicativa, objetivos, lugares y fechas de celebración
- Acreditación de la representación legal o voluntaria, en su caso
- Declaración responsable del cumplimiento de los plazos de pago en operaciones comerciales (empresas del Cap. IV que soliciten más de 30.000 €)
- Declaración de los ingresos totales anuales previstos y del importe de todas las ayudas y subvenciones de la Diputación Foral de Bizkaia obtenidas o previstas
- Número de personas responsables de la ejecución del proyecto desagregadas por sexo
- Ficha de domiciliación bancaria (solo si te opones a que la Administración compruebe los datos bancarios)