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JG DE 14/07/2026 QUE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y LA INICIATIVA EMPRENDEDORA EN LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, AÑO 2026

Convoca DIPUTACIÓN PROV. DE GUADALAJARA

Per a què és

Regular la concesión de ayudas para favorecer la generación de empleo y la iniciativa emprendedora en la provincia de Guadalajara, mediante dos líneas: ayudas a la contratación (Línea 1) y fomento del autoempleo e iniciativa emprendedora por inicio o ampliación/cambio de actividad (Línea 2).

Criteris de valoració

Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.

  1. Línea 1 – Tamaño de la empresa (nº de empleados según informe de plantilla media)Da más puntos a las empresas más pequeñas: de 1 a 5 trabajadores 15 puntos, de 6 a 10 trabajadores 10 puntos, de 11 a 50 trabajadores 4 puntos. Se acredita con el informe de plantilla media aportado.15 punts
  2. Línea 1 – Tamaño del municipio donde se desarrollará la actividadPrioriza municipios pequeños: hasta 500 habitantes 15 puntos, de 501 a 2.000 10 puntos, de 2.001 a 5.000 6 puntos, de 5.001 a 20.000 2 puntos.15 punts
  3. Línea 1 – Duración efectiva de los contratosPremia la estabilidad del contrato: indefinido 25 puntos; fijo discontinuo con alta estimada superior a 6 meses 10 puntos; superior a 3 y hasta 6 meses 5 puntos; superior a 1 mes y hasta 3 meses 3 puntos; contrato temporal de más de 1 mes y hasta 6 meses 1 punto.25 punts
  4. Línea 1 – Meses que el trabajador a contratar ha estado desempleado e inscrito como demandante de empleoMás de 1 año 5 puntos, de 6 meses y 1 día hasta 1 año 3 puntos, de 1 a 6 meses 1 punto. Hay que aportar el documento acreditativo del periodo de desempleo si se opta a este ítem.5 punts
  5. Línea 2 – Ámbito por el que se opta a la subvenciónInicio de actividad 20 puntos; ampliación o cambio de actividad 5 puntos.20 punts
  6. Línea 2 – Tipo de beneficiarioPersonas físicas 20 puntos; personas jurídicas 5 puntos.20 punts
  7. Línea 2 – Tamaño del municipio en el que se desarrollará la actividadHasta 500 habitantes 10 puntos, de 501 a 2.000 7 puntos, de 2.001 a 5.000 3 puntos, de 5.001 a 20.000 1 punto.10 punts
  8. Línea 2 – Dispersión geográficaSe valora la distancia del municipio del centro de actividad principal a la capital: más de 90 km, 10 puntos; más de 40 km, 5 puntos.10 punts

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • Tienes que desarrollar una actividad económica: en la Línea 1 solo pueden pedirla personas físicas o jurídicas, entidades sin ánimo de lucro o comunidades de bienes que, desarrollando actividad económica, formalicen contratos con personas desempleadas.
  • Necesitas tener la condición de pequeña empresa o microempresa según el Reglamento (UE) 651/2014; las entidades sin ánimo de lucro se asimilan a microempresa.
  • El centro de trabajo (o el principal) debe estar en un municipio de la provincia de Guadalajara con menos de 20.000 habitantes y el domicilio fiscal en cualquier municipio de la provincia.
  • En la Línea 2 NO pueden ser beneficiarias las entidades de capital público ni las administraciones públicas; tampoco socios de sociedades mercantiles, cooperativas, autónomos societarios ni autónomos económicamente dependientes.
  • En la Línea 2 solo se admiten como personas jurídicas las sociedades de responsabilidad limitada constituidas exclusivamente por personas físicas: una asociación o fundación no encaja en esa línea.
  • Tienes que estar constituida y haber iniciado la actividad antes de presentar la solicitud (Línea 1).
  • No puedes estar aplicando ni tener aprobado un Expediente de Regulación de Empleo.
  • No puedes haber sido sancionada por infracciones graves o muy graves en prevención de riesgos laborales en el ejercicio en que se solicita.
  • Debes estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y con la Diputación de Guadalajara y no ser deudora por reintegro de subvenciones.
  • En la Línea 1 el contrato debe ser a jornada completa, de duración inicial no inferior a un mes natural, formalizado por escrito, con alta inicial entre el 1 de enero y el 17 de septiembre de 2026, y el trabajador empadronado en la provincia a fecha de alta.
  • Quedan excluidos los contratos con familiares hasta segundo grado del empleador y con quienes formen parte de la Junta directiva de las entidades sin ánimo de lucro.
  • Quedan fuera las actividades encuadradas en la sección A del CNAE-09 (agricultura, ganadería, silvicultura y pesca), salvo epígrafes 0147 y 0149.
  • El plazo termina el 17 de septiembre de 2026: presentar fuera de plazo supone la inadmisión sin más trámite.

Requisits

  • Ser persona física o jurídica, entidad sin ánimo de lucro o comunidad de bienes que, desarrollando actividad económica, formalice contratos con personas trabajadoras desempleadas (Línea 1).
  • Tener la condición de pequeña empresa o microempresa según el Reglamento (UE) nº 651/2014.
  • Estar constituida y haber iniciado la actividad antes de la fecha de presentación de la solicitud.
  • Tener el centro de trabajo o centro de trabajo principal en un municipio de la provincia de Guadalajara de menos de 20.000 habitantes y el domicilio fiscal en la provincia.
  • No estar aplicando ni tener aprobado un Expediente de Regulación de Empleo.
  • No haber sido sancionada por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el ejercicio en que se solicita.
  • No estar inhabilitada para recibir ayudas ni incursa en las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • Estar al corriente en obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Diputación de Guadalajara, y no ser deudora por reintegro.
  • Línea 2: haber creado la empresa con alta censal en la AEAT y alta en Seguridad Social o mutualidad a partir del 1 de enero de 2026.
  • Línea 2 (alternativa): alta inicial a partir del 1 de enero de 2022 y cambio o ampliación de actividad con alta en nuevo epígrafe del IAE a partir del 1 de enero de 2026.
  • Línea 2: acreditar que se lleva a cabo actividad económica en el momento de presentar la solicitud, mantenida desde el alta de la empresa.
  • El trabajador contratado debe estar empadronado a fecha de alta del contrato en un municipio de la provincia de Guadalajara.
  • El contrato debe ser a jornada completa.
  • El contrato no puede tener duración inicial inferior a un mes natural.
  • El alta inicial del contrato debe producirse entre el 1 de enero y el 17 de septiembre de 2026.
  • El contrato deberá estar formalizado por escrito.

Documentació que demanen

  • Modelo normalizado de solicitud correctamente cumplimentado, firmado y en formato no editable (Anexo I.A para Línea 1 o Anexo I.B para Línea 2)
  • DNI/NIE si el solicitante es persona física; NIF de la entidad y DNI/NIE del representante legal más documento acreditativo del poder de representación si es persona jurídica
  • Para comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica: contrato de constitución o escritura pública con integrantes y porcentajes de participación, y nombramiento de representante único
  • Para entidades sin ánimo de lucro: Estatutos de la entidad y certificado de cargos directivos vigentes
  • Declaración Responsable (Anexo II)
  • Documento de alta de Ficha de Tercero conformado por la entidad bancaria (Anexo III)
  • Línea 1: Informe de vida laboral de la empresa (informe del Código de cuenta de cotización) desde el 1 de enero de 2026 hasta la fecha de solicitud
  • Línea 1: Informe de la TGSS de la Plantilla Media de trabajadores en situación de alta desde el 01/01/2026 hasta la fecha de solicitud
  • Certificado de Situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT actualizado
  • Línea 1: DNI/NIE del trabajador o trabajadores a contratar, volante de empadronamiento y vida laboral actualizados
  • Línea 1: Contrato de trabajo completo y firmado por las partes e informe de datos para la cotización (modelo IDC-Trabajador por cuenta ajena) con el alta del contrato
  • Justificantes de estar al corriente en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social actualizados a la fecha de presentación de la solicitud
  • Línea 2: Documento acreditativo del alta en el RETA o mutualidad (personas físicas) o del alta ante la AEAT modelo 036 o DUE (personas jurídicas)
  • Línea 2: Informe de vida laboral actualizado (personas físicas) o informe de vida laboral del código cuenta de cotización desde el 1/01/2026 (personas jurídicas)
  • Autorización de la representación para la presentación por medios telemáticos (Anexo IV), solo si la solicitud telemática se hace a través de representante

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