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Orden de 15 de mayo de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de empleo con apoyo, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento TR342A).REG (UE) 2023/2831

Convoca GALICIA

Per a què és

Financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación de los preparadores y preparadoras laborales que desarrollan acciones de empleo con apoyo (orientación y acompañamiento en el propio puesto de trabajo) para personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social contratadas por empresas del mercado ordinario con centros de trabajo en Galicia (procedimiento TR342A, convocatoria 2026).

Criteris de valoració

Els criteris de valoració són en un altre document: no se establecen criterios: régimen de concurrencia no competitiva; el orden de prelación lo fija la fecha de presentación de la documentación completa hasta agotar el crédito.

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • No puedes presentarte si eres administración pública, sociedad pública o entidad vinculada o dependiente de ellas: «No podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las administraciones públicas, las sociedades públicas, y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas».
  • Si eres entidad sin ánimo de lucro (asociación o fundación), tu objeto social tiene que incluir la inserción laboral o la creación de empleo para personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social; si no, quedas fuera.
  • Necesitas tener ya suscrito el convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a las personas apoyadas antes de solicitar: en el anexo I declaras «Que suscribió el correspondiente convenio de colaboración».
  • Necesitas contar YA en plantilla con personas preparadoras laborales con titulación mínima de FP de grado medio o equivalente y al menos un año de experiencia previa en integración laboral: no vale contratarlas después de que se resuelva.
  • Necesitas acreditar experiencia previa en el desarrollo de programas de integración laboral de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social.
  • Si eres centro especial de empleo, tienes que estar calificado e inscrito en el registro administrativo de centros especiales de empleo de la Comunidad Autónoma de Galicia; si eres empresa de inserción, inscrita en el registro de empresas de inserción de Galicia.
  • Si eres empresa del mercado ordinario (incluidas personas autónomas), necesitas domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia; y si tienes 50 o más personas trabajadoras, cumplir la cuota de reserva del 2 % para personas con discapacidad.
  • Las actividades de empleo con apoyo tienen que ser gratuitas: no puedes cobrar ninguna cantidad ni tarifa a las personas trabajadoras ni a los empresarios.
  • Se conceden por orden de llegada hasta agotar el crédito (450.000 €): la prelación la fija «la fecha en la que se hubiera presentado la documentación completa». Presentar tarde equivale a quedarse sin ayuda.
  • Ayuda sometida a mínimis: no puedes superar 300.000 € de ayudas de mínimis en los tres años previos.
  • No puedes recibir subvención por la misma persona trabajadora apoyada más de dos años (tres años en el supuesto del artículo 8.1.a).
  • La solicitud es obligatoriamente electrónica por la sede de la Xunta; si la presentas en papel se te requerirá enmienda y cuenta la fecha de la enmienda.
  • El plazo termina el 30 de septiembre de 2026 y los requisitos deben cumplirse antes de presentar la solicitud.
  • Si eres empresa de inserción, esta ayuda es incompatible con las ayudas por personal técnico en orientación y acompañamiento a la inserción del programa TR356A.

Requisits

  • Si eres entidad sin ánimo de lucro, tener por objeto social, entre otros, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social.
  • Contar en plantilla con personas preparadoras laborales especializadas y disponer de los recursos materiales necesarios para desarrollar el programa.
  • Tener experiencia acreditada en el desarrollo de programas de integración laboral de personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social.
  • Desarrollar las actividades de empleo con apoyo de forma gratuita, sin cobrar cantidad ni tarifa alguna a trabajadores o empresas.
  • Haber suscrito el convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a las personas destinatarias del empleo con apoyo, con el contenido mínimo del artículo 9.
  • Si eres centro especial de empleo, estar calificado e inscrito en el registro administrativo de centros especiales de empleo de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Si eres empresa de inserción, estar debidamente inscrita en el registro de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Si eres empresa del mercado ordinario o persona trabajadora autónoma, tener domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Si la empresa tiene cincuenta o más personas trabajadoras, cumplir la cuota de reserva del 2 % para personas con discapacidad o las medidas alternativas excepcionales.
  • Las personas preparadoras laborales deben tener titulación mínima de formación profesional de grado medio o equivalente y al menos un año de experiencia previa en integración laboral.
  • Respetar el tiempo mínimo de atención por persona apoyada (un tercio, un quinto, un octavo o un doceavo de su jornada según el colectivo) y no atender simultáneamente a más de 3, 5, 8 o 12 personas por preparador laboral.
  • No ser administración pública, sociedad pública ni entidad vinculada o dependiente de ellas.
  • Estar al día en obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social y no tener deudas pendientes con la Administración de la Comunidad Autónoma.
  • No estar incursa en las prohibiciones del artículo 10 de la Ley 9/2007 ni del artículo 13 de la Ley 38/2003, ni excluida de los beneficios de los programas de empleo por sanción en el orden social.
  • Estar al día en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Las personas apoyadas deben pertenecer a los colectivos del artículo 8 y, con carácter general, figurar inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en los servicios públicos de empleo.

Documentació que demanen

  • Solicitud en formulario normalizado (anexo I) presentada en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, con la declaración responsable
  • Poder suficiente de la persona representante para actuar en nombre de la entidad, si la solicitante es persona jurídica (salvo inscripción en el Registro Electrónico General de Apoderamientos de Galicia)
  • Convenio de colaboración entre la entidad promotora del empleo con apoyo y la empresa empleadora, en su caso
  • Certificado de discapacidad de las personas trabajadoras que van a recibir el apoyo, en los casos de discapacidad reconocida fuera de Galicia
  • Documentación acreditativa de la situación o riesgo de exclusión social de las personas trabajadoras apoyadas, si no son perceptoras de la Risga o del ingreso mínimo vital
  • Documentos justificativos del nacimiento en Galicia de la persona preparadora (y del vínculo de parentesco), si solicitas el incremento de persona emigrante retornada
  • Certificado de persona emigrante retornada, baja consular u otra documentación que acredite la residencia en el exterior y la fecha de retorno, si solicitas ese incremento
  • Documentación de la rectificación registral de la mención al sexo o del cambio de nombre, si solicitas el incremento por persona trans
  • Anexo III de comprobación de datos de terceras personas firmado por las personas preparadoras laborales y las personas apoyadas (debes conservarlo y puede serte requerido en cualquier momento)
  • Justificación: certificación de los gastos de las personas preparadoras laborales y de las actuaciones desarrolladas, según el modelo de la Sede electrónica
  • Justificación: declaración firmada por la entidad y por la persona preparadora laboral sobre los costes reales de desplazamiento, en su caso
  • Justificación: fotografía del cartel identificativo de la financiación pública (color, formato A3) colocado en lugar visible del centro de trabajo y en la web

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