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ORDEN DEL CONSEJERO DE HACIENDA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA ELABORACIÓN, REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE PLANES DE PROTECCIÓN CIVIL POR LAS ENTIDADES LOCALES ARAGONESAS DURANTE EL AÑO 2026.

Convoca ARAGÓN

Per a què és

Financiar que las entidades locales aragonesas (comarcas y municipios) elaboren, revisen y actualicen sus planes territoriales de protección civil durante 2026, con un crédito máximo de 75.000 €.

Criteris de valoració

Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.

  1. Reparto igualitario básico entre todas las solicitudesSolo hay que haber presentado solicitud válida: ese 20 % se divide a partes iguales entre todas las solicitudes.20 % del presupuesto disponible
  2. Reparto igualitario entre entidades obligadas a elaborar su plan territorialHay que acreditar que la entidad está obligada normativamente a elaborar su plan territorial de protección civil; ese 60 % se reparte a partes iguales entre ellas.60 % del presupuesto disponible
  3. Población de la entidad obligada a elaborar su plan territorialSe reparte en proporción al número de habitantes de las entidades locales obligadas a elaborar su plan: a más población, más importe.20 % del presupuesto disponible
  4. Reparto equitativo de los sobrantesSegunda vuelta de reparto: lo que quede tras aplicar los criterios anteriores se distribuye de forma equitativa entre todas las solicitudes, respetando los topes del 25 % del presupuesto por entidad y del 75 % del presupuesto solicitado.Cantidades sobrantes

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • Solo puedes pedirla si eres una entidad local comarcal o municipal de la Comunidad Autónoma de Aragón con competencias en protección civil: no cabe ninguna entidad privada ni del tercer sector.
  • El plan (o su revisión) tiene que cumplir las prescripciones del Plan Territorial de Protección Civil de Aragón (PLATEAR); si no, la actuación queda excluida de subvención.
  • Tienes que aportar al menos el 25 % de la financiación: la subvención no puede superar el 75 % del coste total de las actuaciones solicitadas.
  • La ayuda a cada entidad no puede exceder el 25 % del crédito total de la convocatoria (75.000 €).
  • Solo valen los gastos efectuados entre el 16 de noviembre de 2025 y el 30 de octubre de 2026, y deben imputarse a gasto corriente.
  • Necesitas estar al día en la rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón y al corriente con Hacienda (estatal y autonómica) y Seguridad Social, sin deudas con la Hacienda de Aragón.
  • El plazo de solicitud se cierra a los veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la Orden en el BOA.
  • Si te requieren subsanación tienes diez días improrrogables; si no subsanas, te tendrán por desistida.
  • Si solicitas subvención para revisión o actualización, necesitas certificado de la Secretaría de que ya dispones del plan territorial aprobado y homologado.

Requisits

  • Ser entidad comarcal o municipal de la Comunidad Autónoma de Aragón y reunir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003
  • Tener competencias en materia de protección civil
  • Acreditar mediante certificado de Secretaría o Secretaría-Intervención que estás al día en la rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, que has adoptado medidas de racionalización del gasto y que has presentado planes económico-financieros si tus cuentas presentan desequilibrios
  • Acreditar mediante memoria el cumplimiento efectivo y la realización de la actividad de subvenciones anteriores concedidas para el mismo destino y finalidad
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener deuda pendiente con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Presentar la solicitud y la documentación por medios electrónicos en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, usando obligatoriamente el modelo normalizado
  • Cumplir la normativa vigente en materia de contratación pública
  • Destinar los bienes adquiridos al fin para el que se concedió la subvención al menos dos años (cinco si son inscribibles)

Documentació que demanen

  • Solicitud en modelo normalizado presentada electrónicamente en la sede electrónica del Gobierno de Aragón
  • Para revisión y actualización: certificado del Secretario/a de la entidad local de que dispone de su plan territorial de protección civil, con fecha de aprobación definitiva y de homologación por la Comisión de Protección Civil de Aragón
  • Memoria descriptiva del procedimiento de elaboración, revisión y actualización del plan territorial, justificando el coste de la actividad
  • Certificado del secretario de la entidad local con la cuantía del coste de la actuación para la que se solicita la ayuda
  • Acreditación (artículo 44.3 del TRLSA) del cumplimiento de la legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, y de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo
  • Consentimiento expreso de autorización al órgano gestor para recabar los certificados de la AEAT, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Administración Tributaria de Aragón (o, si no se autoriza, los certificados correspondientes)

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