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ORDEN del ... de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter sociosanitario en el ámbito de

Convoca GALICIA

Per a què és

Financiar programas de interés general para fines de carácter sociosanitario en el ámbito de los trastornos mentales y de los trastornos adictivos, ejecutados durante 2026 por entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro en Galicia (procedimiento SA500A), en línea con el Plan de Salud Mental postCOVID-19 2020-2024 y el Plan de Acción de Prevención del Suicidio 2025-2027.

Criteris de valoració

Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.

  1. Implantación territorial de la entidadQue tus estatutos acrediten actuación en varias provincias gallegas: 1 punto en dos provincias, 1,5 en tres y 2 en las cuatro. En confederaciones, federaciones o agrupaciones se mira su ámbito territorial.2 punts
  2. Experiencia en gestión y ejecución de programas en GaliciaEspecialización y experiencia en salud mental y adicciones en programas similares financiados por administraciones públicas en los cinco años anteriores: 0,5 puntos por dos años, 1 por tres, 1,5 por cuatro y 2 por cinco. Se acredita con la resolución de concesión de la ayuda.2 punts
  3. Adecuación de los recursos humanos de la entidadPersonal contratado en Galicia: volumen de plantilla (hasta 1,5), proporción de contratos indefinidos (hasta 3), proporción de personas con discapacidad (hasta 1,5), empleo de mujeres víctimas de violencia de género (1) y existencia de plan de igualdad inscrito en REGCON (1).8 punts
  4. Línea I – Tipo de inversiónObras de reforma, restauración, rehabilitación o gran reparación (7 puntos); adquisición de suministros, equipamiento y vehículos (5); obras de conservación y mantenimiento (3).7 punts
  5. Línea I – Tipología del centroCentros sanitarios de carácter residencial (comunidades terapéuticas, miniresidencias, viviendas supervisadas, pisos protegidos): 20 puntos; centros sanitarios no residenciales: 15; dependencias administrativas o de atención al público: 10.20 punts
  6. Línea I – Ámbito territorial del proyecto de inversiónProyectos en áreas rurales según el Decreto 99/2012: 3 puntos; en áreas rurales de alta dispersión: 5 puntos.5 punts
  7. Línea I – Objeto del proyecto de inversiónPuesta en marcha de nuevo centro sanitario residencial (25) o no residencial (20); en centros existentes: enmendar deficiencia con cese temporal de actividad (15), necesidad imprescindible (10), mejora de accesibilidad (6), atención telemática/domiciliaria nueva (5), mejora de calidad de vida (8) o incremento de al menos un 25 % de la capacidad (4).25 punts
  8. Línea I – Innovación y compromiso con el medio ambienteProyectos innovadores que incorporen aspectos medioambientales, mejora de la eficiencia energética y uso de materiales sostenibles.7 punts
  9. Líneas II a VI – Evaluación de las necesidades de la población destinatariaUn estudio de las necesidades reales a abordar, análisis de los recursos existentes en el territorio, valor añadido del programa y justificación de su viabilidad y de la mejora significativa que aporta.6 punts
  10. Líneas II a VI – Propuesta metodológica y objetivosPrecisión de los objetivos generales y específicos, claridad de las fases del proceso de trabajo, nivel de detalle de la metodología e impacto social del proyecto.8 punts
  11. Líneas II a VI – Criterios de inclusión en el programaVías de acceso definidas, instrumentos y criterios para incorporar personas usuarias procedentes de recursos asistenciales sanitarios, criterios de selección y accesibilidad (barreras geográficas, tiempos de espera).4 punts
  12. Líneas II a VI – Estimación de personas beneficiariasVolumen de personas beneficiarias directas e indirectas, método de cálculo con datos reales del ámbito de intervención y coherencia con el presupuesto solicitado.4 punts
  13. Líneas II a VI – Características de la población dianaQue el programa se dirija en exclusiva a menores de edad, mujeres o personas mayores de 65 años.5 punts
  14. Líneas II a VI – Población de referencia de los ayuntamientos de implantaciónSuma de la población de los ayuntamientos donde se ejecuta efectivamente la actividad: hasta 50.000 habitantes 1 punto, 50.001-120.000 2 puntos, más de 120.000 3 puntos; +1 punto si el 50 % de los ayuntamientos están en áreas rurales o de elevada dispersión.4 punts
  15. Líneas II a VI – Distribución horaria de la actividadActividad todos los días laborables (2 puntos), horario también de tarde con al menos el 20 % del horario semanal (1) y actividad también en fines de semana (1), coherente con la contratación del personal.4 punts
  16. Líneas II a VI – Adecuación de los recursos humanos del programaExperiencia acreditada del personal en programas del mismo campo, descripción de funciones, número de efectivos adecuado a las personas beneficiarias y al horario, y participación efectiva de la persona coordinadora.8 punts
  17. Líneas II a VI – Adecuación de los medios materialesCentro propio gestionado directamente por la entidad (1 punto), servicio de transporte para las personas usuarias (1) y atención telemática con tecnologías y programa definido (1).3 punts
  18. Líneas II a VI – Evaluación del programaProceso de calidad e indicadores de evaluación y control en mejora continua, desagregados por sexo, que midan satisfacción de la persona usuaria, congruencia, continuidad, repercusión en el colectivo y número de intervenciones, con descripción del método de medición.9 punts
  19. Líneas II a VI – InnovaciónProgramas innovadores dirigidos a necesidades emergentes no cubiertas o que incorporen nuevas tecnologías que añadan calidad con el mismo coste (se excluyen tecnologías ya implantadas como videollamadas o mensajería instantánea).4 punts
  20. Líneas II a VI – AlianzasColaboraciones acreditadas documentalmente con el Servicio Gallego de Salud, con administraciones públicas y entes de Derecho Público o con otras entidades del Tercer Sector y de economía social, necesarias y pertinentes para el programa.3 punts
  21. Líneas II a VI – Divulgación y publicidadActividades planificadas de divulgación con contenido y tipo de difusión, fechas, lugar de realización y uso de redes sociales o medios de comunicación.2 punts

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • Necesitas estar legalmente constituida al menos dos años antes de la fecha de publicación de la convocatoria en el DOG: "Estar legalmente constituidas, por lo menos, con dos años de antelación a la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (DOG)".
  • Tienes que estar inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS); basta presentar la solicitud de inscripción dentro del plazo de solicitudes, pero debes estar inscrita en el momento del pago.
  • Tienes que tener domicilio social o delegación en la Comunidad Autónoma de Galicia y desarrollar allí tu actividad de forma efectiva.
  • Tus fines estatutarios deben incluir la atención a personas con trastorno mental grave y/o adicciones.
  • Quedan fuera universidades, entidades de derecho público, partidos políticos y sus fundaciones, colegios profesionales, cámaras oficiales, sociedades civiles, organizaciones empresariales y sindicatos.
  • Si tu programa no alcanza 32 puntos en la valoración del programa, tu solicitud será rechazada.
  • Solo puedes presentar 3 solicitudes como máximo: 1 en la línea I de inversión y 2 en el resto (II a VI), nunca dos en la misma línea.
  • Respeta los topes por línea: 50.000 € en líneas I, II y V; 10.000 € en líneas III y IV; 30.000 € en la línea VI.
  • No puedes recibir esta ayuda si tienes otra financiación para la misma actividad de la Dirección General de Integración e Innovación Asistencial para 2026.
  • En las líneas II a VI tu programa debe garantizar un mínimo de 10 horas semanales de atención directa presencial.
  • Tienes que presentar la solicitud obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta; la presentación presencial obliga a enmendarla y cambia la fecha de presentación.
  • El plazo es de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la orden en el DOG.
  • No se otorgan subvenciones a entidades que cometan, inciten o promocionen LGTBIfobia, incluidas las terapias de conversión.

Requisits

  • Ser una de las entidades definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015 del tercer sector de acción social u otras organizaciones que cumplan los requisitos de la orden
  • Estar legalmente constituida con al menos dos años de antelación a la publicación de la convocatoria e inscrita en el registro administrativo autonómico correspondiente
  • Estar inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS); vale presentar la solicitud de inscripción en plazo, pero debes estar inscrita al pago
  • Carecer de ánimo de lucro
  • Tener domicilio social o delegación en Galicia
  • No estar incursa en las prohibiciones del artículo 10.2 de la Ley 9/2007, acreditado mediante declaración responsable de la persona representante
  • Tener entre los fines estatutarios la atención a personas con trastorno mental grave y/o adicciones
  • Desarrollar la actividad de manera efectiva en Galicia con medios personales y materiales
  • No cometer, incitar ni promocionar LGTBIfobia ni terapias de conversión
  • Cumplir todos los requisitos al finalizar el plazo de solicitudes y mantenerlos durante toda la ejecución del programa
  • En los programas de las líneas II a VI: basarse en una metodología de intervención avalada por la evidencia científica
  • En los programas de las líneas II a VI: contar con personal cualificado, incluida una persona coordinadora responsable de la ejecución
  • En los programas de las líneas II a VI: mínimo de 10 horas semanales de atención directa presencial
  • En los programas de las líneas II a VI: presentar plan de comunicación del programa junto con la solicitud
  • En los programas de las líneas II a VI: presentar plan de formación continuada de profesionales junto con la solicitud
  • En la línea I: el proyecto de inversión debe estar vinculado unívocamente a un programa asistencial, presentado en memoria resumida
  • Todos los programas deben respetar la perspectiva de género
  • Presentar como máximo 3 solicitudes: 1 en la línea I y 2 en las líneas II a VI, nunca dos en la misma línea
  • No tener otra financiación de la Dirección General de Integración e Innovación Asistencial para la misma actividad en 2026
  • Tener suscrita póliza de seguro de accidentes, enfermedad y responsabilidad civil a favor del personal voluntario que participe en los programas
  • En agrupaciones sin personalidad jurídica: cada miembro debe cumplir los requisitos, indicar compromisos e importes, nombrar representante y no disolverse hasta el plazo de prescripción

Documentació que demanen

  • Solicitud en formulario normalizado (anexo II) firmada por la persona representante, presentada electrónicamente
  • Documentación acreditativa de la representatividad de la persona solicitante cuando no sea la designada en el Registro administrativo de la Comunidad Autónoma
  • Plan de igualdad actualizado, de ser el caso, con acreditación de su inscripción en el REGCON
  • Documento de compromisos de ejecución e importe por miembro en agrupaciones sin personalidad jurídica (anexo VI)
  • Documento específico para valoración de las entidades (anexo V)
  • Estatutos debidamente diligenciados
  • Líneas II a VI: memoria explicativa por cada programa según el modelo del anexo III
  • Líneas II a VI: documentación acreditativa de la formación de las personas que trabajan en el programa
  • Líneas II a VI: plan de formación de profesionales y plan de comunicación del programa
  • Línea I: memoria de la inversión según el modelo del anexo IV
  • Línea I (obras): certificado del Registro de la Propiedad o contrato de alquiler o cesión y autorización de la persona propietaria
  • Línea I (obras): planos de actuación
  • Línea I (obras): anteproyecto presupuestado o proyecto de obras, o presupuesto detallado y memoria firmada por el/la contratista en obras de menor cuantía
  • Línea I (obras): informe sobre la viabilidad urbanística y acreditación de la posibilidad legal de obtener licencias y permisos
  • Línea I: memoria resumida del programa o programas a los que se vincula la obra o en los que se empleará el suministro, equipamiento o vehículo
  • Línea I (suministros): presupuesto de la empresa suministradora con coste por unidad e importe total
  • Tres ofertas de empresas proveedoras distintas y justificación de la elección cuando se superen los umbrales del contrato menor (40.000 € en obras, 15.000 € en suministros)

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