Orden EDU/43/2026, por la que se convocan los premios María Blanchard a la excelencia académica correspondientes al curso académico 2025-2026 en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Convoca CANTABRIA
Per a què és
Convocar los premios María Blanchard para reconocer los méritos académicos del alumnado que en el curso 2025-2026 haya finalizado bachillerato, FP, enseñanzas deportivas, artes plásticas y diseño, música o grados universitarios en centros sostenidos con fondos públicos de Cantabria o en la Universidad de Cantabria.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Mayor nota media del expediente académicoSe ordena a las personas solicitantes de cada categoría por la nota media de su expediente académico, calculada según su normativa específica: cuanto mayor sea la nota, mejor posición para obtener el premio.criterio único de concesión
- Distribución de premios entre categorías (reserva y reparto proporcional)No puntúa méritos: si el número de solicitantes que cumplen requisitos supera los premios disponibles, los premios se reparten entre las categorías con solicitantes mediante reserva, reparto proporcional al número de alumnado que finalizó cada categoría, premios de garantía y reparto por mayor decimal.regla de distribución cuando hay más solicitantes que premios
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Esta convocatoria NO es para entidades: las beneficiarias son personas físicas (alumnado). Si eres una asociación o fundación, no puedes presentarte.
- Necesitas haber obtenido una nota media igual o superior a 9 puntos en la enseñanza por la que solicitas el premio.
- Tienes que haber estado empadronado o empadronada en un municipio de Cantabria durante el curso 2025-2026.
- Tienes que haber finalizado los estudios en el curso 2025-2026 en un centro sostenido con fondos públicos de Cantabria (o en la Universidad de Cantabria si es un grado) y tener el título o estar en disposición de solicitarlo.
- Solo puedes presentar solicitud en una única categoría: si presentas varias, solo se valora la última y el resto se desestiman.
- El plazo es muy corto: 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.
- No se puede pagar el premio si no estás al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social o de cualquier otro ingreso de derecho público.
Requisits
- Haber finalizado en el curso 2025-2026 alguna de las enseñanzas previstas, en un centro sostenido con fondos públicos de Cantabria o en la Universidad de Cantabria para grados, y estar en posesión del título o en disposición de solicitarlo.
- Tener una nota media igual o superior a 9 puntos en la enseñanza correspondiente.
- Estar empadronado o empadronada en un municipio de Cantabria durante el curso en que finalizaste las enseñanzas.
- Haber cursado las enseñanzas de forma presencial.
- Presentar la solicitud en una sola categoría.
- No incurrir en las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones del artículo 12 de la Ley 10/2006.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de cualquier otro ingreso de derecho público para poder cobrar el premio.
Documentació que demanen
- Solicitud en el modelo normalizado del anexo de la orden, firmada por la persona solicitante y su representante legal si es menor de edad
- Certificado o documento acreditativo del número de identificación fiscal (NIF)
- Certificado de empadronamiento en un municipio de Cantabria durante el curso 2025-2026
- Certificación de la nota media del expediente académico de la enseñanza por la que se solicita el premio
- Declaración responsable (veracidad de los datos, aceptación de las bases y no incurrir en causas de incompatibilidad), incluida en la solicitud
- Ficha de terceros con la cuenta bancaria para el pago
- Certificado de estar al corriente con la AEAT si no autorizas la consulta electrónica
- Certificado de estar al corriente con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT) si no autorizas la consulta electrónica