Orden IND/41/2026, de 31 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria para 2026 de subvenciones destinadas a financiar las unidades de apoyo a la actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales
Convoca CANTABRIA
Per a què és
Financiar, mediante subvención en concurrencia competitiva, los costes salariales y de Seguridad Social del personal de las unidades de apoyo a la actividad profesional, dentro de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo de Cantabria, para favorecer la inclusión laboral de personas con discapacidad con mayores dificultades de inserción.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Tipo de centro: Centro Especial de Empleo de iniciativa socialEstar calificado e inscrito como Centro de iniciativa social en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Cantabria; suma 200 puntos directos en la fórmula.200 punts
- Porcentaje de personas con discapacidad con contrato indefinidoCuanta mayor proporción de tu plantilla con discapacidad tenga contrato indefinido a fecha de solicitud, más puntos (es el factor con más peso).porcentaje multiplicado por 4 en la fórmula A+[B x 4]+[C x 3]+[D x 2]+E
- Porcentaje de personas con discapacidad con mayores dificultades de inserciónPeso de las personas con mayores dificultades de inserción (parálisis cerebral, salud mental, discapacidad intelectual, TEA con ≥33 %; física o sensorial con ≥65 %) sobre el total de personas con discapacidad del centro.porcentaje multiplicado por 3 en la fórmula A+[B x 4]+[C x 3]+[D x 2]+E
- Porcentaje de mujeres con discapacidad con mayores dificultades de inserciónProporción de mujeres sobre el total de personas trabajadoras con mayores dificultades de inserción del centro.porcentaje multiplicado por 2 en la fórmula A+[B x 4]+[C x 3]+[D x 2]+E
- Tránsito al mercado ordinario de trabajoPorcentaje de personas con discapacidad procedentes del centro contratadas por empresas del mercado ordinario, con carácter indefinido o por al menos seis meses, en los dos años anteriores a la solicitud.porcentaje sin multiplicador en la fórmula A+[B x 4]+[C x 3]+[D x 2]+E
- Fórmula de puntuación y prorrateo del créditoLa puntuación total se obtiene con esa fórmula y, con ella, el órgano competente prorratea entre los beneficiarios el importe global máximo de la convocatoria.A+ [B x 4] + [C x 3] + [D x 2] + E
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Solo puedes pedirla si eres la entidad titular de un Centro Especial de Empleo calificado e inscrito en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Cantabria y que desarrolla su actividad en Cantabria.
- La unidad de apoyo tiene que estar ubicada en Cantabria y el centro de trabajo radicado e inscrito en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Cantabria; las personas con discapacidad apoyadas deben estar de alta en la Seguridad Social en Cantabria.
- Tienes que disponer ya de una unidad de apoyo con la composición mínima de módulos (técnicos y encargados de apoyo a la producción según número de trabajadores) que exige la convocatoria: sin esa composición no accedes a la ayuda.
- El personal de la unidad de apoyo debe tener contrato indefinido a fecha de presentación de la solicitud; si no, no es subvencionable.
- No pueden formar parte de la unidad de apoyo los titulares del CEE, quienes ejerzan dirección o gerencia, ni apoderados, representantes o cargos con poder de decisión.
- Solo una solicitud por entidad y convocatoria: las que excedan se inadmiten sin valorarse, por orden de presentación.
- El plazo es muy corto: quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria, y la presentación es obligatoriamente telemática.
- Esta ayuda es incompatible con la subvención del coste salarial de las personas con discapacidad que trabajan en Centros Especiales de Empleo de Cantabria.
- Quedan fuera las empresas en crisis o sujetas a una orden de recuperación de ayudas pendiente (Reglamento UE 651/2014).
- No se subvencionan contratos (indefinidos o temporales) de duración inferior a 6 meses dentro del periodo subvencionable.
Requisits
- Ser entidad titular de un Centro Especial de Empleo que desarrolle su actividad en Cantabria y esté calificado e inscrito en el Registro de Centros Especiales de Cantabria.
- Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003 y del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT, con la Seguridad Social y con la Administración de Cantabria antes de la propuesta de resolución.
- Tener en plantilla personas trabajadoras con el tipo de limitación y grado de discapacidad exigidos (parálisis cerebral, salud mental, discapacidad intelectual o TEA con ≥33 %; física o sensorial con ≥65 %).
- Disponer de unidades de apoyo a la actividad profesional con la composición establecida en las bases y la convocatoria.
- El personal técnico de la unidad de apoyo debe tener titulación superior de FP, certificado profesional de nivel 3 o titulación universitaria; si es de ámbito distinto, además 6 meses de experiencia (o un año si fue voluntariado).
- En los contratos del personal de la unidad de apoyo debe constar expresamente la ocupación de técnico o encargado de apoyo a la producción, y estar comunicados al Servicio Público de Empleo.
- Cubrir o sustituir en el plazo de un mes las vacantes o suspensiones del personal de la unidad de apoyo, para mantener la proporcionalidad.
- Mantener una plantilla con al menos el 70 % de personas trabajadoras con discapacidad.
- Presentar la solicitud de forma obligatoriamente telemática en el modelo oficial del Anexo I.
- Mantener la contratación y el alta en Seguridad Social del personal de la unidad de apoyo durante al menos el período tenido en cuenta para la concesión.
- Identificar la colaboración del Servicio Cántabro de Empleo y del SEPE y señalizar con cartel informativo la sede de la unidad de apoyo.
- Cumplir las obligaciones de transparencia y publicidad activa (Ley 19/2013 y Ley de Cantabria 1/2018) cuando se superen los umbrales de ayuda.
Documentació que demanen
- Solicitud en el modelo oficial del Anexo I, con las declaraciones responsables que en ella figuran
- Acreditación de la representación de la entidad solicitante a favor de la persona firmante, si se actúa mediante representante
- Certificado de titularidad bancaria de la cuenta para el pago, firmado electrónicamente por la entidad financiera
- Declaración sobre otras ayudas solicitadas u obtenidas para la misma finalidad, actualizada para cada solicitud
- Certificado de cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004 (solicitudes superiores a 30.000 euros de entidades con ánimo de lucro) o, en su defecto, declaración responsable de entidad sin ánimo de lucro
- Declaración de plantilla de personas trabajadoras con discapacidad del centro especial de empleo a fecha de presentación de la solicitud, con tipo de limitación, grado de discapacidad y tipo y duración de los contratos
- Informe de Vida Laboral de la empresa a fecha de solicitud con el número de personas trabajadoras en alta
- Relación nominal de personas trabajadoras con discapacidad procedentes del centro contratadas por empresas del mercado ordinario en los dos años anteriores
- Memoria de la actividad o actividades a realizar (relación de personas de apoyo con su titulación y experiencia, relación de personas con discapacidad a apoyar y descripción del tipo de apoyo, tareas y calendario)
- Currículos profesionales del personal técnico y de los encargados de producción, firmados, con documentación acreditativa de titulación y/o experiencia profesional
- En caso de oposición de la persona con discapacidad a la consulta de datos: DNI o tarjeta de identidad, resolución de discapacidad y vida laboral