Orden por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan por el procedimiento anticipado de gasto ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para las entidades privadas sin ánimo de lucro con el fin de realizar programas de incorporación so
Convoca GALICIA
Per a què és
Financiar, en concurrencia competitiva, programas de incorporación social desarrollados en viviendas durante 2026 por entidades privadas sin ánimo de lucro, dirigidos a pacientes estabilizados que siguen tratamiento en las unidades asistenciales de drogodependencias del Circuito de asistencia sanitaria a los trastornos adictivos de Galicia, para facilitar su incorporación social y una vida autónoma en el ámbito residencial (código de procedimiento SA462B).
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Calidad del programa (primera fase)Que el programa esté bien diseñado: metodología y fases, objetivos, alternativas ocupacionales/formativas, criterios de acceso, cualificación del personal, actividades de habilidades sociales, resultados previos e indicadores. Es criterio de corte: con menos de 6 puntos no pasas a la segunda fase.12 punts
- Metodología empleada: fases del programa y criterios de alta (primera fase)Descripción pormenorizada de las fases del programa y de los criterios de alta.2 punts
- Objetivos generales y específicos (primera fase)Que el programa formule objetivos generales y específicos claros.2 punts
- Alternativas ocupacionales y/o formativas específicas (primera fase)Incluir alternativas ocupacionales o formativas específicas dentro del programa.1 punts
- Alternativas ocupacionales o formativas para adicciones emergentes (primera fase)Alternativas ocupacionales o formativas dirigidas a personas con adicciones emergentes.0.5 punts
- Criterios de inclusión y exclusión en el acceso a la vivienda (primera fase)Tener definidos los criterios de inclusión y exclusión del procedimiento de acceso a la vivienda.1 punts
- Dedicación y cualificación del personal de atención directa (primera fase)Que el personal de atención directa tenga dedicación y cualificación acordes a los objetivos del programa.1 punts
- Actividades de habilidades sociales y uso de recursos normalizados externos (primera fase)Actividades del programa que fomenten la adquisición de habilidades sociales y el uso de recursos normalizados externos a la entidad.2 punts
- Consecución de objetivos en el año previo (primera fase)Porcentaje de personas usuarias que alcanzaron los objetivos el año anterior según la memoria aportada: 0,5 puntos si ≥25 %-<50 %, 1 punto si ≥50 %-<75 % y 1,5 puntos si ≥75 %.1.5 punts
- Indicadores de proceso y resultado (primera fase)Definir indicadores de proceso (realización de la actividad) y de resultado (grado de logro de los objetivos).1 punts
- Trayectoria de la entidad solicitante (primera fase)Historial de la entidad: ayudas públicas obtenidas y justificadas en drogodependencias, certificados de calidad y declaración de utilidad pública.8 punts
- Años con ayudas públicas justificadas en drogodependencias (primera fase)Cada año en que la entidad obtuvo ayuda pública autonómica, nacional o europea en materia de drogodependencias y la justificó debidamente.1 punto por año, máximo 6 puntos
- Calidad en la gestión de la entidad: certificados de calidad (primera fase)Tener en vigor certificados de calidad tipo ONG con calidad, ISO 9001:2015, EFQM u otros sistemas que garanticen el control de procesos y programas.1 punts
- Declaración de utilidad pública de la entidad (primera fase)Acreditar debidamente la declaración de utilidad pública.1 punts
- Grado de consolidación en la prestación del servicio (segunda fase)Segunda fase: años en que la entidad obtuvo ayuda pública específica (autonómica, nacional o europea) para programas de incorporación social en viviendas, habiendo justificado actividades y objetivos.3 puntos por año, máximo 12 puntos
- Funcionamiento de la vivienda (segunda fase)Segunda fase: ámbito territorial de la vivienda (provincial 1 punto, autonómico 2), presencia física de personal por las noches (2) y los fines de semana (2), concreción del procedimiento de acceso (2), claridad del reglamento interno y de las aportaciones económicas (1,5) y ocupación media en 2025 (0,5).10 punts
- Participación de instituciones no públicas en la financiación de la vivienda (segunda fase)Segunda fase: ayudas de instituciones no públicas acreditadas para la vivienda en 2025 por importe igual o superior a 1.000 euros.1 punto por ayuda, máximo 5 puntos
- Contribución a la discriminación positiva de la mujer (segunda fase)Segunda fase: existencia de programas específicos de mujeres que atiendan las discriminaciones múltiples, conforme a la Ley 7/2023 de igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia.1 punts
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Necesitas estar inscrita en el Registro de Entidades Colaboradoras del Plan de Galicia sobre Drogas (Decreto 74/2002): sin esa inscripción no puedes ser beneficiaria.
- Necesitas estar inscrita en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS) de Galicia.
- Necesitas estar autorizada como centro de acogida-apoyo social a procesos terapéuticos desde un año antes de la convocatoria, por la Consellería de Política Social e Igualdad.
- Tienes que ser titular o responsable de una vivienda de apoyo a la incorporación social, y ese recurso debe estar abierto todos los días del año, sin excepción.
- Tienes que acreditar que desarrollaste programas de incorporación social con personas drogodependientes el año anterior, aportando la memoria de actividad de ese año.
- Necesitas sede central o delegación permanente (o domicilio social) en Galicia y comprometerte a desarrollar las actividades en viviendas próximas a una población con unidad asistencial de drogodependencias.
- Todos los requisitos deben cumplirse ya a fecha de cierre del plazo de solicitudes y mantenerse durante toda la ejecución.
- Si en el criterio de calidad del programa no alcanzas 6 puntos, quedas fuera: no pasas a la segunda fase de valoración.
- Solo se financian los 4 programas con mayor puntuación, a 67.416,25 € cada uno; el resto queda sin ayuda aunque cumpla todo.
- Solo puedes obtener subvención para un programa por vivienda y un máximo de tres programas o viviendas por entidad.
- La solicitud es obligatoriamente electrónica por la sede de la Xunta; si la presentas en papel te requerirán y la fecha válida será la de la enmienda.
Requisits
- Ser entidad privada sin ánimo de lucro inscrita en el Registro de Entidades Colaboradoras del Plan de Galicia sobre Drogas (Decreto 74/2002, de 28 de febrero).
- Ser titular o responsable de una vivienda de apoyo a la incorporación social de pacientes estabilizados en las unidades asistenciales de drogodependencias.
- La vivienda o recurso tiene que estar abierta todos los días del año.
- Acreditar que has desarrollado programas de incorporación social con personas drogodependientes el año anterior, aportando la memoria de actividad de ese año.
- Ajustarte a la Orden de 25 de enero de 2008 sobre centros de inclusión y emergencia social y estar inscrita en el RUEPSS.
- Estar autorizada desde un año antes de la convocatoria como centro de acogida-apoyo social a procesos terapéuticos.
- Disponer de sede central o delegación permanente en Galicia, o domicilio social en la comunidad, y desarrollar las actividades en viviendas próximas a poblaciones con unidad asistencial de drogodependencias.
- Cumplir las obligaciones exigibles del artículo 11 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia.
- Acreditar todos los requisitos al cierre del plazo de solicitudes y mantenerlos durante la ejecución del programa.
- Solo se subvenciona un programa por vivienda.
- Puedes obtener subvención para un máximo de tres programas o viviendas.
- Si subcontratas, no puedes superar el 50 % de la actividad y solo excepcionalmente.
- Debes contar con protocolos específicos de actuación ante intoxicaciones por sustancias y riesgo de suicidio.
- Las personas usuarias deben ser mayores de 18 años y acceder voluntariamente, con informe de derivación de la unidad asistencial.
- Si estableces aportación económica de las personas usuarias, no puede superar el 75 % de sus ingresos líquidos ni excluir a quien no tenga recursos.
Documentació que demanen
- Solicitud en formulario normalizado (anexo I) presentada electrónicamente
- Documentación que acredite la representación legal de la entidad, firmada electrónicamente
- Copia de la escritura de constitución
- Estatutos de la entidad solicitante
- Documentación acreditativa de la capacidad técnica de la entidad, firmada electrónicamente
- Balance o justificación de los ingresos y gastos de la entidad del ejercicio económico 2025, firmado electrónicamente
- Copia del reglamento de régimen interno del centro visado por el Servicio de Inspección de Servicios Comunitarios e Inclusión Social
- Anexo IV de comprobación de datos de las personas responsables o colaboradoras del programa, cubierto y firmado
- Información técnica del programa (anexo II)
- Memoria técnica del programa (anexo III)
- Documentación acreditativa de formación específica en terapias de rehabilitación en sustancias adictivas del responsable del proyecto y del resto del personal
- Protocolo de actuación en caso de intoxicación por sustancias psicotrópicas, firmado electrónicamente
- Protocolo de prevención del suicidio, firmado electrónicamente
- Memoria de actividad del año anterior ajustada al artículo 8.c) del Decreto 254/2011 (acreditación del desarrollo de programas)