Plan Abierto de Inversiones 2024 - 2027
Convoca DIPUTACIÓN PROV. DE VALENCIA
Per a què és
Financiar inversiones asociadas a obras o servicios de competencia municipal en municipios de menos de 50.000 habitantes, entidades locales menores y mancomunidades de la provincia de Valencia, con una dotación máxima de 350.000.000 € para el cuatrienio 2024-2027, y con importes preasignados a cada entidad mediante fórmulas objetivas. No es una convocatoria para entidades del Tercer Sector: los beneficiarios son exclusivamente entidades locales.
Criteris de valoració
Els criteris de valoració són en un altre document: No se establecen criterios de valoración: los importes están preasignados a cada entidad mediante las fórmulas de distribución de los Anexos I.A) y I.B), y no se constituye comisión de valoración.
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Solo pueden ser beneficiarias entidades locales: municipios de menos de 50.000 habitantes, entidades locales menores y mancomunidades de la provincia de Valencia. Si eres una asociación, fundación o cualquier entidad privada, no puedes presentarte.
- Las mancomunidades tienen que estar jurídicamente constituidas a 1 de enero de 2024 según el Registro de Entidades Locales de la Generalitat Valenciana.
- Antes de pedir la financiación necesitas el informe previo de revisión de la documentación técnica: solo se aprueban las solicitudes que cuenten con informe positivo previo.
- No se financian actuaciones contratadas antes del acuerdo de concesión de la ayuda, ni ampliaciones de actuaciones ya adjudicadas.
- El importe total que solicites no puede superar la cantidad preasignada a tu entidad en el Anexo II.
- Las obras deben recaer sobre inmuebles de titularidad de la entidad solicitante (excepcionalmente sobre bienes públicos de otra administración, con su autorización).
- Si eres mancomunidad, la actuación debe ser de interés supramunicipal, estar en tus Estatutos y beneficiar a todos los municipios integrantes.
- Si el ayuntamiento tiene más de 1.500 habitantes, debes destinar al menos un 10% a parques y jardines, un 10% al ciclo integral del agua y un 10% a instalaciones deportivas.
- Si quieres que la obra la ejecute la Diputación, el plazo de solicitud terminó el 31 de diciembre de 2024 y es improrrogable.
- El plazo general de solicitudes se cierra el 15 de junio de 2027 y no se conceden prórrogas.
Requisits
- Ser municipio de menos de 50.000 habitantes según el Padrón a 1 de enero de 2023, entidad local menor de la provincia de Valencia o mancomunidad de municipios de la provincia
- Si eres mancomunidad, estar jurídicamente constituida a 1 de enero de 2024 según el Registro de Entidades Locales de la Generalitat Valenciana
- Obtener con carácter previo el informe positivo de revisión de la documentación técnica emitido por los servicios técnicos de la Diputación
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario del artículo 13.2 de la LGS
- No tener deudas con la hacienda provincial o, en su caso, regularizar la situación o presentar compromiso de plan de pagos en 5 días naturales
- Acreditar la titularidad y disponibilidad de los terrenos y las circunstancias urbanísticas de la actuación
- Que la actuación sea una inversión real imputable al capítulo 6 del presupuesto de gastos
- Mantener el uso para el que se concedió la ayuda: 5 años en bienes inscribibles en registro público y 2 años en el resto
Documentació que demanen
- Solicitud de informe de revisión de documentación técnica (modelo normalizado III.A del Anexo III)
- Proyecto conforme al artículo 233 de la LCSP y a la Instrucción para la redacción de documentación técnica (en obras por contrata), y en su caso anexo técnico de mejoras
- Proyecto que cumpla las condiciones particulares de las obras a ejecutar por la propia administración (obras por administración)
- Memoria, factura proforma, presupuesto o pliego de prescripciones técnicas particulares (adquisición de bienes muebles)
- Tasación o valoración económica con estudio de mercado (adquisición de bienes inmuebles)
- Proyecto Básico redactado como máximo en los 4 meses anteriores al acuerdo de aprobación definitiva (obras a ejecutar por la Diputación)
- Certificación del acuerdo de solicitud de financiación emitida por Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a (modelo III.B)
- Declaración responsable de cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (modelo III.C)
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario (modelo III.D)
- Certificado de ayudas concurrentes (modelo III.E)
- Certificado acreditativo de titularidad y disponibilidad de los terrenos y circunstancias urbanísticas (modelo III.F)
- Fotografía/s geolocalizada/s previas al inicio de la obra mediante la App SomFoto
- Certificado del acuerdo de adjudicación y estadillo con el reparto proporcional de cantidades, desglosando base imponible e IVA
- Certificaciones de obra mensuales expedidas por el/la director/a de obra
- Certificado de aprobación de certificaciones y facturas e imputación presupuestaria del gasto (modelo III.J)
- Acta de recepción de las obras conforme al art. 243 de la LCSP
- Documentación final de obra: memoria, medición final y plano final de obra
- Certificado de cumplimiento de las obligaciones de publicidad de la obra
- Certificado de gastos en obras ejecutadas directamente por la administración (modelo III.G)
- Acta de reconocimiento y comprobación de las obras ejecutadas por la propia administración
- Certificado de cumplimiento de la finalidad para la que se ha concedido la subvención (modelo III.H)
- Fotografía/s geolocalizada/s de finalización de la obra o del bien adquirido mediante la App SomFoto
- Certificado del Secretario/a o Secretario/a-Interventor/a acreditativo de las ayudas recibidas y/o solicitadas y de la imposición de contribuciones especiales