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RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2025, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2026 el Programa de fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas

Convoca COMUNITAT VALENCIANA

Per a què és

Subvencionar la contratación indefinida inicial a jornada completa de personas jóvenes cualificadas inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, por entidades empleadoras privadas con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana.

Criteris de valoració

Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.

  1. Momento en que se ha completado la presentación de la solicitud (único criterio)Presentar cuanto antes la solicitud completa (impreso más toda la documentación exigida): la concesión se ordena por el momento en que la solicitud queda completa, hasta agotar el crédito.único criterio
  2. Desempate: contratación de personas con discapacidad (mayor grado de discapacidad)En caso de empate de fecha y hora, se prioriza la solicitud por contratación de personas con discapacidad, y entre ellas las de mayor grado.criterio de desempate
  3. Desempate: contratación de mujeresSi persiste el empate tras el criterio de discapacidad, se prioriza la solicitud por contratación de mujeres.criterio de desempate
  4. Desempate: fecha de solicitud más antigua y número de expediente más bajoÚltimo desempate: fecha de solicitud más antigua y, en su defecto, número de expediente más bajo.criterio de desempate

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • Solo puedes pedirla si eres entidad empleadora de naturaleza jurídica privada (incluidos autónomos) con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana: «entidades empleadoras de naturaleza jurídica privada, incluidas las personas encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana».
  • Si eres Centro Especial de Empleo o Empresa de Inserción NO puedes ser beneficiaria: tienen programas específicos de fomento de empleo.
  • Si eres una agrupación, sociedad civil o comunidad de bienes sin personalidad jurídica quedas excluida.
  • Si estás obligada a tener plan de igualdad y no lo tienes registrado, quedas fuera.
  • La contratación tiene que hacerse a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria: los contratos anteriores no valen.
  • Tienes que presentar la solicitud DESPUÉS de la contratación y alta en la Seguridad Social, y nunca después del 2 de junio de 2026.
  • La contratación debe suponer incremento neto de plantilla respecto a la plantilla media de los 30 días naturales anteriores al contrato.
  • Solo se admiten contratos indefinidos a jornada completa (salvo discapacidad severa, mínimo 15 horas semanales): quedan excluidos los fijos discontinuos y los de tiempo parcial.
  • No se subvenciona contratar a personas que hayan finalizado relación laboral contigo o con entidad vinculada en los 6 meses previos.
  • No se subvenciona contratar a familiares hasta segundo grado de la entidad empleadora o de sus cargos directivos, ni a socias o administradoras (o que lo fueran en los 6 meses previos).
  • Si has sido sancionada en los dos años anteriores por infracciones graves o muy graves en prevención de riesgos laborales o Seguridad Social, tu contratación no se subvenciona.
  • Se concede por orden de presentación completa de la solicitud hasta agotar el crédito: presentar tarde equivale a quedarse sin ayuda.
  • La persona contratada debe haber estado desempleada e inscrita como demandante en LABORA al menos tres meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores al contrato.
  • La ayuda está sometida al régimen de minimis: no puedes superar 300.000 euros de minimis en tres años.

Requisits

  • Ser entidad empleadora de naturaleza jurídica privada, incluidos autónomos, con centro de trabajo en la Comunitat Valenciana
  • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones
  • Disponer de plan de igualdad registrado si estás obligada a tenerlo
  • Contratar a personas jóvenes mayores de 16 años con cualificación profesional reconocida e inscritas como beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
  • La persona joven debe haber estado desempleada e inscrita como demandante de empleo en LABORA al menos tres meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la contratación
  • Que exista correspondencia entre la titulación de la persona joven y el puesto de trabajo, adecuado al nivel de estudios y grupo de cotización
  • Las personas contratadas deben prestar servicios en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana y estar de alta en un Código de Cuenta de Cotización de la Comunitat Valenciana
  • La contratación debe representar un incremento neto de plantilla respecto a la plantilla media de los 30 días naturales anteriores
  • Mantener el empleo subvencionado al menos 24 meses
  • No disminuir la plantilla media durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado
  • Presentar la solicitud de forma telemática con firma electrónica avanzada, también si eres autónomo
  • Las personas jurídicas deben contabilizar el cobro de la subvención con un código contable específico y aportar su extracto

Documentació que demanen

  • Identificación de la cuenta bancaria en la que LABORA debe efectuar el pago (alta previa en el trámite de domiciliaciones bancarias si es nueva)
  • Declaración responsable de que la contratación no incurre en causa de exclusión
  • Declaración responsable del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o, en su caso, la exención
  • Declaración responsable sobre otras ayudas recibidas para los mismos costes o hecho subvencionable o de no haber obtenido ninguna
  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13, apartados 2 y 3
  • Declaración responsable de las ayudas de minimis concedidas durante los tres años anteriores
  • Declaración responsable sobre la obligación de contar con un plan de igualdad
  • Declaración responsable de haber sido informado del tratamiento de datos de carácter personal
  • Comunicación a la persona contratada de la posible cofinanciación por el Fondo Social Europeo y de la información sobre el tratamiento de sus datos personales (modelo normalizado)
  • En su caso, declaración responsable del apartado 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003 y, en su caso, certificación de auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas
  • Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de la plantilla media de los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato
  • Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de la plantilla media del periodo entre los treinta días previos a la contratación y el día de la contratación
  • Informe de vida laboral de la empresa del periodo entre los treinta días previos a la contratación y el día de la contratación
  • En su caso, acreditación de la condición de mujer víctima de violencia sobre la mujer conforme al artículo 9 de la Ley 7/2012
  • Justificante de la cumplimentación del formulario inicial de indicadores por la persona contratada, firmado por ella
  • Contrato de trabajo que da lugar a la subvención
  • Documentación acreditativa de la titulación del joven (o certificación supletoria provisional)
  • Certificado de la situación en el Fichero de Garantía Juvenil de la persona joven contratada
  • En su caso, diagnóstico de enfermedad o trastorno mental emitido por el centro público de salud mental
  • En caso de discapacidad severa, certificado de capacidades a efectos de demanda de empleo e informe de adecuación al puesto de trabajo
  • En su caso, acreditación del reconocimiento de pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o de jubilación o retiro por incapacidad permanente
  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para ser receptora del pago del apartado 5 del artículo 34 de la Ley 38/2003

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