Resolución de la Directora General del SEF, por la que se aprueba, por el sistema de tramitación anticipada, la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del “Programa Conexión Empleo Joven”,.
Convoca REGIÓN DE MURCIA
Per a què és
Financiar la contratación indefinida, por empresas y personas trabajadoras autónomas con centro de trabajo en la Región de Murcia, de personas jóvenes tituladas de entre 18 y menos de 30 años, desempleadas, inscritas como demandantes y beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en puestos acordes a su titulación, con cofinanciación del Fondo Social Europeo Plus (Programa Conexión Empleo Joven).
Criteris de valoració
Els criteris de valoració són en un altre document: No se establecen criterios de valoración: régimen de concurrencia no competitiva; se concede por orden de entrada de las solicitudes hasta agotar el crédito («sin que sea necesario establecer la comparación de las solicitudes, ni la prelación entre las mismas»)..
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Solo puedes presentarte si tienes la consideración de empresa o eres persona trabajadora autónoma: si eres entidad sin ánimo de lucro necesitas acreditar con documento fiscal que realizas actividad económica de forma regular.
- Quedas fuera si formas parte del sector público (esas entidades van al programa "Mi Primer Empleo", no a este).
- El centro de trabajo para el que se realiza la contratación tiene que estar en la Región de Murcia.
- El contrato tiene que ser indefinido y a jornada completa: los contratos fijos-discontinuos quedan excluidos.
- La persona contratada debe tener entre 18 y menos de 30 años, estar desempleada e inscrita en la oficina de empleo al menos el día anterior al inicio del contrato y ser beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- La persona contratada no puede tener experiencia profesional laboral previa en la titulación objeto del contrato (se comprueba con la vida laboral y el grupo de cotización).
- El alta en Seguridad Social debe producirse entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026: fuera de ese intervalo no es subvencionable.
- Tienes un plazo individualizado de un mes desde la fecha de alta en Seguridad Social para presentar la solicitud, y siempre dentro del plazo general (26 de enero a 30 de septiembre de 2026); las presentadas fuera se inadmiten.
- No puedes contratar a cónyuge, ascendientes, descendientes ni parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado del empresario o de quien tenga el control empresarial.
- Debes mantener a la persona contratada en plantilla: si en el momento de la propuesta de resolución ya no está, quedas excluido; y el contrato debe mantenerse un mínimo de 180 días naturales.
- Máximo dos subvenciones por empresa o autónomo con cargo al ejercicio 2026, independientemente de cuántas contrataciones hagas.
- Se conceden por orden de entrada hasta agotar el crédito de 5.000.000 €: presentar pronto es determinante.
- Ayuda sometida al régimen de minimis: no puedes superar 300.000 € de ayudas de minimis en tres años.
- Incompatible con otras ayudas para la misma finalidad (salvo bonificaciones o reducciones de cuotas de Seguridad Social) y con las órdenes de fomento de contratación y de empleo de personas con discapacidad citadas.
Requisits
- Ser empresa o persona trabajadora autónoma cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad subvencionada esté en la Región de Murcia.
- Tener la consideración de empresa conforme a la normativa europea (también pueden serlo agrupaciones, comunidades de bienes o unidades económicas sin personalidad jurídica que tengan esa consideración).
- No formar parte del sector público en los términos de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
- Si eres entidad sin ánimo de lucro, acreditar con documento fiscal que realizas actividad económica de forma regular.
- No estar en ninguno de los supuestos del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley General de Subvenciones.
- Estar al corriente con la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución de concesión.
- Asumir el compromiso de cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia (Anexo V).
- La persona contratada debe ser joven titulada, mayor de 18 y menor de 30 años, desempleada e inscrita en la oficina de empleo al menos el día inmediatamente anterior al inicio del contrato.
- La persona contratada debe ser beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- La persona contratada debe carecer de experiencia profesional laboral en la titulación objeto del contrato, acreditado con declaración responsable (Anexo III).
- El contrato debe ser indefinido, a jornada completa y en un puesto directamente relacionado con la titulación académica o profesional de la persona joven.
- La contratación debe formalizarse y tener efectos entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, con alta en Seguridad Social dentro de ese intervalo.
- Mantener el puesto de trabajo subvencionado y la vigencia del contrato durante un mínimo de 180 días naturales desde el alta en Seguridad Social.
- Mantener en plantilla a la persona contratada en el momento de redactarse la propuesta de resolución.
- Presentar la solicitud por medios electrónicos mediante el formulario del procedimiento 4711 – Programa Conexión Empleo en la sede electrónica de la CARM.
- Respetar el límite de ayudas de minimis: máximo 300.000 € por única empresa en tres años (40.000 € en pesca y acuicultura; 50.000 € en el sector agrícola).
- No superar el máximo de dos subvenciones por empresa o autónomo con cargo al ejercicio 2026.
- Cumplir las obligaciones de información y publicidad del FSE+ (emblema de la Unión Europea y declaración «Cofinanciado por la Unión Europea»).
Documentació que demanen
- Tarjeta del NIF de la empresa / autónomo solicitante que efectúa la contratación (en Comunidad de Bienes o Sociedad Civil, NIF de la comunidad, autorización de acceso a datos de cada miembro —Anexo IV— y copia del documento constitutivo)
- Anexo II «Autorización de la persona contratada para el acceso a datos personales e Información a los trabajadores», firmado por empresa y persona trabajadora
- Copia del contrato de trabajo con indicación expresa de la titulación objeto del mismo y documento de comunicación al sistema contrat@ (huella del sistema «contrat@»)
- Certificación acreditativa de que la persona joven era beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, al menos desde el día anterior al inicio de la relación laboral
- Copia de la titulación exigida por la que se le ha contratado
- Declaración responsable de la persona joven contratada conforme al modelo del Anexo III (carencia de experiencia en la titulación y condición de beneficiaria del SNGJ)
- Copia del permiso de trabajo y residencia si la persona contratada es extranjera no comunitaria
- Certificado de la entidad bancaria o documento con los 24 dígitos del IBAN, titularidad y NIF donde domiciliar el abono
- Declaración responsable de la entidad solicitante (otras subvenciones y ayudas de minimis, cumplimiento de requisitos, autenticidad de documentos, no incurrir en exclusiones, ausencia de parentesco, artículo 13.2 y 13.3 LGS y compromiso con el Código de Conducta)
- En el caso de entidades sin ánimo de lucro, documento fiscal que acredite que realiza actividad económica de forma regular
- En su caso, acreditación de la representación conforme al artículo 5 de la Ley 39/2015
- Autorización de la entidad solicitante para el acceso a sus datos personales
- Si te opones o no autorizas la consulta: certificados de estar al corriente con la AEAT, con la Agencia Tributaria de la Región de Murcia y con la Tesorería General de la Seguridad Social, certificación de la BDNS de no superar el límite de minimis y certificación del epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas