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Resolución nº5357 de la Presidenta de la Junta Municipal del Distrito Sur de 12/08/2026, aprobando convocatoria pública del Ayuntamiento de Sevilla para el otorgamiento de subvenciones para gastos de funcionamiento de Entidades Ciudadanas de Distrito Sur

Convoca SEVILLA

Per a què és

Financiar parte de los gastos corrientes de funcionamiento (alquiler de sede, luz, teléfono e internet) de las Entidades Ciudadanas sin ánimo de lucro adscritas al Distrito Sur de Sevilla, para fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana durante 2026.

Criteris de valoració

Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.

  1. Actividades realizadas por la entidad y variedad de campos abarcadosQue documentes en la memoria de actividades de 2026 las actividades realizadas (formativas, voluntariado, culturales y de ocio, divulgativas, atención a mayores, medioambientales…), su representatividad y el grado de interés o utilidad de sus fines: 0,50 puntos por cada actividad suficientemente documentada, hasta 3 puntos.3 punts
  2. Importe de la ayuda solicitada válidamenteSe puntúa según la cuantía válidamente acreditada con facturas durante la instrucción: 0 puntos menos de 200 €; 0,5 entre 201 y 400 €; 1 entre 401 y 600 €; 1,50 entre 601 y 800 €; 2 puntos entre 801 y 1.000 €.2 punts
  3. Peso de la ayuda solicitada sobre el presupuesto de gastos de la entidadCuanto menor sea el porcentaje que representa la ayuda sobre tu presupuesto de gastos desglosado de 2026, más puntos: 2 puntos si es menos del 2,5 %; 0 puntos si supera el 15,1 %. Se acredita con el presupuesto de ingresos y gastos sellado y firmado.2 punts
  4. Participación en órganos municipales de participación del Distrito SurSer miembro del Consejo de Participación Ciudadana (1 punto) o de la Junta Municipal de Distrito (2 puntos); si perteneces a ambos, 2 puntos. Hay que indicarlo en la solicitud y el Ayuntamiento lo comprueba.2 punts
  5. Ubicación de la sede social de la entidad1 punto si la sede está dentro del Polígono Sur (Zona Especial de Atención) según las delimitaciones del Servicio de Estadística; 0 puntos en otras zonas del Distrito.1 punts

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • Tu entidad tiene que tener el domicilio social (sede) o una delegación territorial ubicada en el ámbito territorial del Distrito Sur de Sevilla; si el domicilio del Registro y el de la solicitud no coinciden, manda el del Registro.
  • Necesitas estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla, en el ámbito territorial del Distrito Sur, ya en la fecha de presentación de solicitudes, y mantenerlo durante el ejercicio de la concesión.
  • Tienes que ser una Entidad Ciudadana sin ánimo de lucro: quedan fuera las entidades cuyos fines sean exclusivamente de carácter político, sindical, mercantil o religioso.
  • Esta ayuda es incompatible con otras subvenciones o ingresos para la misma finalidad o gasto: si ya cobras otra ayuda por esas facturas, no puedes pedirla.
  • Solo valen facturas del periodo del 1 de enero al 31 de agosto de 2026; las de otro periodo no se computan.
  • Si el importe válidamente acreditado con facturas es inferior a 100 euros, no puedes recibir subvención (el máximo es 1.000 euros).
  • El plazo es del 1 al 20 de septiembre de 2026 y solo por sede electrónica, comunicando además la presentación el mismo día por correo a admon.distritosur@sevilla.org; solo se admiten solicitudes en tiempo y forma.
  • No puedes tener deudas: hay que estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Sevilla, y no tener obligaciones pendientes de reintegro.

Requisits

  • Ser Entidad Ciudadana sin ánimo de lucro adscrita al Distrito Sur, con domicilio social o delegación territorial en el ámbito territorial del Distrito Sur
  • Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla, en el ámbito territorial del Distrito Sur, desde la presentación de solicitudes y mantenerlo durante el ejercicio de la concesión
  • Tener por objeto la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos de Sevilla y que sus fines no sean exclusivamente políticos, sindicales, mercantiles o religiosos
  • No estar incursa en las causas de prohibición para percibir subvenciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones ni en las de los apartados 5 y 6 del art. 4 de la Ley Orgánica 1/2002
  • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, el Ayuntamiento de Sevilla y la Seguridad Social
  • No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones es causa de exclusión
  • No haber solicitado ni obtenido otra subvención concurrente o de naturaleza similar para los mismos gastos de funcionamiento

Documentació que demanen

  • Solicitud según modelo (Anexo I), firmada y sellada por quien ostente la representación legal
  • Memoria/Programa de actividades del año 2026 (fines, actuaciones, ámbito de actuación, número de socios actuales, proyectos futuros)
  • Presupuesto equilibrado de ingresos y gastos de la entidad para 2026, desglosado, sellado y firmado por persona legitimada
  • Relación detallada de las copias de las facturas de gastos y conceptos subvencionables giradas contra la entidad (Anexo II), más las copias de facturas
  • Contrato de alquiler y documentos de pago de las mensualidades, si se justifican gastos de alquiler
  • Declaración del representante legal de que el consumo de telefonía e internet es imprescindible para el funcionamiento de la entidad
  • Declaración responsable de autenticidad e integridad de las facturas presentadas en formato electrónico
  • Acreditación de representatividad expedida por el Secretario/a de la entidad (Anexo III) con fotocopia del NIF de la persona solicitante
  • Copia del C.I.F. de la asociación o entidad (si se solicita por primera vez o se hubiera modificado)
  • Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla
  • Certificado en vigor de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Sevilla, o autorización para solicitarlo (Anexo IV)
  • Declaración responsable de no concurrir las circunstancias del art. 13 de la Ley 38/2003 (Anexo IV)
  • En caso de obtener subvención: aceptación de la ayuda y certificado bancario con IBAN a nombre de la entidad (Anexo V)

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