SUBVENCIONES PARA LA RESTAURACIÓN I REHABILITACIÓN DE FACHADAS DE INMUEBLES DE BANYOLES 2026
Convoca BANYOLES
Per a què és
Fomentar la restauración y rehabilitación de fachadas del parque inmobiliario privado de uso mayoritariamente residencial en el municipio de Banyoles, subvencionando obras de restauración, rehabilitación y/o mejora de las condiciones de uso, seguridad o estética de las fachadas, dentro de los límites de los presupuestos municipales.
Criteris de valoració
Els criteris de valoració són en un altre document: Bases específicas reguladoras publicadas en el Butlletí Oficial de la Província núm. 128, de 6 de julio de 2020 (https://ssl4.ddgi.cat/bopV1/pdf/2020/128/202012804360.pdf); la concesión se realizará de acuerdo con lo que establecen las bases reguladoras.
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- El inmueble tiene que estar situado dentro del término municipal de Banyoles y estar destinado mayoritariamente a uso residencial.
- El edificio debe tener, según Catastro, una antigüedad igual o superior a 25 años.
- La actuación tiene que afectar a la totalidad de la fachada: no se admiten intervenciones parciales que no afecten a todas las plantas.
- No puedes pedirla para ampliaciones ni obra nueva, ni para edificios en situación de fuera de ordenación, ni para actuaciones en edificios industriales.
- Quedan expresamente excluidas las actuaciones que supongan vaciado estructural del edificio o derribo de fachadas.
- Las obras deben contar con licencia o título administrativo habilitante en vigor, otorgado o presentado durante el año en curso, o tramitarse simultáneamente.
- Necesitas título de dominio u otro derecho que te permita ejecutar las obras y, cuando proceda, autorización expresa del propietario.
- El crédito es muy limitado (5.000 €, ampliables hasta 7.000 €) y las solicitudes se resuelven según disponibilidad presupuestaria: no se otorgan subvenciones por encima de la consignación disponible.
Requisits
- Puedes solicitarla siendo persona física o jurídica, con o sin personalidad jurídica, incluidas comunidades de propietarios y comunidades de bienes.
- El inmueble debe ser una vivienda o edificio destinado mayoritariamente a uso residencial situado en el término municipal de Banyoles.
- Tienes que tener título de dominio o cualquier otro derecho que te permita realizar las actuaciones y cumplir las obligaciones de las bases.
- Cuando proceda, tienes que acreditar la autorización expresa del propietario para ejecutar las obras.
- El edificio debe tener una antigüedad igual o superior a 25 años según Catastro.
- Las obras tienen que ser de restauración, rehabilitación y/o mejora; no se subvencionan ampliaciones ni obra nueva.
- La actuación debe englobar la totalidad de la fachada; si el edificio constituye unidad de fachada, hay que considerar todos los inmuebles afectados.
- No pueden acogerse los edificios en situación de fuera de ordenación ni las actuaciones sobre edificios industriales.
- Las obras deben disponer de la licencia o título administrativo habilitante en vigor, otorgado o presentado durante el año en curso, o en tramitación simultánea.
Documentació que demanen
- Solicitud en el modelo normalizado que figura en la sede electrónica del Ayuntamiento de Banyoles
- Documentación que establece el artículo 5 de las bases reguladoras