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SUBVENCIONES PARA PRÁCTICAS FORMATIVAS OBTENCIÓN DE CERTIF.PROFESIONALIDAD

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Per a què és

Financiar, en el ejercicio 2025, los gastos derivados de la realización de las prácticas formativas (módulo de formación práctica en centro de trabajo) del alumnado de acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad financiadas o autorizadas por Lanbide, mediante dos líneas: (a) coste de la cotización y gastos de gestión de las obligaciones con la Seguridad Social y (b) tutorización de las prácticas realizadas en el propio centro de formación por alumnado que no puede ser dado de alta en la Seguridad Social por no residir legalmente en España.

Criteris de valoració

Els criteris de valoració són en un altre document: No se establecen criterios de valoración: el procedimiento es de concurrencia sucesiva y las solicitudes se conceden por orden de expediente completo hasta agotar el crédito de cada línea (artículo 7.2).

El que deixa fora

Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.

  • Solo puedes pedir la línea (a) si has asumido efectivamente el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, incluido el pago de la cotización, del alumnado que hizo el módulo de formación práctica de certificados de profesionalidad financiados o autorizados por Lanbide (como empresa de prácticas o como entidad de formación, según lo concertado entre ambas).
  • Quedas fuera si eres un centro público dependiente del Departamento de Educación; y también si eres centro privado concertado cuando la gestión y pago de las cotizaciones las hizo ese Departamento.
  • Para la línea (b) las prácticas en tu propio centro tienen que haber sido autorizadas por Lanbide ANTES de presentar la solicitud: sin esa autorización previa no hay ayuda.
  • No es concurrencia competitiva: se resuelve por orden de expediente completo hasta agotar el crédito (600.000 € línea a y 340.000 € línea b), así que presentar tarde equivale a quedarte sin ayuda. El plazo acaba el 5 de noviembre de 2025.
  • Solo puedes presentar una única solicitud por entidad y por línea, para todo el periodo subvencionable.
  • Tienes que estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no tener deudas por reintegro de subvenciones.
  • La ayuda es incompatible con cualquier otra de la misma finalidad de cualquier institución pública o privada (salvo las reducciones en la cotización a la Seguridad Social).
  • Es ayuda de minimis: no puedes superar 300.000 € de minimis como única empresa en cualquier periodo de tres años, y debes declarar las recibidas en los tres años anteriores.
  • Si eres empresa obligada a tener plan de igualdad y no lo tienes vigente, o no cumples la cuota de reserva de puestos para personas con discapacidad (ni las medidas alternativas), no puedes ser beneficiaria.
  • La tramitación es obligatoriamente electrónica por la sede electrónica de Euskadi; para cobrar tienes que estar dado de alta en el Registro de Terceros del Departamento de Hacienda y Finanzas.

Requisits

  • Para la línea (a): ser empresa o entidad de formación que haya asumido el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, incluido el pago de la cotización, del alumnado en prácticas de certificados de profesionalidad subvencionados o autorizados por Lanbide.
  • Para la línea (b): ser entidad de formación que impartió acciones formativas de certificados de profesionalidad subvencionadas o autorizadas por Lanbide y que gestionó y realizó las prácticas en su propio centro y con sus medios para alumnado que no reside legalmente en España, con autorización previa de Lanbide.
  • No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria (condenas, concurso, sanciones, paraíso fiscal, discriminación por razón de sexo, LGTBIfobia, etc.).
  • Estar al corriente en obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (se verifica automáticamente salvo que te opongas y aportes certificados).
  • Estar al corriente de pago de obligaciones de reintegro de subvenciones.
  • Si eres empresa obligada, tener plan de igualdad vigente y medidas contra el acoso sexual (empresas de más de 50 trabajadores).
  • Cumplir la cuota legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad o las medidas alternativas.
  • Presentar la solicitud electrónicamente a través de la sede electrónica de Euskadi, dentro del plazo.
  • Constar en el Registro de Terceros de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas para poder recibir el pago.
  • Declarar las ayudas de minimis recibidas en los tres años anteriores y no superar el límite de 300.000 €.

Documentació que demanen

  • Formulario de solicitud cumplimentado en todos sus términos, que incluye las declaraciones responsables
  • Línea (a) cotización: documentos de cotización a la Seguridad Social, «Recibo de liquidación de las cotizaciones» y «Relación nominal de trabajadores» del código de cuenta de cotización de las personas en prácticas
  • Línea (a) cotización: documentación acreditativa de los pagos realizados a la Seguridad Social
  • Línea (a) gestión por empresa externa: copia de la factura con número de personas, importe por persona y periodo, más acreditación de su pago
  • Línea (a) gestión propia: certificado con identidad del trabajador/a, retribución anual bruta, coste de cotización a cargo de la empresa, horas de jornada laboral anual y horas dedicadas a la actividad
  • Declaración sobre las ayudas de minimis recibidas durante los tres años anteriores
  • Formulario de alta o modificación de datos bancarios en el Registro de Terceros (si no estás registrada)

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