Subvenciones por la realización de obras de rehabilitación y mejora de cubiertas y/o fachadas en núcleos urbanos del municipio de Montanuy, año 2026.
Convoca MONTANUY
Per a què és
Financiar obras de rehabilitación y mejora de cubiertas y/o fachadas en los núcleos urbanos del municipio de Montanuy (Huesca) durante 2026, para mejorar las condiciones de habitabilidad, fomentar la rehabilitación de la edificación tradicional de montaña, atraer nuevos pobladores e incentivar el cumplimiento de la normativa urbanística.
Criteris de valoració
Amb el pes que els dóna la convocatòria. És el que puntua.
- Superficie de fachada rehabilitadaSe puntúan los metros cuadrados de fachada sobre los que se ha actuado, en tramos: 2 puntos de 1 a 75 m2, 4 puntos de 75 a 150 m2, 6 puntos de 150 a 250 m2, 8 puntos de 250 a 350 m2 y 10 puntos más de 350 m2. Tienes que acreditar la superficie mediante certificación técnica o declaración responsable.10 punts
- Superficie de cubierta rehabilitadaSe puntúan los metros cuadrados de cubierta sobre los que se ha actuado, en tramos: 2 puntos de 1 a 25 m2, 4 puntos de 25 a 50 m2, 6 puntos de 50 a 75 m2, 8 puntos de 75 a 100 m2 y 10 puntos más de 100 m2.10 punts
- Existencia de órdenes de conservaciónSe dan 2 puntos si las obras derivan de una orden de conservación emitida por el propio Ayuntamiento de Montanuy.2 punts
- Uso de la edificación como viviendaSe dan 2 puntos si el uso del inmueble rehabilitado es el de vivienda.2 punts
El que deixa fora
Si no en compleixes algun, la sol·licitud s'inadmet sense arribar a puntuar-se.
- Solo entran obras ejecutadas en los núcleos urbanos del municipio de Montanuy (Aneto, Ardanuy, Benifons, Bono, Castanesa, Castarné, Escané, Estet, Erbera, Fonchanina, Forcat, Ginaste, Noales, Montanuy, Ribera, Señíu y Viñal): si la obra está fuera de esos núcleos, no puedes pedirla.
- La obra tiene que estar TERMINADA entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026; las actuaciones finalizadas fuera de ese periodo quedan fuera.
- Necesitas haber solicitado y obtenido la licencia de obras o el título habilitante y haber pagado las obligaciones tributarias derivadas de la actuación.
- No puedes presentarte si tu objeto empresarial propio es la construcción de inmuebles para su posterior venta.
- Quedan excluidas las actuaciones en paredes no orientadas a la vía pública, la obra de nueva planta y los edificios fuera de ordenación.
- Si eres una comunidad de vecinos no constituida como tal, la solicitud debe ir firmada por TODOS los propietarios.
- El plazo de presentación termina el 31 de octubre de 2026; fuera de plazo no se admite.
- Es incompatible con cualquier subvención directa de carácter nominativo del Ayuntamiento de Montanuy para el mismo objeto o actividades accesorias.
- Si no subsanas la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, se te tiene por desistido.
Requisits
- Ser propietario de un edificio completo.
- Ser propietario de una vivienda actuando individualmente.
- Ser una comunidad de vecinos; si no está constituida como tal, la solicitud debe estar firmada por todos los propietarios.
- No dedicarte a la construcción de inmuebles para su posterior venta.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
- Haber solicitado y obtenido la licencia de obras o el título habilitante y haber abonado las obligaciones tributarias derivadas de la actuación.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias, de seguridad social y de deudas con la Hacienda Municipal (se declara y se acredita si resultas beneficiario).
- La obra debe estar finalizada entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
Documentació que demanen
- Solicitud en el modelo del Anexo I de la convocatoria
- Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y, en su caso, la representación de quien firma (escritura de constitución o modificación, acta fundacional y estatutos, copia del NIF)
- Declaración responsable de no concurrir en las circunstancias del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (Anexo II)
- Presupuesto total con el coste de las actividades propuestas y las fuentes de financiación
- Certificación de técnico competente sobre la actuación ejecutada con indicación de la superficie subvencionable (obras mayores)
- Declaración responsable sobre la actuación ejecutada con indicación de la superficie (Anexo III, en caso de obras menores)
- Certificado de final de obra, en caso de que resulte aplicable
- Certificado de titularidad bancaria de la cuenta designada para el pago