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202604005029 Convocatoria de subvenciones a Centros Públicos de Enseñanza Secundaria del municipio para la realización de actividades extraescolares y educativas no curriculares durante el curso 2026/2027_918833

Convoca MURCIA

Para qué es

Financiar programas de actividades extraescolares y complementarias no curriculares que realicen los Centros de Educación Secundaria Obligatoria de titularidad pública del municipio de Murcia durante el curso escolar 2026/2027, como complemento a la formación académica del alumnado.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Descripción y organización de las actividades, lugar y fechas de realización, número y características de los participantes previstosQue el proyecto describa con detalle cada actividad: cómo se organiza, dónde y cuándo se hace y quiénes van a participar (número y perfil).4 puntos
  2. Contenidos didácticos y pedagógicos de las actividades planteadasQue las actividades tengan un contenido didáctico y pedagógico sólido y coherente con la formación integral del alumnado.3 puntos
  3. Metodología prevista para la planificación, seguimiento y evaluación de las actividadesQue expliques la metodología, la planificación del programa y los métodos de evaluación y seguimiento.3 puntos
  4. Número de alumnos matriculados en el CentroEl tamaño del centro medido por alumnado matriculado, acreditado mediante certificado del Secretario.3 puntos
  5. Nivel de concreción del presupuesto previsto para cada una de las actividades propuestasQue el presupuesto esté desglosado actividad por actividad y por conceptos, no una cifra global.2 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo pueden pedirla los Centros de Educación Secundaria Obligatoria de titularidad pública del municipio de Murcia: si eres una asociación, un AMPA o un centro privado o concertado, no puedes presentarte.
  • La solicitud se presenta obligatoriamente por vía electrónica en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia; no vale el papel.
  • El plazo termina el 30 de septiembre de 2026.
  • Tienes que tener justificada previamente cualquier subvención anterior del Ayuntamiento de Murcia: si te queda una sin justificar, quedas fuera.
  • Las actividades deben ejecutarse entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de junio de 2027; los gastos fuera de ese periodo no se admiten.
  • Debes garantizar los requisitos del art. 57 de la Ley Orgánica 8/2021 para actividades con contacto habitual con menores.
  • La subvención por centro no puede pasar de 5.500 € ni superar la cantidad que hayas solicitado.

Requisitos

  • Ser Centro de Educación Secundaria Obligatoria de titularidad pública del municipio de Murcia
  • No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones durante todo el procedimiento
  • Garantizar el cumplimiento de los requisitos del artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021 para actividades con contacto habitual con menores
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda Municipal
  • Estar al corriente en el pago de obligaciones de reintegro de subvenciones
  • Tener justificada previamente cualquier subvención concedida por el Ayuntamiento de Murcia
  • Realizar las actividades preferentemente en horario extraescolar

Documentación que piden

  • Proyecto para el que se solicita subvención, con indicación precisa y detallada de cada una de las actividades (según modelo del Anexo I)
  • Declaración formal, en su caso, de otros ingresos percibidos o de otras subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas para esta misma actividad
  • Documento Nacional de Identidad del Director del Instituto solicitante
  • Código de Identificación Fiscal del Centro
  • Certificado del Secretario del Instituto haciendo constar el número de alumnos matriculados durante el curso académico 2025/2026
  • Certificación de entidad bancaria con los dígitos del código IBAN del Instituto solicitante

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