202604005029 Convocatoria de subvenciones a Centros Públicos de Enseñanza Secundaria del municipio para la realización de actividades extraescolares y educativas no curriculares durante el curso 2026/2027_918833
Convoca MURCIA
Para qué es
Financiar programas de actividades extraescolares y complementarias no curriculares que realicen los Centros de Educación Secundaria Obligatoria de titularidad pública del municipio de Murcia durante el curso escolar 2026/2027, como complemento a la formación académica del alumnado.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Descripción y organización de las actividades, lugar y fechas de realización, número y características de los participantes previstosQue el proyecto describa con detalle cada actividad: cómo se organiza, dónde y cuándo se hace y quiénes van a participar (número y perfil).4 puntos
- Contenidos didácticos y pedagógicos de las actividades planteadasQue las actividades tengan un contenido didáctico y pedagógico sólido y coherente con la formación integral del alumnado.3 puntos
- Metodología prevista para la planificación, seguimiento y evaluación de las actividadesQue expliques la metodología, la planificación del programa y los métodos de evaluación y seguimiento.3 puntos
- Número de alumnos matriculados en el CentroEl tamaño del centro medido por alumnado matriculado, acreditado mediante certificado del Secretario.3 puntos
- Nivel de concreción del presupuesto previsto para cada una de las actividades propuestasQue el presupuesto esté desglosado actividad por actividad y por conceptos, no una cifra global.2 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla los Centros de Educación Secundaria Obligatoria de titularidad pública del municipio de Murcia: si eres una asociación, un AMPA o un centro privado o concertado, no puedes presentarte.
- La solicitud se presenta obligatoriamente por vía electrónica en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia; no vale el papel.
- El plazo termina el 30 de septiembre de 2026.
- Tienes que tener justificada previamente cualquier subvención anterior del Ayuntamiento de Murcia: si te queda una sin justificar, quedas fuera.
- Las actividades deben ejecutarse entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de junio de 2027; los gastos fuera de ese periodo no se admiten.
- Debes garantizar los requisitos del art. 57 de la Ley Orgánica 8/2021 para actividades con contacto habitual con menores.
- La subvención por centro no puede pasar de 5.500 € ni superar la cantidad que hayas solicitado.
Requisitos
- Ser Centro de Educación Secundaria Obligatoria de titularidad pública del municipio de Murcia
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones durante todo el procedimiento
- Garantizar el cumplimiento de los requisitos del artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021 para actividades con contacto habitual con menores
- Estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Hacienda Municipal
- Estar al corriente en el pago de obligaciones de reintegro de subvenciones
- Tener justificada previamente cualquier subvención concedida por el Ayuntamiento de Murcia
- Realizar las actividades preferentemente en horario extraescolar
Documentación que piden
- Proyecto para el que se solicita subvención, con indicación precisa y detallada de cada una de las actividades (según modelo del Anexo I)
- Declaración formal, en su caso, de otros ingresos percibidos o de otras subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas para esta misma actividad
- Documento Nacional de Identidad del Director del Instituto solicitante
- Código de Identificación Fiscal del Centro
- Certificado del Secretario del Instituto haciendo constar el número de alumnos matriculados durante el curso académico 2025/2026
- Certificación de entidad bancaria con los dígitos del código IBAN del Instituto solicitante