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Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 11 de mayo de 2026, por el que se aprueban las BASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES VECINALES 2026

Convoca VILLENA

Para qué es

Fomentar la participación vecinal en el municipio de Villena mediante ayudas económicas a asociaciones vecinales para financiar actividades y gastos de funcionamiento desarrollados entre el 1/10/2025 y el 30/09/2026.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Antigüedad y experiencia de la entidad solicitanteAcreditar los años de existencia de la asociación y su trayectoria de actividad.20 puntos
  2. Local social en régimen de alquiler (por carecer de local propio o cedido)Demostrar con el contrato de arrendamiento que la sede se paga en alquiler y que no tienes local propio ni cedido.20 puntos
  3. Número de personas asociadas: de 0 a 50Certificado de la secretaría con el número de personas asociadas a 30-9-2026 y las que están al corriente de cuota.10 puntos
  4. Número de personas asociadas: de 51 a 100Certificado de la secretaría acreditando entre 51 y 100 personas asociadas.15 puntos
  5. Número de personas asociadas: más de 100Certificado de la secretaría acreditando más de 100 personas asociadas.20 puntos
  6. Composición paritaria de la Junta DirectivaTener una junta directiva paritaria; el Ayuntamiento lo comprueba de oficio en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana.10 puntos
  7. Actividades que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y la corresponsabilidadIncluir en la memoria actividades concretas de igualdad de género y corresponsabilidad.20 puntos
  8. Actividades dirigidas expresamente a la infancia y adolescenciaIncluir actividades destinadas específicamente a población infantil y adolescente.20 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Necesitas tener el domicilio social en Villena y desarrollar tus actividades dentro del término municipal: si tu sede está fuera, quedas fuera.
  • Tienes que tener carácter vecinal y estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Villena; es un requisito previo, no un criterio de puntuación.
  • El ámbito territorial de las actividades que presentes no puede exceder del municipio de Villena.
  • Tienes que estar legalmente constituida y al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
  • No puedes estar incursa en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • Si falseas datos en la solicitud, quedas excluida de forma inmediata.
  • Ojo con el plazo doble: el 13 de octubre de 2026 es a la vez el último día para presentar la solicitud y el último día para presentar la justificación.
  • Si te requieren subsanación tienes 10 días hábiles improrrogables; si no subsanas, se te tiene por desistida.
  • Hay gastos que no se admiten en ningún caso: inversión, hostelería (comidas, cenas, bebidas), transporte, materiales de uso personal, IBI, intereses y sanciones.

Requisitos

  • Estar legalmente constituida
  • Tener domicilio social en Villena y desarrollar las actividades en el ámbito territorial municipal
  • Tener carácter vecinal y estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Villena
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Que el ámbito territorial de las actividades a subvencionar no exceda del municipio de Villena
  • No estar incursa en las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003 que impiden obtener la condición de beneficiaria
  • Presentar la solicitud de forma telemática en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Villena, con el modelo oficial firmado por quien ostente la representación legal

Documentación que piden

  • Solicitud en modelo oficial (Anexo I)
  • Fotocopia del CIF de la entidad solicitante
  • Fotocopia de los Estatutos de la entidad
  • Certificado de la Secretaría con el número de personas asociadas a 30-9-2026, las que están al corriente de cuota y el importe de ésta
  • Fotocopia del contrato de arrendamiento de las instalaciones, si se imputa este gasto
  • Certificado de Hacienda y de la Seguridad Social de estar al corriente de las obligaciones tributarias
  • Memoria de actividades (justificación y motivación, objetivos, fechas y medio de difusión, evaluación)
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones y de cumplimiento de los artículos 13 y 14 LGS (Anexo II)
  • Datos bancarios según Modelo de Mantenimiento a Terceros
  • Declaración responsable sobre la naturaleza del IVA soportado (Anexo IV)
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que financien la actividad, con importe y procedencia (Anexo V)
  • Material publicitario editado o documento gráfico que acredite las medidas de publicidad
  • Cuenta justificativa de gastos (Anexo III) con relación clasificada de gastos
  • Facturas originales o compulsadas numeradas correlativamente y justificante bancario del pago de cada factura

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