Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 11 de mayo de 2026, por el que se aprueban las BASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES VECINALES 2026
Convoca VILLENA
Para qué es
Fomentar la participación vecinal en el municipio de Villena mediante ayudas económicas a asociaciones vecinales para financiar actividades y gastos de funcionamiento desarrollados entre el 1/10/2025 y el 30/09/2026.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Antigüedad y experiencia de la entidad solicitanteAcreditar los años de existencia de la asociación y su trayectoria de actividad.20 puntos
- Local social en régimen de alquiler (por carecer de local propio o cedido)Demostrar con el contrato de arrendamiento que la sede se paga en alquiler y que no tienes local propio ni cedido.20 puntos
- Número de personas asociadas: de 0 a 50Certificado de la secretaría con el número de personas asociadas a 30-9-2026 y las que están al corriente de cuota.10 puntos
- Número de personas asociadas: de 51 a 100Certificado de la secretaría acreditando entre 51 y 100 personas asociadas.15 puntos
- Número de personas asociadas: más de 100Certificado de la secretaría acreditando más de 100 personas asociadas.20 puntos
- Composición paritaria de la Junta DirectivaTener una junta directiva paritaria; el Ayuntamiento lo comprueba de oficio en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana.10 puntos
- Actividades que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y la corresponsabilidadIncluir en la memoria actividades concretas de igualdad de género y corresponsabilidad.20 puntos
- Actividades dirigidas expresamente a la infancia y adolescenciaIncluir actividades destinadas específicamente a población infantil y adolescente.20 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Necesitas tener el domicilio social en Villena y desarrollar tus actividades dentro del término municipal: si tu sede está fuera, quedas fuera.
- Tienes que tener carácter vecinal y estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Villena; es un requisito previo, no un criterio de puntuación.
- El ámbito territorial de las actividades que presentes no puede exceder del municipio de Villena.
- Tienes que estar legalmente constituida y al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- No puedes estar incursa en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.
- Si falseas datos en la solicitud, quedas excluida de forma inmediata.
- Ojo con el plazo doble: el 13 de octubre de 2026 es a la vez el último día para presentar la solicitud y el último día para presentar la justificación.
- Si te requieren subsanación tienes 10 días hábiles improrrogables; si no subsanas, se te tiene por desistida.
- Hay gastos que no se admiten en ningún caso: inversión, hostelería (comidas, cenas, bebidas), transporte, materiales de uso personal, IBI, intereses y sanciones.
Requisitos
- Estar legalmente constituida
- Tener domicilio social en Villena y desarrollar las actividades en el ámbito territorial municipal
- Tener carácter vecinal y estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Villena
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Que el ámbito territorial de las actividades a subvencionar no exceda del municipio de Villena
- No estar incursa en las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003 que impiden obtener la condición de beneficiaria
- Presentar la solicitud de forma telemática en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Villena, con el modelo oficial firmado por quien ostente la representación legal
Documentación que piden
- Solicitud en modelo oficial (Anexo I)
- Fotocopia del CIF de la entidad solicitante
- Fotocopia de los Estatutos de la entidad
- Certificado de la Secretaría con el número de personas asociadas a 30-9-2026, las que están al corriente de cuota y el importe de ésta
- Fotocopia del contrato de arrendamiento de las instalaciones, si se imputa este gasto
- Certificado de Hacienda y de la Seguridad Social de estar al corriente de las obligaciones tributarias
- Memoria de actividades (justificación y motivación, objetivos, fechas y medio de difusión, evaluación)
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones y de cumplimiento de los artículos 13 y 14 LGS (Anexo II)
- Datos bancarios según Modelo de Mantenimiento a Terceros
- Declaración responsable sobre la naturaleza del IVA soportado (Anexo IV)
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que financien la actividad, con importe y procedencia (Anexo V)
- Material publicitario editado o documento gráfico que acredite las medidas de publicidad
- Cuenta justificativa de gastos (Anexo III) con relación clasificada de gastos
- Facturas originales o compulsadas numeradas correlativamente y justificante bancario del pago de cada factura