Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 6 de agosto de 2026 por el que se convocan subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para la promoción de actividades complementarias a los servicios sociales comunitarios e inclusión social
Convoca AMES
Para qué es
Financiar proyectos de entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que complementen los servicios sociales comunitarios y la inclusión social del Ayuntamiento de Ames durante el ejercicio 2026, en régimen de concurrencia competitiva.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Dimensión y eficacia social: número de personas usuariasNúmero de personas beneficiarias del proyecto, con independencia del número de actuaciones por persona: hasta 20 personas 15 puntos, de 21 a 50 personas 25 puntos, más de 50 personas 35 puntos.35 puntos
- PresupuestoVolumen del presupuesto del proyecto: hasta 3.000 € 10 puntos, de 3.000,01 a 6.000 € 20 puntos, más de 6.000 € 30 puntos.30 puntos
- Necesidad social del proyecto en relación con los recursos existentes en la zonaJustificar la necesidad social del proyecto, programa o actividad frente a los recursos ya existentes en la zona donde se desarrolla.30 puntos
- Número de actividades desarrolladasCada acción de intervención necesaria para alcanzar los objetivos específicos: 1 actividad 10 puntos, de 2 a 5 actividades 15 puntos, más de 5 actividades 20 puntos.20 puntos
- Años de experiencia en programas de inserción social para personas en situación o riesgo de exclusión socialTrayectoria de la entidad: hasta 2 años 5 puntos, de 2 a 5 años 10 puntos, más de 5 años 20 puntos.20 puntos
- Promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeresIncluir actividades de promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.10 puntos
- Uso y fomento de la lengua y cultura gallegaEmplear y fomentar la lengua y la cultura gallega en el proyecto y en los soportes de difusión.10 puntos
- Inscripción en el Registro municipal de asociacionesEstar inscrita en el Registro municipal de asociaciones del Ayuntamiento de Ames (no es requisito de acceso, pero puntúa).25 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Tienes que estar inscrita en el Registro de Asociaciones de la Xunta de Galicia: es un requisito específico de la convocatoria ('Figurar inscritas en el registro de asociaciones de la Xunta de Galicia').
- Tienes que desarrollar tu actividad, entre otros ámbitos, en el Ayuntamiento de Ames.
- Tienes que realizar actividades complementarias a los Servicios Sociales comunitarios y estar legalmente constituida.
- Si el proyecto se presenta a otra convocatoria del Ayuntamiento de Ames, no puedes pedir esta: las actividades subvencionadas no pueden acogerse a otras convocatorias municipales.
- No puedes tener pendiente la justificación de una subvención anterior, salvo prórroga concedida.
- Debes estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Ames.
- Los gastos deben ejecutarse dentro del ejercicio 2026; si justificas menos del 30 % del presupuesto subvencionado no cobras nada.
- Presentación obligatoria por medios electrónicos (sede electrónica del Ayuntamiento o REC): las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente.
- Plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de A Coruña.
Requisitos
- Ser entidad de iniciativa social sin ánimo de lucro que realice actividades complementarias a los Servicios Sociales comunitarios
- Estar legalmente constituida
- Desarrollar tus actividades, entre otros ámbitos, en el Ayuntamiento de Ames
- Figurar inscrita en el Registro de Asociaciones de la Xunta de Galicia
- No estar incursa en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones
- Estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Ames
- No tener pendiente la justificación de alguna subvención anterior, salvo prórroga concedida
- Si las actividades afectan a menores de edad, el personal debe cumplir el requisito del artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021 (certificado de delitos sexuales)
Documentación que piden
- Anexo I: solicitud de subvención (una por cada proyecto de actuación)
- Descripción detallada del proyecto, programa o actuaciones para las que se solicita la subvención
- Certificación bancaria de la cuenta en la que tenga que efectuarse el ingreso de la subvención
- Certificaciones de estar al corriente con la AEAT, el Ayuntamiento de Ames y la Seguridad Social si se solicita más de 3.000 euros y no se autoriza la comprobación
- Escritura pública o certificación del Registro de Asociaciones de la Xunta de Galicia acreditativa de la representación de la entidad
- Anexo II: declaración responsable de la persona que ostenta la representación legal de la entidad