Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 27 de julio de 2026, relativo a las bases de las ayudas para las organizaciones profesionales agrarias (OPAS) y la convocatoria correspondiente a 2026
Convoca CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Para qué es
Contribuir a financiar los gastos de las actividades ordinarias propias de las organizaciones profesionales agrarias (OPA) de Menorca, el asesoramiento a sus asociados y la organización de la gestión de los residuos plásticos agrícolas de las explotaciones, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, para mejorar la capacitación de los profesionales del sector agrario y contribuir a su desarrollo y modernización.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Cumplimiento de requisitos y documentación completa (no hay baremo de puntuación)No hay puntuación comparativa: basta con cumplir los requisitos de la convocatoria y adjuntar la documentación adecuada; si lo solicitado supera el crédito de la línea, el importe se prorratea proporcionalmente entre las solicitantes.Se seleccionan todas las solicitantes que cumplan los requisitos
- Número de afiliados al corriente de cuota (determina el importe de gastos de local)El importe subvencionable de alquileres, suministros, limpieza y material de oficina se calcula en función del número de afiliados en activo al corriente del pago de la cuota, acreditado por certificado del secretario de la organización.hasta 50,00 € por afiliado
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla organizaciones profesionales agrarias (OPA) legalmente constituidas: si no eres una OPA, no entras.
- Necesitas tener el domicilio social y el ámbito de actuación dentro del territorio de Menorca.
- Tienes que acreditar un funcionamiento interno real y democrático: si no celebras los procesos electorales previstos en tus estatutos, quedas excluida del procedimiento.
- Tienes que presentar la solicitud por medios electrónicos y firmada electrónicamente; si la presentas presencialmente se te requerirá subsanarla y la fecha válida será la de la subsanación.
- El plazo es corto: veinte días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB.
- Debes estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Menorca en el momento de la propuesta de resolución definitiva.
- No puedes haber sido sancionada o condenada por resolución firme por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género.
- Máximo 49.000 € por organización, con independencia de la línea o líneas a las que concurras; si lo solicitado supera el crédito, se prorratea.
- Si no presentas las cuentas anuales o la cuenta de pérdidas y ganancias con el certificado de aprobación antes del 31 de julio del año siguiente, te reducen la subvención un 25 %.
Requisitos
- Ser una OPA legalmente constituida con domicilio social y ámbito de actuación en Menorca y funcionamiento interno real y democrático
- Celebrar los procesos electorales previstos en tus estatutos
- No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 ni del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Consejo Insular de Menorca en el momento de la propuesta de resolución definitiva
- No haber sido sancionada o condenada por resolución firme por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género
- Presentar la solicitud por medios electrónicos, con el modelo normalizado del anexo I, y firmar electrónicamente todos los anexos
- Ejecutar las actividades entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de la convocatoria
- Si el gasto subvencionable supera 15.000 € en suministro de bienes de equipación o servicios de consultoría o asistencia técnica, solicitar como mínimo tres ofertas de proveedores diferentes
- Hacer constar de manera expresa el apoyo del Consejo Insular de Menorca en las actividades subvencionadas
Documentación que piden
- Solicitud en modelo normalizado (anexo I), firmada electrónicamente
- Copia de la escritura de constitución o modificación de los estatutos o del reglamento interno de funcionamiento, inscritos en el registro correspondiente
- Si procede según los estatutos, certificado del acuerdo del órgano de gobierno de la entidad para solicitar la ayuda
- Documento de designación de un representante
- Copia del documento de identificación fiscal del solicitante (NIF) y de su representante
- Declaración responsable de no estar sometido a las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario (anexo II)
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (o autorización al CIM para comprobarlo)
- Declaración responsable relativa a las subvenciones o ayudas obtenidas o solicitadas a otras instituciones públicas o privadas para la misma actividad (anexo IV)
- Declaración responsable de veracidad de los datos bancarios y certificado de titularidad de la cuenta bancaria reciente
- Certificado del secretario de la organización con el número de afiliados en activo hasta el 31 de diciembre del año anterior que estén al corriente del pago de la cuota
- Memoria y presupuesto de las actuaciones a llevar a cabo, con detalle de acciones y gasto por línea y sistema de ejecución
- Detalle de la ayuda solicitada en concepto de cuotas de integración en agrupaciones o federaciones de ámbito superior, asesoría fiscal e información y comunicación