AJUTS PROJECTES QUE GENERIN OCUPACIÓ ESTABLE 2026
Convoca ILLES BALEARS
Para qué es
Financiar proyectos de inversión en activos fijos que generen empleo estable para personas con discapacidad desempleadas en centros especiales de empleo de las Illes Balears, mediante la creación de nuevos centros o la ampliación de la plantilla de los ya existentes, durante el año 2026. Se articula en dos programas: centros especiales de empleo de imprescindibilidad social (Programa 1) y resto de centros especiales de empleo (Programa 2).
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Riguroso orden de entrada de las solicitudes (concesión directa, sin concurrencia)No hay puntuación comparativa: la ayuda se concede por orden de presentación telemática hasta agotar el crédito. Lo determinante es presentar cuanto antes y completa; si hay que subsanar, la fecha de la subsanación es la que fija el orden de prelación.Riguroso orden de entrada hasta cubrir la disponibilidad presupuestaria
- Viabilidad técnica, económica y financiera del proyectoTienes que demostrar, con un estudio económico detallado avalado por economista colegiado, que el proyecto de inversión en activos fijos es viable y que creará empleo estable para personas con discapacidad.Requisito acreditado mediante estudio económico avalado por economista colegiado
- Grado y tipo de discapacidad de las personas contratadasDetermina la cuantía: contratar personas con discapacidad severa (parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con grado ≥33 %, o física/sensorial ≥65 %) da derecho al importe completo; el resto de discapacidades, al 75 % de esas cuantías.100 % de la inversión subvencionable para discapacidad severa; 75 % para el resto
- Porcentaje de trabajadores con discapacidad sobre el total de la plantilla del centroDetermina el importe por puesto de trabajo estable creado según el peso de la plantilla con discapacidad en el centro especial de empleo solicitante.12.000 € por puesto si se supera el 90 %; 9.000 € si está entre el 70 % y el 90 %
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo puedes pedirla si eres entidad titular de un centro especial de empleo inscrito en el Registro de centros especiales de empleo de la Conselleria de Treball, Funció Pública i Diàleg Social (o el propio centro, si tiene personalidad jurídica propia). Si no estás en ese registro, no entras.
- El centro especial de empleo tiene que tener el domicilio o el centro de trabajo (o los dos) en las Illes Balears.
- No hay concurrencia competitiva: se resuelve por riguroso orden de entrada hasta agotar el crédito (900.000 €). Presentar tarde puede significar quedarte sin ayuda aunque cumplas todo; si se agota el crédito se suspende la concesión de nuevas ayudas.
- El proyecto tiene que generar empleo estable: contratación indefinida (ordinaria o fija discontinua) de personas con discapacidad inscritas como demandantes de empleo, o transformación de contratos temporales en indefinidos.
- Tienes que demostrar incremento NETO de la plantilla fija de personas con discapacidad respecto a la media de los doce meses anteriores a la contratación; si no lo hay, la contratación no es subvencionable.
- Si el centro ya estaba en funcionamiento, el incremento debe superar además la plantilla fija de personas con discapacidad alcanzada en el último expediente de ayudas aprobado por otro proyecto generador de empleo de los dos últimos años.
- Necesitas presentar un estudio económico detallado avalado por un economista colegiado que acredite la viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto.
- Si tu entidad está obligada legal o convencionalmente a tener plan de igualdad, tienes que tenerlo vigente y registrado en el momento de presentar la solicitud.
- Si estás incurso en un procedimiento de descalificación como centro especial de empleo puedes solicitar, pero el procedimiento de concesión queda suspendido hasta tres meses a la espera del resultado.
- Plazo de solicitud: termina el 4 de septiembre de 2026. La justificación vence el 6 de noviembre de 2026.
- Solo se subvencionan actividades ejecutadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
- Te comprometes a mantener los contratos indefinidos creados durante un mínimo de tres años; si hay baja, tienes que sustituirla en tres meses y esa nueva contratación no genera nuevas ayudas.
- La solicitud es obligatoriamente electrónica por el trámite telemático concreto de la Sede Electrónica: lo presentado por otra vía telemática no se tiene por presentado.
Requisitos
- Ser entidad titular de un centro especial de empleo inscrito en el Registro de centros especiales de empleo de la Conselleria de Treball, Funció Pública i Diàleg Social, o el propio centro cuando tenga personalidad jurídica propia.
- Si el centro especial de empleo no tiene personalidad jurídica propia, tiene que gestionarse de forma diferenciada: contabilidad separada, cuenta de cotización propia en la Seguridad Social y cuenta bancaria independiente y exclusiva.
- El centro especial de empleo debe tener domicilio o centro de trabajo en las Illes Balears.
- El proyecto presentado tiene que suponer generación de empleo estable (contratación indefinida ordinaria o fija discontinua, o transformación de temporales en indefinidos).
- Los contratos fijos discontinuos deben tener una duración mínima igual o superior a seis meses desde el llamamiento del trabajador.
- La contratación o transformación debe suponer un incremento neto del empleo fijo de personas con discapacidad respecto a la media de los doce meses anteriores.
- En centros ya en funcionamiento, el incremento debe superar también la plantilla fija de personas con discapacidad alcanzada en el último expediente de ayudas aprobado por otro proyecto generador de empleo de los dos últimos años.
- Las personas contratadas deben ser personas con discapacidad inscritas como demandantes de empleo en el servicio público de empleo, con resolución previa del grado de discapacidad; en las transformaciones, la inscripción debe ser anterior al contrato temporal que se transforma.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración tributaria de la CAIB y con la del Estado.
- Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Haber realizado la organización preventiva por alguna de las modalidades del Reglamento de los servicios de prevención y, si procede, la auditoría correspondiente.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones de los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones.
- No estar incurso en un procedimiento de descalificación como centro especial de empleo (si lo estás, el procedimiento de concesión queda suspendido).
- No haber sido sancionado ni condenado con resolución o sentencia firme en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género, ni tener prohibición accesoria de recibir ayudas públicas.
- Cumplir los requisitos del capítulo I y del artículo 34 del Reglamento (UE) 651/2014.
- Tener vigente y registrado un plan de igualdad en el momento de la solicitud, si la entidad está obligada legal o convencionalmente a elaborarlo y aplicarlo.
- Acreditar la viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto mediante un estudio económico detallado avalado por un economista colegiado.
- Mantener los contratos indefinidos creados al amparo del proyecto durante un mínimo de tres años desde la contratación indefinida.
- Presentar la solicitud de forma electrónica mediante el trámite telemático publicado en la Sede Electrónica; las presentadas por otra vía telemática no se tienen por presentadas.
- Solicitar al menos tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto supere los umbrales del contrato menor (40.000 € obras, 15.000 € suministros y servicios).
Documentación que piden
- Modelo específico de solicitud de la convocatoria (anexo 2), firmado electrónicamente
- Memoria explicativa del proyecto objeto de las subvenciones (anexo 2)
- Documentación acreditativa de la representación legal y DNI del representante
- Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización de los doce meses inmediatamente anteriores a la contratación indefinida inicial o a la transformación del contrato temporal
- Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización del día de la contratación inicial o de la transformación del contrato
- Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización del día en que se contrató al último trabajador incluido en el último proyecto de generación subvencionado, si se produjo en los dos últimos años
- Declaración responsable de cumplimiento del artículo 11.2 del Real decreto 818/2021 (incremento neto de plantilla fija)
- Declaración responsable de no estar sometido a las prohibiciones de los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones
- Declaración responsable de no haber sido sancionado ni condenado por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género (Ley 11/2016 y Ley 8/2016)
- Declaración responsable de cumplir los requisitos del capítulo I y del artículo 34 del Reglamento (UE) 651/2014
- Declaración de tener inscrito y vigente un plan de igualdad en el momento de la solicitud (o de no alcanzar el umbral que lo hace obligatorio)
- Declaración de las subvenciones o ayudas obtenidas o solicitadas para la misma finalidad, o declaración expresa de no haber solicitado ninguna
- Declaración responsable de veracidad de datos bancarios (anexo 2)
- Acreditación de la organización preventiva conforme al capítulo III del Real decreto 39/1997 y de la auditoría correspondiente, si procede
- Estudio económico detallado de viabilidad técnica, económica y financiera avalado por un economista colegiado
- Certificado vigente de discapacidad expedido por el órgano competente de cada persona contratada
- Certificado de estar desempleado e inscrito como demandante de empleo previamente a la contratación indefinida (o previamente al contrato temporal que se transforma)
- Proyecto de viabilidad técnica, económica y financiera firmado por el representante legal del centro, con memoria y antecedentes, análisis de mercado, recursos humanos, detalle valorado del plan de inversión fija, fuentes financieras y plan financiero
- Estados financieros de los dos últimos años (2024 y 2025) y provisional (2026), proyecto de inversión, financiación, plan de tesorería y análisis de activo circulante
- Estudio economicofinanciero de viabilidad con cuentas provisionales de explotación a dos años y previsión de balances a dos años (2027 y 2028)
- Copias de facturas definitivas de la inversión o, en otro caso, facturas proforma y presupuestos
- Autorización de cesión de datos firmada por cada trabajador con discapacidad (anexo 2.1)
- Tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto supere los umbrales del contrato menor, y memoria justificativa si no se elige la oferta económicamente más ventajosa
- Cuenta justificativa según el modelo del anexo 3, con memoria de actividades, relación numerada de justificantes y documentación justificativa de gastos y pagos