ASIGNACIÓN ECONOMICA GRUPO MUNICIPAL COMPROMIS POR CULLERA 2026
Convoca CULLERA
Para qué es
Financiar, mediante la asignación económica anual del Ayuntamiento de Cullera al Grupo Municipal Compromís per Cullera, los gastos que el propio grupo político realiza en el ejercicio de su actuación corporativa dentro del Ayuntamiento (relación con la ciudadanía, preparación de mociones, ruegos y preguntas y de los asuntos a debatir en el Pleno y demás órganos).
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: No se establecen criterios de valoración: la asignación se concede directamente a cada grupo político municipal con un componente fijo idéntico y otro variable en función del número de concejales, según el acuerdo plenario de 4 de julio de 2023 y la Base 26 de ejecución del presupuesto..
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Esta ayuda no está abierta a entidades del tercer sector: el único beneficiario posible es el grupo político municipal constituido en la corporación, nunca el partido político ('El beneficiario es el grupo político, nunca el partido').
- Tienes que estar constituido como grupo político municipal en los términos del artículo 24 del Real Decreto 2568/1986 (ROF) tras el período electoral.
- Necesitas un NIF propio, diferenciado del partido político, y ser titular de una cuenta corriente donde recibir las aportaciones.
- Antes de percibir el dinero tienes que acreditar que estás al corriente de tus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento.
- No puedes destinar los fondos a remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la corporación (incluidos los propios concejales del grupo) ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial.
- El importe que no gastes al cierre del ejercicio lo tendrás que reintegrar a las arcas municipales.
- Tienes que justificar antes del 1 de marzo de 2027 con contabilidad específica, extracto bancario y facturas; solo valen gastos devengados en el ejercicio al que corresponde la asignación.
Requisitos
- Ser un grupo político municipal constituido; el beneficiario es el grupo, nunca el partido político.
- Haberte constituido como grupo tras el período electoral en los términos del artículo 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.
- Tener un NIF diferenciado del partido político y ser titular de una cuenta corriente para recibir las aportaciones.
- Acreditar, antes de percibir la subvención, que estás al corriente de tus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, y justificar después la aplicación de los fondos.
- La percepción de la asignación depende de que esté consignada en los Presupuestos Generales de la Entidad.
Documentación que piden
- Justificación soportada en un sistema de contabilidad específica que debe llevar el grupo político respecto de las aportaciones del Ayuntamiento
- Extracto bancario para la comprobación de los pagos y cobros
- Estado de Contabilidad con las facturas o justificantes válidos del gasto realizado y la acreditación del pago
- En caso de transferencias al partido político: convenio entre grupo y partido, certificación del responsable del partido y memoria anual justificativa de las actividades desarrolladas para el grupo, acreditando el destino finalista del ingreso