Ayudas 2026 Enfoque Leader a inversiones en acciones a servicios básicos para la economía y la población rural (Intervención 7119 PEPAC), s/ II Convo (PEPAC 2023-2027) G.A.L. LA SIBERIA
Convoca EXTREMADURA
Para qué es
Financiar proyectos NO productivos de servicios básicos para la economía y la población rural en la comarca de La Siberia (Badajoz), en aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología LEADER 2023-2027, para propiciar un crecimiento inteligente, sostenible e integrador que evite la despoblación y mejore la calidad de vida y la igualdad de oportunidades.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Viabilidad de la operación — volumen de inversión aceptadaSe puntúa más cuanto menor es la inversión elegible aceptada por la comisión (≤30.000 € = 20 puntos; 30.000-60.000 € = 19; 60.000-90.000 € = 18; >90.000 € = 17), al considerarse menos arriesgada y más viable. Se acredita con la solicitud, la memoria normalizada y las facturas proforma o presupuestos.20 puntos
- Impacto del proyecto y efecto dinamizador sobre el territorio y el tejido socioeconómico — variable poblacionalPrima los proyectos ubicados en los municipios más despoblados: hasta 800 habitantes y pedanías/aldeas = 10 puntos; 801-1.500 = 9; 1.501-2.500 = 8; más de 2.501 = 7. Se contrasta con el censo del INE a 1 de enero de 2026.10 puntos
- Impacto y efecto dinamizador — alineación con las líneas de actuación de la EDLP de La Siberia 2023-2027Hay que justificar en la memoria la línea de acción concreta de la EDLP en la que se enmarca el proyecto; según la línea se otorgan 8 o 10 puntos (si encaja en varias, se aplica la más favorable).10 puntos
- Aspectos vinculados a la innovación — innovación en el territorioSe valora si el servicio que se genera o mejora no existe en la comarca (10 puntos), no existe en el municipio (8), existe en el municipio pero se moderniza o amplía (6) o no hay innovación (0). Se declara en la memoria descriptiva acompañada de documentación acreditativa.10 puntos
- Valores añadidos del proyectoSe premia crear un nuevo espacio a partir de un recurso infrautilizado (10 puntos), poner en valor un recurso endógeno —naturaleza, embalses, ornitología, caza, pesca, astronomía— (8) o mejorar el uso de un recurso existente (6).10 puntos
- Incidencia en la creación y/o mantenimiento del empleo, igualdad de género e inclusiónAl ser proyectos no productivos, se valoran la igualdad, la inclusión social y la incidencia en grupos con necesidades especiales: incidencia en colectivos sociales, culturales, deportivos, educativos, empresariales, ecologistas o naturalistas = 20 puntos; incidencia en colectivos con especiales necesidades (mujeres, jóvenes ≤35 años, diversidad funcional, mayores, desempleados, inmigrantes) = 20 puntos; ninguna = 0.20 puntos
- Incidencia en medio ambiente — medidas de reducción de la huella de carbonoIncorporar energías renovables (15 puntos), medidas de eficiencia energética (10) o de gestión de residuos (5); si cumple varias se aplica la más favorable. Se acredita con la memoria y facturas proforma o documentación técnica, y en el pago con documentación técnica de su implantación.15 puntos
- Impacto sobre el desarrollo sostenible: Reserva de la Biosfera de La Siberia5 puntos si el proyecto se ejecuta en un municipio incluido en la Reserva de la Biosfera de La Siberia según la Resolución de 17 de diciembre de 2019 del OAPN, y 3 puntos si está en un municipio incluido en la candidatura de ampliación (Baterno, Casas de Don Pedro y Esparragosa de Lares).5 puntos
- Implementación de la perspectiva de género y acciones positivas para la igualdad entre mujeres y hombresSe puntúa por número de medidas implantadas (4 medidas = 10 puntos; 3 = 8; 2 = 6; 1 = 4; ninguna = 0) entre: composición equilibrada por sexo (ningún sexo por debajo del 40 %) en órganos de decisión o plantilla, formación o sensibilización en igualdad en los últimos dos años por entidades acreditadas, plan de igualdad no obligatorio y medidas de conciliación familiar; cada una con su certificado o documentación acreditativa.10 puntos
- Otros parámetros objetivos — eficiencia del coste por habitanteSe divide la inversión elegible entre la población potencialmente beneficiaria (censo INE a 1 de enero de 2026) y se puntúa más el menor coste por habitante: ≤50 € = 10 puntos; 50-150 € = 9; 150-200 € = 8; >200 € = 7.10 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden solicitarla Ayuntamientos: si eres una asociación, fundación o cooperativa, esta convocatoria no es para ti («Podrán solicitar las ayudas convocadas los Ayuntamientos que tengan su sede en el ámbito de actuación del CEDER La Siberia»).
- Tu sede tiene que estar en el ámbito de actuación del CEDER La Siberia (18 municipios: Baterno, Casas de Don Pedro, Castilblanco, Esparragosa de Lares, Fuenlabrada de los Montes, Garbayuela, Garlitos, Helechosa de los Montes, Herrera del Duque, Navalvillar de Pela, Puebla de Alcocer, Risco, Sancti-Spíritus, Siruela, Talarrubias, Tamurejo, Valdecaballeros y Villarta de los Montes) y la inversión debe realizarse en ese territorio.
- Necesitas alcanzar un mínimo de 35 puntos en la baremación: por debajo de esa puntuación tu proyecto queda excluido.
- No puedes iniciar las inversiones antes del levantamiento del acta de no inicio (o, en su caso, antes de la fecha de solicitud): si empiezas antes, el gasto no es subvencionable.
- Solo puedes presentar una solicitud por convocatoria; si presentas más, solo se tramita la última.
- Las solicitudes presentadas fuera de plazo se archivan sin posibilidad de subsanación.
- Quedan excluidas las inversiones de entidades locales relacionadas con los servicios del artículo 26 de la Ley 7/1985, caminos rurales, agua y alcantarillado, colegios e institutos, centros médicos o del SES y el acondicionamiento o mejora de calles y plazas.
- No son subvencionables las inversiones en obra civil, instalaciones o equipamiento destinadas a servicios administrativos de carácter público (Ayuntamientos, locales de Mancomunidades).
- La tramitación es exclusivamente telemática: necesitas certificado electrónico en vigor para firmar y presentar la solicitud.
Requisitos
- Ser Ayuntamiento con sede en el ámbito de actuación del CEDER La Siberia
- Cumplir los requisitos del artículo 6 del Decreto 78/2024, de 23 de julio
- Estar al corriente de las obligaciones con las Haciendas estatal y autonómica y con la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución de concesión y del pago
- No estar incurso en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario del artículo 12 de la Ley 6/2011
- Ejecutar el proyecto dentro del territorio de actuación del Grupo de Acción Local
- Mantener el destino de la inversión al menos cinco años desde el pago final de la ayuda
- Acreditar la propiedad o capacidad legal de uso y disfrute de los bienes del proyecto durante al menos 5 años desde el pago final
- Disponer de libros contables y de un sistema de contabilidad separado o código contable adecuado para todas las transacciones de la operación
- Conservar los documentos justificativos al menos cinco años desde el último pago
- Dar publicidad del carácter público de la financiación, incluida la referencia al FEADER y el emblema de la Unión
- Solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo al compromiso de gasto
- Presentar una única solicitud por convocatoria
- Alcanzar una puntuación mínima de 35 puntos en la valoración
Documentación que piden
- Solicitud de ayuda (Anexo I) presentada telemáticamente
- Documento acreditativo del CIF de la entidad local
- Certificado del nombramiento de la persona que ostente la Alcaldía/Presidencia (o certificado digital de representante reconocido)
- NIF del representante de la entidad
- Certificado de la Secretaría-Intervención de la entidad, del acuerdo para iniciar la acción para la que se solicita la ayuda, disponibilidad presupuestaria y forma de ejecución del proyecto
- Memoria normalizada del proyecto, firmada y fechada, con descripción de la inversión, contribución al desarrollo de la zona, presupuesto e impacto ambiental previsto, incluyendo la autobaremación
- Proyecto realizado por técnico competente y visado por el Colegio profesional, o en su defecto memoria valorada con planos de situación, emplazamiento y distribución en planta
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de valoración solicitados
- Facturas proforma de todas las inversiones solicitadas o documentos de valor probatorio equivalente, con un mínimo de tres ofertas de diferentes proveedores
- Declaración de las ayudas obtenidas y/o solicitadas de otros organismos y Administraciones
- Declaración de que posee la propiedad o capacidad legal de uso y disfrute de los bienes del proyecto (nota simple o certificado del registro de la propiedad, contrato de alquiler o documento de cesión)
- Autorización expresa del propietario o copropietarios para la ejecución de la obra, cuando la propiedad no sea solo del solicitante o esté en alquiler o cesión
- Certificados de estar al corriente con la AEAT, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Hacienda Autonómica (o autorización para su consulta de oficio)
- Permisos, inscripciones y registros exigibles por la Comunidad Autónoma y/o el Municipio, o acreditación de su solicitud
- Declaración de que las inversiones no se han iniciado antes del levantamiento del acta de no inicio
- Declaración de que no existe impedimento legal para ejecutar las inversiones en los terrenos o edificios
- Declaración de no hallarse incurso en las causas de prohibición del artículo 12.2 de la Ley 6/2011
- Compromiso de mantener el destino de la inversión al menos cinco años desde el pago final
- Compromiso de poner a disposición del GAL y órganos de control la documentación necesaria hasta cinco años después del pago
- Declaración de que no existe vinculación con las empresas ofertantes
- Declaración de vínculos que las solicitantes puedan tener a través de otras entidades
- Declaración de independencia de las ofertas presentadas para justificar la moderación de costes
- Declaración de exención de IVA conforme al artículo 20.3 de la Ley del IVA, cuando proceda
- Documento del secretario y/o interventor acreditando que las tasas o precios públicos a cobrar son los oficialmente regulados y se destinan solo a cubrir el mantenimiento del servicio (inversiones sociales, culturales, deportivas, ambientales, turísticas o de ocio)