Ayudas 2026 Enfoque Leader para actuaciones en materia de formación e información.(Intervención 7119 PEPAC), s/ III Convo (PEPAC 2023-2027) G.A.L. ADESVAL
Convoca EXTREMADURA
Para qué es
Financiar proyectos de carácter no productivo promovidos por entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica, en aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología LEADER 2023-2027 en el territorio del Valle del Alagón (Cáceres), en las líneas de formación e información de agentes económicos y sociales, servicios básicos para la economía y la población rural, y apoyo a la innovación social, la gobernanza multinivel y la dinamización social y económica.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Viabilidad de la operación – Efecto inversorPremia los presupuestos elegibles más contenidos: inversión elegible ≤ 10.000 € obtiene 10 puntos; >10.000 € hasta 25.000 €, 8 puntos; >25.000 € hasta 50.000 €, 4 puntos; más de 50.000 €, 0 puntos. Se acredita en la memoria normalizada con certificado de la entidad sobre solvencia.10 puntos
- Viabilidad técnica, social y económica del proyectoRelación de la propuesta con la demanda poblacional y sectorial: atiende una demanda real, dispone de mercado potencial de usuarios, facilita bienestar y calidad de vida, favorece la conciliación y el asentamiento de población. Tres o más objetivos = 10 puntos; dos = 8; uno = 4; ninguno = 0. Se acredita con certificado de la entidad sobre objetivos estatutarios y/o cartas de colectivos demandando la actividad.10 puntos
- Impacto y efecto dinamizador – Ámbito geográficoPrima que el proyecto afecte a más de una localidad: ámbito comarcal 10 puntos, local 5 puntos. Se acredita en la memoria normalizada.10 puntos
- Impacto y efecto dinamizador – Efecto en desequilibrio territorialDiscriminación positiva a poblaciones pequeñas: actuación en municipios o pedanías de hasta 2.500 habitantes, 10 puntos; en poblaciones de más de 2.500 habitantes (Coria, Montehermoso, Torrejoncillo), 6 puntos; los proyectos comarcales con al menos una localización de ≤2.500 habitantes obtienen 10 puntos.10 puntos
- Aspectos vinculados a la innovación y otros valores añadidos – Grado de adecuación a la EDLPGrado de adecuación a las acciones genéricas de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo de ADESVAL (turismo rural sostenible, servicios sociosanitarios, reto demográfico, transición digital, formación, igualdad, jóvenes y mujeres...): más de 5 acciones, 20 puntos; de 3 a 5, 14 puntos; de 1 a 2, 8 puntos. Debes identificar claramente las acciones en la memoria.20 puntos
- Incidencia en la creación y/o mantenimiento de empleo, igualdad de género e inclusiónSe valora el colectivo destinatario final: si incide en colectivos con necesidades especiales (mujeres, jóvenes menores de 35 años, diversidad funcional con más del 33% de discapacidad, mayores, parados de larga duración, inmigrantes), 20 puntos; colectivos culturales, deportivos, educativos, sociales o empresariales, 16 puntos; resto de colectivos, 10 puntos. La justificación en memoria tiene valor de compromiso formal.20 puntos
- Incidencia en medio ambiente – Prácticas de sostenibilidad ambientalNúmero de prácticas de sostenibilidad incorporadas (actuación sobre recursos municipales o colectivos, mejora en gestión de residuos, mejora de hábitats naturales, sensibilización sobre espacios protegidos, educación ambiental, conservación del patrimonio rural): más de 3 prácticas, 10 puntos; 2-3, 8 puntos; 1, 5 puntos; ninguna, 0.10 puntos
- Incidencia en medio ambiente – Medidas de eficiencia energéticaNúmero de medidas de eficiencia energética (iluminación, equipamiento, edificaciones, climatización, información y difusión sobre ahorro y eficiencia, uso de energías renovables): más de 3 medidas, 10 puntos; 2-3, 8 puntos; 1, 5 puntos; ninguna, 0. Se valora con la memoria de viabilidad y los presupuestos.10 puntos
- Implementación de la perspectiva de género y acciones positivas para la igualdadOrganizaciones paritarias en su estructura y composición, planes de igualdad no exigibles legalmente, propuestas para combatir el paro femenino y la empleabilidad de la mujer en sectores masculinizados, medidas de conciliación familiar. Cualquier medida que implemente el equilibrio entre mujeres y hombres, 10 puntos. Debes aportar documentos que acrediten esa estructura, medidas o planes.10 puntos
- Implicación en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo de ADESVAL (trayectoria)Trayectoria de la entidad en el desarrollo comarcal: 10 puntos si es socia de ADESVAL; 5 puntos si no es socia pero ha desarrollado en los últimos 5 años un proyecto acorde a la estrategia comarcal; 0 en el resto de casos. Son excluyentes entre sí y se acreditan en la memoria normalizada.10 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla entidades sin ánimo de lucro con entidad jurídica: si no tienes personalidad jurídica propia, quedas fuera. Cita: «Podrán solicitar las ayudas convocadas: - Entidades sin ánimo de lucro con entidad jurídica.»
- Tu proyecto tiene que alcanzar al menos 40 puntos en la baremación; por debajo de 40 puntos el porcentaje de ayuda es 0 y no puedes optar a la subvención.
- Solo una solicitud por entidad: «Cada entidad solicitante sólo podrá tramitar una ayuda en esta convocatoria.»
- La actuación debe desarrollarse en los municipios del Valle del Alagón enumerados en la convocatoria (Coria, Montehermoso, Torrejoncillo, Galisteo, etc.). Fuera de ese ámbito geográfico no entra.
- Solo se admiten proyectos de carácter NO productivo (que no supongan desarrollo de actividad económica).
- No puedes iniciar las inversiones antes del levantamiento del acta de no inicio: los gastos ejecutados antes no son subvencionables (salvo proyecto técnico, estudios de viabilidad, patentes y licencias en los seis meses previos al acta).
- El plazo de solicitudes finaliza el 17 de septiembre de 2026; las presentadas fuera de plazo se archivan sin posibilidad de subsanación.
- La solicitud se presenta obligatoriamente de forma telemática con certificado electrónico en vigor a través del portal de la Junta de Extremadura.
- Quedas excluida si concurre alguna de las prohibiciones del artículo 12.2 y 12.3 de la Ley 6/2011 de Subvenciones de Extremadura.
- La ayuda es incompatible con otras procedentes de Fondos Estructurales, Fondo de Cohesión o cualquier otro instrumento financiero comunitario para la misma finalidad.
Requisitos
- Ser entidad sin ánimo de lucro con entidad jurídica
- Cumplir los requisitos del artículo 6 del Decreto 78/2024, de 23 de julio
- No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria
- El proyecto debe ser de carácter no productivo
- Desarrollar el proyecto en el ámbito geográfico del Valle del Alagón
- Alcanzar una puntuación mínima de 40 puntos en la valoración
- Presentar una sola solicitud por entidad
- Estar al corriente con la AEAT, la Seguridad Social y la Hacienda autonómica
- Acreditar la propiedad o capacidad legal de uso y disfrute de los bienes del proyecto durante al menos 5 años desde el pago final
- Comprometerse a mantener el destino de la inversión al menos cinco años desde el pago final
- Ser socia de ADESVAL y estar al corriente del abono de cuotas (se valora, no excluye; suma puntos en el criterio 7)
- No haber iniciado las inversiones antes del levantamiento del acta de no inicio
Documentación que piden
- Solicitud de ayuda (Anexo I) presentada telemáticamente con certificado electrónico
- Acreditación documental del CIF junto con documentación justificativa de la personalidad jurídica
- Documento en que conste el acuerdo de iniciar la acción para la que se solicita la ayuda
- Documento de delegación del poder de representación al representante de la persona jurídica junto con copia de su NIF
- Certificado de la Secretaría/Intervención de la entidad, del acuerdo para iniciar la acción, disponibilidad presupuestaria y forma de ejecución del proyecto
- Memoria descriptiva del proyecto según modelo normalizado de ADESVAL, firmada y fechada, con descripción de la inversión, contribución al desarrollo de la zona, presupuesto e impacto ambiental previsto, incluida la autobaremación
- Memoria explicativa específica si la actividad es de formación (objetivos, contenido, duración, medios, número de participantes, calendario, personal encargado y presupuesto detallado)
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de valoración solicitados
- Proyecto técnico visado por el Colegio profesional cuando la inversión implique obra civil y/o instalaciones y lo exija el Ayuntamiento; en su defecto, memoria valorada con planos
- Facturas proforma de todas las inversiones solicitadas y, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores
- Declaración de que no existe vinculación con las empresas ofertantes
- Declaración de vínculos que las solicitantes puedan tener a través de otras entidades
- Declaración de independencia de las ofertas presentadas para justificar la moderación de costes
- Declaración de las ayudas obtenidas y/o solicitadas de otros organismos y Administraciones
- Declaración de propiedad o capacidad legal de uso y disfrute de los bienes del proyecto durante al menos 5 años
- Declaración de que no existe impedimento legal para ejecutar las inversiones en los terrenos o edificios
- Autorización expresa del propietario o copropietarios cuando la propiedad no sea del solicitante o esté en alquiler o cesión
- Declaración de que las inversiones no se han iniciado antes del levantamiento del acta de no inicio
- Declaración de no hallarse incurso en las causas de prohibición del artículo 12.2 de la Ley 6/2011
- Declaración de que se aceptan las condiciones de la subvención
- Declaración de cumplimiento de las condiciones del artículo 20.3 de la Ley del IVA que otorga la exención
- Certificados de estar al corriente con la AEAT, la TGSS y la Hacienda Autonómica (o autorización para consulta de oficio)
- Permisos, inscripciones y registros exigibles por la Comunidad Autónoma y/o el Municipio para el tipo de actividad, o acreditación de su solicitud
- Compromiso de mantener el destino de la inversión auxiliada al menos cinco años desde el pago final
- Compromiso de poner a disposición del GAL, la Comunidad Autónoma, la Comisión de la UE y los órganos de control la documentación necesaria hasta cinco años después del pago
- Documento del secretario y/o interventor acreditando que las tasas o precios públicos a cobrar son los oficialmente regulados y se destinan a cubrir el mantenimiento del servicio (en inversiones destinadas a actividades sociales, culturales, deportivas, ambientales, turísticas o de ocio)
- Impuesto de sociedades y situación censal
- Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago (art. 13.3 bis Ley 38/2003) para subvenciones superiores a 30.000 euros, en los supuestos previstos