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GanaSubvenciones

AYUDAS ESCOLARES DE O A 18 AÑOS

Convoca ORÍS

Para qué es

Conceder ayudas económicas a las familias del municipio de Orís por cada niño o joven de 0 a 18 años que integre la unidad familiar, para cubrir los gastos de escolarización (guardería, primaria, secundaria, bachillerato, pruebas de acceso y ciclos formativos y formaciones regladas oficiales), en el marco del fomento de proyectos/actividades de interés público o social que promuevan la educación. Presupuesto total: 13.000,00 €.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Orden cronológico de entrada de la solicitud (régimen reglado)No se valora la calidad del proyecto: basta cumplir los requisitos reglados (empadronamiento y edad) y presentar la solicitud cuanto antes, porque se conceden por orden de registro de entrada hasta que se agote el crédito de 13.000 €.único criterio: orden cronológico de entrada hasta agotar la partida

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • No es una convocatoria para entidades: solo pueden ser beneficiarias personas físicas («Podrán ser beneficiarios/as de estas subvenciones las personas físicas que deban realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento»).
  • Tienes que estar empadronado/a en Orís: si no consta el empadronamiento, quedas fuera.
  • Tienes que tener entre 0 y 18 años, es decir haber nacido entre 2026 y 2008; fuera de esas fechas de nacimiento no hay ayuda.
  • No puedes estar afectado/a por ninguna de las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 (LGS).
  • No hay puntuación por calidad: se concede por orden cronológico de entrada hasta agotar los 13.000 €, así que presentar tarde equivale a quedarse sin ayuda.
  • El plazo es del 1 de febrero al 30 de noviembre de 2026; fuera de ese plazo no se admite la solicitud.
  • Si te requieren subsanar documentación y no lo haces en 10 días hábiles, se entiende que has desistido.
  • El importe está topado por tramo de edad (de 101,55 € a 603,00 € por persona y año) y no puede superarse.

Requisitos

  • Ser persona física que realice la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda
  • No estar afectado/a por ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
  • Estar empadronado/a en Orís y tener entre 0 y 18 años (nacidos entre 2026 y 2008)
  • Acreditar el cumplimiento de los requisitos en el momento de presentar la solicitud, con los documentos exigidos
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Presentar la documentación en cualquiera de las lenguas cooficiales de Cataluña, firmada y en original o copia autenticada

Documentación que piden

  • Fotocopia del DNI del/de la solicitante y/o del/de la representante legal
  • Declaración responsable de concurrir en los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a (modelo normalizado)
  • Declaración de compromiso de cumplimiento de las condiciones impuestas para la concesión (modelo normalizado)
  • Declaración de las subvenciones u otros ingresos obtenidos para la misma finalidad y compromiso de comunicar los futuros (modelo normalizado)
  • Memoria del proyecto/actividad a realizar por el que se solicita la subvención (modelo normalizado)
  • Presupuesto previsto para el proyecto por el que se solicita la subvención (modelo normalizado)
  • Certificados de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
  • Cuenta justificativa con aportación de justificantes del gasto, con memoria económica justificativa del coste de la actividad (art. 72.2 RLGS)
  • Memoria de la actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones, actividades realizadas, participantes y resultados (en la fase de justificación)
  • Solicitud en modelo normalizado firmada por el interesado o su representante legal

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