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AYUDAS PARA TRATAMIENTOS PSICOLOGICOS PARA NIÑOS Y JOVENES 2026

Convoca SANT ANDREU DE LLAVANERES

Para qué es

Cubrir las necesidades de tratamiento psicológico de larga duración de niños y adolescentes del municipio de Sant Andreu de Llavaneres que han sido derivados a gabinetes psicológicos externos, mediante ayudas económicas a personas y familias en dificultad socioeconómica.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Valoración técnica de la necesidad de tratamiento psicológicoQue el servicio psicológico municipal informe favorablemente sobre la necesidad del tratamiento, determinando su duración y el gabinete externo de derivación, siempre a partir de una valoración y derivación previa de la comisión social del centro escolar y/o del EAP.Informe favorable preceptivo (sin puntuación numérica en el documento)
  2. Valoración social (tabla de puntuación del Anexo 1 de las bases reguladoras)La situación social de la unidad familiar puntuada con los criterios del Anexo 1; la puntuación social puede incrementar el porcentaje de ayuda obtenido en la valoración económica.Según la tabla de puntuación del Anexo 1 de las bases reguladoras
  3. Valoración económica según renta y número de miembros de la unidad familiarQue los ingresos de la unidad familiar se sitúen dentro de los tramos de la tabla: cuanto menor es la renta para el número de miembros, mayor es el porcentaje de ayuda (p. ej., dos miembros hasta 12.962,67 € da el 100 %).Porcentaje de ayuda del 100 %, 90 %, 75 % o 50 % según los umbrales de renta por número de miembros (de dos a ocho miembros)
  4. Prioridad por vulnerabilidad y exclusión socialSituaciones de vulnerabilidad y exclusión social: menores a cargo, situación de paro o de subsidio o subsidio agotado, ausencia de ingresos, sin ahorros, receptor del PIRMI.Acceso prioritario

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • No es una convocatoria para entidades: las ayudas se conceden a personas y/o familias empadronadas en Sant Andreu de Llavaneres. Cita: "Cualquier persona y/o familia empadronada en el municipio de Sant Andreu de Llavaneres".
  • Necesitas estar empadronado en Sant Andreu de Llavaneres con al menos 6 meses de antigüedad.
  • No puedes iniciar el expediente por tu cuenta: el procedimiento se incoa de oficio y exige derivación previa de la comisión social del centro escolar del menor y/o del EAP; después presentas la solicitud formal.
  • Sin informe favorable del servicio psicológico municipal no hay ayuda, y ese servicio solo informa de casos previamente valorados y derivados por la comisión social del centro escolar y/o el EAP.
  • Tienes que acreditar a la vez la necesidad de atención psicológica y una situación de vulnerabilidad económica y social.
  • Si la renta de tu unidad familiar supera los umbrales de la tabla según el número de miembros, no te corresponde porcentaje de ayuda.
  • El tope es de 1.000,00 euros anuales por menor, salvo excepción acreditada con informe de riesgo económico y/o social de Servicios Sociales.

Requisitos

  • Ser persona o familia empadronada en el municipio de Sant Andreu de Llavaneres con una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Encontrarte en una situación de dificultad socioeconómica.
  • Acreditar la necesidad de atención psicológica y, al mismo tiempo, una situación de vulnerabilidad económica y social.
  • Contar con informe favorable del servicio psicológico municipal, que fijará la duración del tratamiento y el gabinete externo de derivación.
  • Haber sido valorado y derivado previamente por la comisión social del centro escolar del menor y/o por el EAP, que además harán el seguimiento.
  • Presentar la solicitud formal del interesado una vez incoado de oficio el expediente con la derivación previa.

Documentación que piden

  • Solicitud formal del interesado, una vez incoado de oficio el expediente tras la derivación
  • Documentación general establecida en las bases reguladoras
  • Acreditación de la necesidad de atención psicológica
  • Acreditación de la situación de vulnerabilidad económica y social
  • Informe favorable del servicio psicológico municipal
  • Informe de riesgo económico y/o social del Área de Servicios Sociales básicos (solo para superar excepcionalmente el máximo de 1.000,00 euros por menor)

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