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Ayudas que establece el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca 2024-2028.

Convoca CATALUÑA

Para qué es

Financiar la aplicación del desarrollo local participativo en las comunidades costeras dependientes de la pesca y la acuicultura en Cataluña, en el marco del FEMPA y de las estrategias de desarrollo local participativo (EDLP) de los grupos de acción local pesqueros (GALP), para el período 2024-2028, con el fin de fomentar la economía azul y dinamizar las comunidades costeras.

Criterios de valoración

Los criterios de valoración están en otro documento: Bases reguladoras aprobadas por la Orden ACC/17/2024, de 29 de enero (DOGC núm. 9092, de 1.2.2024): «los criterios de selección y valoración que establecen las bases reguladoras para cada GALP» y «los criterios de valoración y priorización establecidos en sus EDLP».

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Esta Resolución es solo la convocatoria: los requisitos para poder pedir la ayuda están en las bases reguladoras aprobadas por la Orden ACC/17/2024, de 29 de enero (DOGC núm. 9092, de 1.2.2024). Tienes que leerlas antes de preparar nada, porque aquí no se detallan.
  • Para la anualidad 2024 solo se tramitan las solicitudes presentadas en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGC. Fuera de ese plazo tu solicitud no entra en esa anualidad.
  • En los años siguientes, solo las solicitudes presentadas hasta el 31 de enero de cada año entran en la selección y valoración de esa anualidad; el plazo permanece abierto hasta agotar el presupuesto.
  • Tu proyecto se valora dentro del GALP que te corresponda territorialmente (Costa Central, Costa Brava, Costa Brava Sur-Maresme, Terres de l'Ebre o Costa Dorada), y cada GALP tiene un importe máximo por anualidad y por línea.
  • Tienes que encajar en una de las dos líneas convocadas (A, actividades de agentes locales; B, actividades propias y de cooperación de los GALP): la línea B está reservada a actividades propias y de cooperación de los propios grupos de acción local pesqueros.
  • La concesión está condicionada a que exista crédito suficiente y adecuado en el ejercicio presupuestario correspondiente.
  • Debes ejecutar y justificar las actuaciones como máximo el 15 de octubre de cada año; si no, pierdes la ayuda.

No te enteres tarde

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