BASES CONVOCATÒRIA PER A LA CONCESSIÓ DE SUBVENCIONS A EMPRESES PER A LA PARTICIPACIÓ EN FIRES I SALONS D`ÀMBIT INTERNACIONAL, Anualitat 2025.
Convoca DIPUTACIÓN PROV. DE LLEIDA
Para qué es
Establecer las normas generales que se aplican a la solicitud, concesión, justificación y pago de todas las subvenciones que otorgan la Diputación de Lleida y sus organismos autónomos. Es una ordenanza marco: la convocatoria concreta (en este caso, ferias y salones internacionales) tiene sus propias bases específicas, que son las que fijan objeto, importes y criterios.
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: Criterios de valoración de cada convocatoria y sus bases específicas (art. 19 de estas bases generales): «las convocatorias deben concretar los criterios de valoración de las solicitudes»; estas bases generales no fijan criterios concretos..
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Si eres persona jurídica, tienes que estar inscrita en el registro oficial que te corresponda: sin inscripción no puedes ser beneficiaria.
- Tienes que cumplir todos los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (no estar condenada ni sancionada con pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, no estar en concurso, no tener residencia fiscal en paraíso fiscal, etc.).
- Tienes que estar al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y con tus obligaciones financieras con la Diputación de Lleida, y mantenerlo hasta el cobro.
- Si la actividad implica contacto habitual con menores, necesitas los certificados de delitos sexuales de todas las personas que la ejecuten antes de empezar.
- Si tienes plantilla igual o superior a veinticinco personas, necesitas protocolo de prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
- Si la subvención supera los 30.000 euros tienes que acreditar el cumplimiento de la normativa de morosidad (quedan exonerados los entes sin ánimo de lucro y las entidades de derecho público).
- Si presentas documentación incorrecta o incompleta y no la enmiendas en 10 días, se te tiene por desistido y se archiva el expediente sin más trámite.
- Ojo: este documento son las bases GENERALES. Los requisitos concretos de la convocatoria de ferias internacionales (quién puede pedirla, importes y criterios) están en sus bases específicas, que debes leer aparte.
Requisitos
- Pueden ser beneficiarias las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, que ejerzan la actividad que fundamenta el otorgamiento o estén en la situación que legitima la concesión.
- Si eres persona jurídica, debes estar inscrita en el registro oficial correspondiente.
- Debes cumplir todos los requisitos del artículo 13 de la LGS para obtener la condición de beneficiario.
- Debes estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y comprometerte a mantenerlo hasta el reconocimiento del derecho al cobro.
- Debes estar al corriente de tus obligaciones financieras con la Diputación de Lleida y no ser deudora por resolución de procedencia de reintegro.
- Si la actuación implica contacto habitual con menores, debes acreditar que dispones de los certificados de que las personas adscritas no han sido condenadas por delitos contra la libertad e indemnidad sexual.
- La entidad no puede haber sido sancionada ni condenada por firme por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género.
- Con plantilla de veinticinco personas o más, debes disponer de medios y protocolos de prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
- Si eres asociación, no puedes estar sometida a las causas de prohibición de los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002 ni tener suspendida la inscripción por indicios de ilicitud penal.
- Para subvenciones superiores a 30.000 euros, acreditar el cumplimiento de la normativa de lucha contra la morosidad (exonerados los entes sin ánimo de lucro y de derecho público).
- Si la subvención supera los 10.000 € y eres persona jurídica, debes facilitar la información sobre las retribuciones de tus órganos de dirección o administración.
- Si el presupuesto de la actuación supera el umbral del contrato menor, debes acreditar que pediste al menos tres ofertas de proveedores distintos antes de contratar.
- Debes dar publicidad del carácter público de la financiación de la Diputación conforme a su Guía de Comunicación y Manual de Identificación Visual.
Documentación que piden
- Documento genérico de realización de la acción para la que se solicita la ayuda, según formulario determinado por la Diputación
- Identificación de quien suscribe la solicitud y acreditación de la representación legal o los poderes otorgados
- Copia de la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional debidamente inscritos en el registro correspondiente (personas jurídicas)
- Copia del DNI si la persona física no dispone de certificado y presenta la documentación presencialmente
- Descripción de la actuación, presupuesto estimativo y cuantía de la ayuda solicitada
- Previsión de financiación de la actuación
- Previsión temporal de su ejecución
- Declaración responsable respecto de los extremos de los artículos 10 y 12 de estas bases
- Documento de alta de terceros con los datos de la cuenta bancaria
- Documentación técnica específica en función de la actuación (memoria valorada, proyecto técnico, presupuesto, etc.)
- Certificaciones de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, o autorización a la Diputación para obtenerlas de oficio
- Declaración de las retribuciones de los órganos de dirección o de administración de la entidad beneficiaria (subvenciones superiores a 10.000 €)
- En la justificación: memoria final detallada firmada por el representante legal
- En la justificación: memoria económica justificativa del coste total de las actividades realizadas
- En la justificación: relación clasificada de gastos e inversiones con acreedor, documento, importe, fecha de emisión y de pago
- En la justificación: facturas a nombre del beneficiario y, en su caso, certificación o relación valorada firmada
- En la justificación: Declaración responsable de la publicidad, según modelo facilitado por la Diputación