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BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE LA TERCERA EDAD EN EL EJERCICIO 2026

Convoca VALLE DE TRÁPAGA-TRAPAGARAN

Para qué es

Financiar los gastos de mantenimiento y las actividades de las asociaciones de la Tercera Edad del municipio de Valle de Trápaga-Trapagaran durante 2026, con una dotación máxima de 12.300 €.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Número de personas socias de la asociación (proporcional)La cuantía es proporcional al número de socios y socias, sin contar a quienes estén inscritas en varias asociaciones de Tercera Edad: 25 puntos si el número es menor o igual a 150/250 y 50 puntos si es mayor de 250 (el documento da cifras distintas en euskera y castellano).50 puntos
  2. Grado de colaboración con el Departamento Municipal de Igualdad y Acción SocialDemostrar colaboración en programas municipales (Campaña de Navidad, Fiestas Patronales, Salidas Culturales, Día Internacional de la Mujer, programas contra la violencia de género): 10 puntos si es ocasional y 30 puntos si es habitual.30 puntos
  3. Uso del euskera en las actividades desarrolladasUso del euskera en las actividades y en la solicitud; solo se valora si has obtenido algún punto en los apartados 7.1 y 7.2.10 puntos toda la solicitud o la mayor parte; 5 puntos una parte minoritaria; 5 puntos página web; 5 puntos otras actuaciones con el Departamento

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Tienes que ser una entidad o asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida e inscrita en el Registro del Gobierno Vasco o Municipal (o en ambos): «Ser entidad o asociación sin ánimo de lucro, legalmente constituída e inscrita en el Registro correspondiente del Gobierno Vasco o Municipal o ambos»
  • Tienes que desarrollar tus actividades en el Territorio Histórico de Bizkaia y ser una asociación de Tercera Edad del municipio: «Asociaciones de Tercera Edad de este Municipio»
  • Tus estatutos deben recoger expresamente que tu objeto es de interés general o servicio público, o que estás constituida sin ánimo de lucro
  • Tienes que estar al corriente de tus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y poder acreditarlo documentalmente
  • Quedas fuera si estás incursa en causas que hayan motivado el inicio de un procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas antes
  • Si compraste equipamiento y/o mobiliario con una subvención anterior, no puedes pedir ayuda por ese mismo concepto durante los cuatro años siguientes
  • El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOB; si la solicitud está incompleta tienes solo 10 días hábiles para subsanar o se te tendrá por desistida

Requisitos

  • Ser entidad o asociación sin ánimo de lucro, legalmente constituida e inscrita en el Registro del Gobierno Vasco o Municipal o en ambos, y desarrollar tus actividades en el Territorio Histórico de Bizkaia
  • Estar constituida con el fin de prestar apoyo al desarrollo y fomento de actividades relacionadas con el ámbito de la Tercera Edad
  • Que tus estatutos recojan expresamente que tu objeto es de interés general o servicio público, o que estás constituida sin ánimo de lucro
  • Acreditar documentalmente ante el Registro del Ayuntamiento que estás al corriente de tus obligaciones fiscales y de la Seguridad Social
  • No hallarte incursa en causas que hayan motivado el inicio de un procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas previamente
  • No estar sancionada penal ni administrativamente por discriminación por razón de sexo ni por infracciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres
  • La financiación total que obtengas o prevas obtener no puede superar el coste del programa presentado

Documentación que piden

  • Anexo I debidamente rellenado y firmado, y tantos ejemplares como actividades o programas se desee realizar a lo largo del año
  • Declaración responsable según el modelo del Anexo III
  • Fotocopia del DNI de la persona firmante de la solicitud (solo si te opones a la consulta por el Sistema de Intermediación de Datos o si no consta ya en el Ayuntamiento)
  • Fotocopia del NIF de la asociación, si no estuviera ya aportada en el Ayuntamiento
  • Fotocopia de los estatutos de la entidad y documento que acredite estar legalmente constituida y registrada en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco, si no estuvieran ya aportados

No te enteres tarde

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