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Bases para la concesión de subvenciones a Asociaciones de Mujeres en el ejercicio 2026

Convoca VALLE DE TRÁPAGA-TRAPAGARAN

Para qué es

Regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran en 2026 a las asociaciones de mujeres del municipio, para financiar los gastos necesarios para su mantenimiento o para el desarrollo de las actividades que constituyen su objeto.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Número de socias y socios: 250 o menosLa cuantía es proporcional al número de socias/os de cada asociación; no se cuentan las personas inscritas en varias asociaciones de mujeres. Hay una incoherencia en las bases: el texto en castellano dice "Menor o igual a 150" y el euskera "250 edo gutxiago"25 puntos
  2. Número de socias y socios: más de 250Acreditar más de 250 personas socias, sin contar las que estén inscritas en varias asociaciones de mujeres50 puntos
  3. Colaboración ocasional con el Departamento de Igualdad y Acción SocialHaber colaborado de forma puntual en programas municipales como Campaña de Navidad, Fiestas Patronales, Salidas Culturales, Día Internacional de la Mujer y programas contra la violencia de género10 puntos
  4. Colaboración habitual con el Departamento de Igualdad y Acción SocialDemostrar una colaboración continuada con el Departamento en los programas municipales citados30 puntos
  5. Uso del euskera en toda la solicitud o en su mayor partePresentar la solicitud íntegra o mayoritariamente en euskera; solo puntúa si has obtenido algún punto en los apartados 7.1 y 7.210 puntos
  6. Uso del euskera en una parte minoritaria de la solicitudUso parcial del euskera en la solicitud5 puntos
  7. Uso del euskera en la página webTener la página web de la asociación en euskera5 puntos
  8. Otras actuaciones con el Departamento de Igualdad y Acción SocialRealizar otras actuaciones con el Departamento de Igualdad y Acción Social5 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Tienes que ser una asociación sin ánimo de lucro constituida para el desarrollo y fomento de actividades relacionadas con el ámbito de la mujer: es una convocatoria solo para asociaciones de mujeres
  • Necesitas estar legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente del Gobierno Vasco o Municipal (o en ambos) y desarrollar tus actividades en el Territorio Histórico de Bizkaia
  • Tus estatutos deben recoger expresamente que tu objeto es de interés general o servicio público, o que estás constituida sin ánimo de lucro
  • Tienes que estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, incluidas las del propio Ayuntamiento, antes de la resolución de concesión
  • Quedas fuera si estás incursa en causas que hayan motivado el inicio de un procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas antes
  • No puedes estar sancionada penal o administrativamente por discriminación por razón de sexo ni por infracciones en materia de igualdad
  • Si compraste equipamiento y/o mobiliario con esta subvención, no puedes volver a pedir ayuda por ese mismo concepto en los cuatro años siguientes
  • El plazo es de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOB: si no presentas en plazo, quedas fuera
  • Si no subsanas los defectos de la solicitud en 10 días hábiles, se te tiene por desistida

Requisitos

  • Ser entidad o asociación sin ánimo de lucro, legalmente constituida e inscrita en el Registro del Gobierno Vasco o Municipal o ambos, y desarrollar tus actividades en el Territorio Histórico de Bizkaia
  • Estar constituida con el fin de prestar apoyo para el desarrollo y fomento de actividades relacionadas con el ámbito de la mujer
  • Que tus estatutos recojan expresamente que el objeto es de interés general o servicio público, o que está constituida sin ánimo de lucro
  • Acreditar documentalmente estar al corriente de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social
  • No estar incursa en causas que hayan motivado el inicio de un procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas previamente
  • No estar sancionada penal y/o administrativamente por discriminación por razón de sexo ni por infracciones en materia de igualdad entre mujeres y hombres
  • La financiación total obtenida (subvenciones y otras fuentes) no puede superar el coste del programa presentado
  • Usar el euskera o conjuntamente el euskera y el castellano en carteles, textos y documentos de promoción, con lenguaje e imágenes no sexistas, e incluir el logo del Ayuntamiento
  • Comunicar al Ayuntamiento la celebración de las actividades con 15 días de antelación mínima

Documentación que piden

  • Anexo I debidamente rellenado y firmado, y tantos ejemplares como actividades o programas se desee realizar a lo largo del año, debidamente firmados
  • Declaración responsable según el modelo del Anexo III
  • Fotocopia del DNI de la persona firmante de la solicitud (solo si te opones a la consulta por el Sistema de Intermediación de Datos o si no consta ya en el Ayuntamiento)
  • Fotocopia del NIF de la asociación, si no estuviera ya aportada en el Ayuntamiento
  • Fotocopia de los estatutos de la entidad y documento que acredite estar legalmente constituida y registrada en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco, si no estuvieran ya aportados
  • Datos de la cuenta bancaria (entidad, IBAN, titular y DNI) para solicitudes nuevas o modificaciones

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