Bases reguladoras y convocatoria de 2026 de las subvenciones para la adecuación de viviendas deshabitadas y el incremento de la oferta de viviendas en alquiler a precio asequible.
Convoca AZPEITIA
Para qué es
Financiar obras de adecuación, mejora y/o la adquisición de equipamiento necesarias para habilitar viviendas actualmente deshabitadas en el municipio de Azpeitia, con el fin de destinarlas a uso residencial habitual en régimen de alquiler protegido o asequible (programas Bizigune, ASAP, bolsa municipal o alquiler libre a precio asequible). Ejercicio 2026, con 50.000 euros de crédito y concesión en concurrencia no competitiva por orden de presentación hasta agotar crédito.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Orden de presentación de la solicitud completaNo hay puntuación: las solicitudes se analizan y resuelven según el orden en que se presenta la documentación acreditativa completa, hasta agotar el crédito disponible.Orden de presentación (concurrencia no competitiva, hasta agotar crédito)
- Nivel de ingresos anuales ponderados de las personas propietariasAcreditar los ingresos del ejercicio fiscal anterior; a menor nivel de ingresos ponderados, mayor porcentaje de ayuda sobre el coste real de la actuación.Determina la cuantía: 50 % con ingresos ponderados iguales o inferiores a 39.000 euros; proporcionalidad inversa entre 39.000 y 60.000 euros
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla personas físicas propietarias de una vivienda incluida o susceptible de inclusión en el Programa Municipal de Movilización de Vivienda Deshabitada: no es una ayuda para entidades sin ánimo de lucro.
- Tienes que tener la titularidad jurídica plena de la vivienda sobre la que se hace la intervención.
- La vivienda debe estar situada en el término municipal de Azpeitia.
- La vivienda debe encontrarse en un estado que impida cumplir los requisitos de habitabilidad de la Guía Técnica Básica del programa Bizigune.
- Tus ingresos anuales ponderados (de cada propietario) no pueden superar los 60.000 euros anuales, y los rendimientos del capital mobiliario por intereses bancarios no pueden pasar de 601,10 euros al año.
- Tienes que aportar, junto con la solicitud, un compromiso por escrito de destinar la vivienda a Bizigune, ASAP, bolsa municipal o alquiler libre a precio asequible (máximo 675 euros/mes) por un mínimo de cinco años.
- Si ya te concedieron esta ayuda para la misma vivienda, no puedes volver a pedirla durante cinco años desde la resolución de concesión.
- Es concurrencia no competitiva: se resuelve por orden de presentación de solicitudes completas hasta agotar el crédito, así que llegar tarde equivale a quedarse fuera.
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 y estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Azpeitia.
- El IVA y los demás impuestos indirectos no son subvencionables.
Requisitos
- Ser persona física propietaria de una vivienda incluida o susceptible de inclusión en el Programa Municipal de Movilización de Vivienda Deshabitada
- Tener la titularidad jurídica plena de la vivienda objeto de la intervención
- La vivienda debe estar situada en Azpeitia
- La vivienda debe estar en un estado que impida cumplir la habitabilidad exigida por la Guía Técnica Básica del programa Bizigune
- Comprometerte por escrito a destinar la vivienda a alquiler protegido o asequible (Bizigune, ASAP, bolsa municipal o mercado libre asequible)
- Si se alquila en el mercado libre, precio máximo de 675 euros al mes y durante un mínimo de cinco años
- Ingresos anuales ponderados de cada propietario no superiores a 60.000 euros
- Rendimientos del capital mobiliario por intereses bancarios no superiores a 601,10 euros anuales
- No estar incurso en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario
- Estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Azpeitia
- No haber recibido esta subvención para la misma vivienda en los cinco años anteriores
- Presentar la solicitud de licencia de obras o la comunicación previa de obras junto con la solicitud de subvención
Documentación que piden
- Solicitud cumplimentada conforme al modelo oficial de la convocatoria
- Fotocopia del DNI o documento identificativo del solicitante y del representante, si lo hubiera
- Nota simple del Registro de la Propiedad con antigüedad no superior a tres meses (acreditación de la propiedad)
- Compromiso para la ejecución de obras y posterior incorporación de la vivienda a los programas públicos de movilización de vivienda vacía o al mercado residencial de alquiler asequible
- Documento acreditativo de titularidad de la cuenta bancaria donde se ingresará la subvención
- Presupuestos detallados de las obras a ejecutar y de los honorarios técnicos, si procede
- Al menos tres ofertas de diferentes proveedores si el gasto subvencionable supera las cuantías del contrato menor
- Fotografías en color del estado actual de los elementos objeto de actuación
- Solicitud de licencia de obras o comunicación previa de obras
- Acreditación de la representación, si se actúa mediante representante