CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, DIRIGIDAS A PERSONAS JUBILADAS O PENSIONISTAS, PERCEPTORAS DE PRESTACIONES BAJAS, PARA HACER EFECTIVOS GASTOS BÁSICOS DEL HOGAR.
Convoca CANONJA, LA
Para qué es
Regular y conceder subvenciones a personas jubiladas, pensionistas y beneficiarias de un PIRMI, perceptoras de prestaciones bajas y empadronadas en el municipio de la Canonja, para ayudarles a pagar los gastos básicos del hogar (en concreto, la tasa de recogida de basuras de su domicilio habitual).
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Titularidad única con ingresos iguales o inferiores a IRSC x 1,5 mensualesQue acredites que cobras una pensión o prestación cuyo importe mensual no supera 1,5 veces el IRSC, siendo titular único del derecho sobre la vivienda.Totalidad del importe de la tasa de recogida de basuras del ejercicio, máximo 100 €
- Titularidad única con ingresos superiores a IRSC x 1,5 e iguales o inferiores a IRSC x 1,65 mensualesQue acredites ingresos mensuales por encima de 1,5 veces el IRSC pero sin superar 1,65 veces el IRSC; la ayuda se reduce a la mitad.50 % del importe de la tasa de recogida de basuras del ejercicio, máximo 100 €
- Titularidad única con ingresos superiores a IRSC x 1,65 mensualesSuperar 1,65 veces el IRSC mensual en titularidad única excluye la ayuda.No se tiene derecho a ninguna ayuda
- Matrimonio o dos personas convivientes: suma de percepciones igual o inferior a IRSC x 2,2 mensualesQue la suma de las percepciones mensuales de las dos personas que conviven no supere 2,2 veces el IRSC.Totalidad del importe de la tasa de recogida de basuras del ejercicio, máximo 100 €
- Matrimonio o dos personas convivientes: suma superior a IRSC x 2,2 e igual o inferior a IRSC x 2,7 mensualesQue la suma de percepciones mensuales de la pareja o convivientes esté entre 2,2 y 2,7 veces el IRSC.50 % del importe de la tasa de recogida de basuras del ejercicio, máximo 100 €
- Matrimonio o dos personas convivientes: suma superior a IRSC x 2,7 mensualesSuperar 2,7 veces el IRSC mensual sumando las dos percepciones excluye la ayuda.No se tiene derecho a ninguna ayuda
- Acreditación del pago de la tasa de recogida de basuras del año de la convocatoriaQue justifiques el pago del recibo de la tasa de basuras del domicilio habitual del año de la convocatoria; con pago fraccionado, hasta comprobar el abono total no se dicta resolución.Requisito de otorgamiento (sin él no se dicta resolución favorable)
- Disponibilidad presupuestariaAunque cumplas los requisitos, solo se conceden ayudas hasta agotar el crédito; no genera derecho ni preferencia en convocatorias posteriores.Límite del crédito disponible
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla personas físicas: no es una subvención para entidades, asociaciones ni fundaciones.
- Tienes que estar empadronado/a en el municipio de la Canonja en la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes.
- No puedes percibir ningún rendimiento del trabajo ni desarrollar actividad económica durante el ejercicio.
- Tienes que cobrar una pensión de jubilación, invalidez, viudedad u orfandad, o una pensión o prestación no contributiva (incluido el PIRMI), en el momento de abrirse la convocatoria.
- Tienes que ser titular o cotitular de un derecho de usufructo, habitación, propiedad o arrendamiento sobre la vivienda; si eres arrendatario, no puede haber subarriendo total ni parcial.
- La vivienda tiene que ser tu domicilio habitual, constar como lugar de empadronamiento y estar dada de alta como vivienda a efectos de IBI y de la tasa de recogida de basuras.
- Si superas los límites de renta referidos al IRSC (más de IRSCx1,65 mensuales en titularidad única, o más de IRSCx2,7 sumando las percepciones de dos personas que convivan) no tienes derecho a ninguna ayuda.
- En caso de cotitularidad, al menos uno de los cotitulares tiene que ser pensionista o perceptor de una prestación no contributiva dentro de los límites previstos.
- Tienes que estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
- Tienes que haber pagado la tasa de recogida de basuras del año de la convocatoria; si la tienes fraccionada, no se dicta resolución hasta comprobar el pago total.
- Las ayudas están limitadas al crédito disponible: si se agota, no se conceden más y no adquieres derecho ni preferencia en nuevas convocatorias.
- Si te requieren subsanar la solicitud y no lo haces en el plazo máximo e improrrogable de diez días, se archiva sin más trámite.
Requisitos
- Ser persona física empadronada en el municipio de la Canonja.
- No percibir ningún rendimiento del trabajo ni desarrollar actividad económica.
- Percibir una pensión de jubilación, invalidez, viudedad u orfandad, o una pensión o prestación no contributiva, incluido el PIRMI, dentro de los márgenes económicos previstos.
- Ser titular o cotitular de un derecho de usufructo, habitación, propiedad o arrendamiento sobre una vivienda en el momento de abrirse la convocatoria.
- Si el derecho es de arrendamiento, no puede haberse producido subarrendamiento total o parcial.
- La vivienda tiene que ser tu domicilio habitual y constar como lugar de empadronamiento en la fecha de apertura del plazo de solicitudes (se comprueba en el Padrón municipal).
- La vivienda tiene que estar dada de alta como vivienda a efectos del IBI y de la tasa de recogida de basuras (si no está a tu nombre, puedes tramitar el cambio de titular).
- En caso de cotitularidad (cónyuges, parejas de hecho o persona con quien conviva el titular), al menos uno tiene que ser pensionista o perceptor de prestación no contributiva dentro de los límites.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.
- Cumplir las condiciones económicas referidas al Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC) de la anualidad de la convocatoria.
- Destinar la subvención a gastos básicos del hogar.
- Adoptar una conducta éticamente ejemplar y cumplir los principios éticos y reglas de conducta de la Ley 19/2014.
Documentación que piden
- Solicitud, indicando el número de cuenta bancaria donde recibir el ingreso y la aceptación de la subvención
- Documento acreditativo del pago de la tasa de recogida domiciliaria y eliminación de basuras del domicilio habitual correspondiente al ejercicio de la convocatoria (si el pago es fraccionado, basta el justificante del primer pago)