CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA PART. CIUDADANA Y EL ASOCIACIONISMO, ASÍ COMO EL MTTO. E INVERSIÓN EN LOS LOCALES SOCIALES, EN LA J.M. MOLINOS MARFAGONES, PARA GASTO CORRIENTE
Convoca CARTAGENA
Para qué es
Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones de vecinos y entidades ciudadanas para que realicen actividades que fomenten la participación ciudadana y el asociacionismo, y para el mantenimiento de los locales sociales e inversiones en el ámbito territorial de las Juntas Municipales de Cartagena durante 2026.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Número de asociados de la entidad solicitanteSe toma el número de asociados registrados tras la última renovación o inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones; cuantos más asociados, más puntos (proporción directa respecto a la solicitud con el máximo).15 puntos
- Realización de pequeñas obras y reparaciones para mantenimiento del localJustificar en el Anexo II la necesidad, idoneidad y urgencia de las obras o reparaciones del local social, con presupuesto.30 puntos
- Desarrollo de proyectos y actividades que potencien la participación ciudadana y el asociacionismoProyectos, acciones formativas o jornadas que fomenten la participación ciudadana, el asociacionismo, las relaciones vecinales, la sensibilización, la igualdad, las conductas cívicas, las nuevas tecnologías y la innovación, valorando la colaboración con otras asociaciones o colectivos; no puntúan las actividades normales del funcionamiento de la asociación. Se describen en el Anexo I, apartado 1.25 puntos
- Continuidad de actuaciones que fomenten las tradiciones culturales y las costumbres popularesDemostrar el número de actuaciones continuadas de ejercicios anteriores que promuevan tradiciones culturales y costumbres populares.15 puntos
- Proyectos y actividades que fomenten la educación, el deporte y el cuidado del medio ambienteNúmero de actuaciones que promuevan la educación, el deporte y el cuidado del medio ambiente.10 puntos
- Actividades de interés social en beneficio de colectivos vulnerables o desfavorecidos de la zonaSe otorgan los 5 puntos de forma binaria: en función de que se cumpla o no con el criterio, es decir, que se desarrolle o se participe en actividades de interés social para colectivos vulnerables de la zona de actuación.5 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Tienes que estar inscrita Y con la inscripción renovada en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cartagena en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BORM: la renovación debía hacerse durante el primer trimestre de 2026.
- Tu actividad tiene que desarrollarse dentro del ámbito territorial de la Junta Municipal correspondiente y ser de la misma índole que el objeto de la convocatoria.
- Si no has justificado ayudas o subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Cartagena, quedas excluida.
- Si pides inversiones (Anexo III) y no adjuntas el presupuesto, tu solicitud será desestimada.
- El plazo es muy corto: diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM, y la presentación es obligatoriamente por Sede Electrónica Municipal.
- Debes estar al corriente con el Ayuntamiento de Cartagena, la AEAT y la Seguridad Social, y mantener los requisitos durante todo el procedimiento y hasta el fin del plazo de justificación.
Requisitos
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Cartagena, con la AEAT y con la Tesorería General de la Seguridad Social
- Estar legalmente constituida e inscrita y renovada en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cartagena en la fecha de publicación del extracto en el BORM
- Haber renovado la inscripción durante el primer trimestre de 2026
- Desarrollar, dentro del ámbito territorial de la Junta Municipal correspondiente, actividades de la misma índole que las del objeto de la convocatoria
- No estar incursa en las causas de exclusión del art. 49.2 y 3 de las Bases Reguladoras ni en los apartados 5 y 6 del art. 4 de la Ley Orgánica 1/2002
- Haber justificado las ayudas o subvenciones concedidas por el Ayuntamiento en convocatorias anteriores
- Mantener los requisitos durante todo el procedimiento y hasta el fin del plazo de justificación
- Presentar la solicitud y anexos a través de la Sede Electrónica Municipal
- Indicar en la solicitud una Dirección Electrónica Habilitada (DEH) única para notificaciones
Documentación que piden
- Instancia del trámite de la Concejalía de Desconcentración y Participación Ciudadana
- Solicitud de la subvención según modelo normalizado
- Anexo I (Actividades), Anexo II (Mantenimiento de local) y Anexo III (Inversiones), según lo que se solicite
- Declaración Responsable de cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario
- Presupuestos (imprescindible el presupuesto en el caso de inversiones del Anexo III)
- Certificación bancaria actualizada a 2026 de la cuenta bancaria
- Anexo IV de Aceptación de la subvención concedida (tras la propuesta de resolución definitiva)